Disposiciones generales. Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior. (2022/1-2)
Resolución de 23 de diciembre de 2021, del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se publica el Plan de Formación Corporativa para 2022 y se convocan determinados cursos de los Programas de Formación General y de Formación de Justicia.
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Número 1 - Lunes, 3 de enero de 2022
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o de personal destinatario preferente. Estos criterios de preferencia no excluyen al resto
del personal, que podrá acceder a las acciones formativas si quedasen plazas vacantes.
3.3.3. Criterios de Selección.
La selección de participantes se realizará, con carácter general, según el orden de
preferencia de las acciones formativas manifestado en las solicitudes, de acuerdo con los
criterios siguientes y aplicados por el orden que se indica:
- Participación en acciones formativas del Instituto Andaluz de Administración Pública
u homologados por éste en el año 2021, dando preferencia a quienes hayan realizado
un número inferior de acciones formativas. Quedan excluidos de este cómputo las
acciones formativas impartidas en la modalidad formación abierta, jornadas, cursos
de idiomas y cursos de la Escuela de Innovación Docente.
- Cuando las acciones de formación coincidan en número, se tendrá en cuenta el
número de horas realizadas, dando preferencia a quienes hayan realizado un
número inferior de horas.
- En aquellos casos que los criterios anteriores mantengan la igualdad entre varias
personas solicitantes, se aplicarán estos mismos criterios referidos al año 2020, y
así sucesivamente hasta resolver la adjudicación de plazas.
- Además, para la convocatoria de las acciones formativas del segundo semestre,
en junio se tendrá en cuenta también la participación en acciones formativas del
Instituto Andaluz de Administración Pública u homologados por éste en el primer
semestre del año 2022, que se sumarán al total de acciones cursadas.
De entre quienes no hubieran obtenido plaza en ninguna acción formativa se
seleccionarán para cada acción, siguiendo los mismos criterios, tantos suplentes como
plazas disponibles haya, sin que una misma persona pueda figurar como suplente en
más de una acción formativa.
Las personas que en el año 2021 no hubieran asistido a acciones formativas para las
que fueron seleccionadas, sin que hubieran acreditado en su momento causa justificada
de renuncia, no serán seleccionadas en la presente convocatoria a menos que queden
plazas disponibles en las acciones solicitadas.
En cualquier caso, sólo se podrá seleccionar a las personas para una de las acciones
a las que haya optado en su solicitud, salvo que queden plazas vacantes y no hubiera
reservas para optar a dichas plazas, y siempre que los horarios y fechas de celebración
resulten compatibles entre sí.
La participación en la presente convocatoria, tanto si finalmente se resulta persona
adjudicataria de alguna acción formativa como si no, será plenamente compatible con la
futura participación en la convocatoria específica de acciones formativas de idiomas.
3.3.4. Resultado de la selección.
El Instituto Andaluz de Administración Pública será el órgano competente para el
proceso de tramitación y selección.
Efectuada la selección, se publicará en la página web del Instituto Andaluz de
Administración Pública: http://www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica/
la lista de personas admitidas ordenada alfabéticamente.
Además, a las personas seleccionadas se les notificará el comienzo de la acción
formativa en la que obtuvo plaza y los datos pertinentes de fecha de inicio, así como del
lugar y horario en su caso, en la dirección de correo corporativo.
Si durante el proceso de selección se detectara que los datos que figuran en la
solicitud no son ciertos o que la persona solicitante no cumple los requisitos de acceso
a alguna de las acciones solicitadas, dicha persona quedará excluida del proceso de
selección.
3.3.5. Indemnizaciones por la asistencia a acciones formativas del personal de
Justicia
Las personas asistentes a las acciones formativas recogidas en el Anexo II devengarán,
desde el día de inicio de la acción, las indemnizaciones por razón del servicio que les
correspondan según la legislación vigente en la materia.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252979
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
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o de personal destinatario preferente. Estos criterios de preferencia no excluyen al resto
del personal, que podrá acceder a las acciones formativas si quedasen plazas vacantes.
3.3.3. Criterios de Selección.
La selección de participantes se realizará, con carácter general, según el orden de
preferencia de las acciones formativas manifestado en las solicitudes, de acuerdo con los
criterios siguientes y aplicados por el orden que se indica:
- Participación en acciones formativas del Instituto Andaluz de Administración Pública
u homologados por éste en el año 2021, dando preferencia a quienes hayan realizado
un número inferior de acciones formativas. Quedan excluidos de este cómputo las
acciones formativas impartidas en la modalidad formación abierta, jornadas, cursos
de idiomas y cursos de la Escuela de Innovación Docente.
- Cuando las acciones de formación coincidan en número, se tendrá en cuenta el
número de horas realizadas, dando preferencia a quienes hayan realizado un
número inferior de horas.
- En aquellos casos que los criterios anteriores mantengan la igualdad entre varias
personas solicitantes, se aplicarán estos mismos criterios referidos al año 2020, y
así sucesivamente hasta resolver la adjudicación de plazas.
- Además, para la convocatoria de las acciones formativas del segundo semestre,
en junio se tendrá en cuenta también la participación en acciones formativas del
Instituto Andaluz de Administración Pública u homologados por éste en el primer
semestre del año 2022, que se sumarán al total de acciones cursadas.
De entre quienes no hubieran obtenido plaza en ninguna acción formativa se
seleccionarán para cada acción, siguiendo los mismos criterios, tantos suplentes como
plazas disponibles haya, sin que una misma persona pueda figurar como suplente en
más de una acción formativa.
Las personas que en el año 2021 no hubieran asistido a acciones formativas para las
que fueron seleccionadas, sin que hubieran acreditado en su momento causa justificada
de renuncia, no serán seleccionadas en la presente convocatoria a menos que queden
plazas disponibles en las acciones solicitadas.
En cualquier caso, sólo se podrá seleccionar a las personas para una de las acciones
a las que haya optado en su solicitud, salvo que queden plazas vacantes y no hubiera
reservas para optar a dichas plazas, y siempre que los horarios y fechas de celebración
resulten compatibles entre sí.
La participación en la presente convocatoria, tanto si finalmente se resulta persona
adjudicataria de alguna acción formativa como si no, será plenamente compatible con la
futura participación en la convocatoria específica de acciones formativas de idiomas.
3.3.4. Resultado de la selección.
El Instituto Andaluz de Administración Pública será el órgano competente para el
proceso de tramitación y selección.
Efectuada la selección, se publicará en la página web del Instituto Andaluz de
Administración Pública: http://www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica/
la lista de personas admitidas ordenada alfabéticamente.
Además, a las personas seleccionadas se les notificará el comienzo de la acción
formativa en la que obtuvo plaza y los datos pertinentes de fecha de inicio, así como del
lugar y horario en su caso, en la dirección de correo corporativo.
Si durante el proceso de selección se detectara que los datos que figuran en la
solicitud no son ciertos o que la persona solicitante no cumple los requisitos de acceso
a alguna de las acciones solicitadas, dicha persona quedará excluida del proceso de
selección.
3.3.5. Indemnizaciones por la asistencia a acciones formativas del personal de
Justicia
Las personas asistentes a las acciones formativas recogidas en el Anexo II devengarán,
desde el día de inicio de la acción, las indemnizaciones por razón del servicio que les
correspondan según la legislación vigente en la materia.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252979
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía