Disposiciones generales. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. (2021/251-4)
Orden de 14 de diciembre de 2021, por la que se convocan para el año 2021, las ayudas previstas en la Orden de 4 de febrero de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota con puerto base en Andalucía, previstas en el Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca 2014-2020, que faena en el Caladero Nacional del Golfo de Cádiz en la modalidad de arrastre de fondo y en la modalidad de cerco.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 251 - Viernes, 31 de diciembre de 2021

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ANEXO I

8. CRITERIOS DE VALORACIÓN: INFORMACIÓN Y DATOS NECESARIOS PARA APLICARLOS
8.1. CRITERIOS DE VALORACIÓN.

Estos criterios de valoración serán de aplicación a las solicitudes presentadas por los armadores/explotadores, así como a las
solicitudes presentadas por los tripulantes.

A. ARMADORES/EXPLOTADORES:
A.1. CRITERIOS DE VALORACIÓN BÁSICOS: se valorarán de 0 a 40 puntos, aplicándose posteriormente un porcentaje del 75%.
1. Actividad pesquera del buque en la pesquería objeto de la ayuda en los dos años civiles anteriores a la solicitud: 30 puntos.
2. Inclusión del buque en un plan de acción regulado en el apartado 4 del artículo 22 del Reglamento (UE) Nº 1380/2013, o para
aquellas paradas temporales dirigidas a una especie concreta en situación de sobre explotación o en riesgo, la dependencia
del buque de las capturas de dicha especie: 10 puntos.
A.2 CRITERIOS DE VALORACION ADICIONALES: se valorarán de 0 a 40 puntos, aplicándose posteriormente un porcentaje del 25%.
1. Que la persona armadora /explotadora del buque sea una mujer o en el caso de agrupación de personas, las mujeres
constituyan al menos el 50% de la agrupación: 15 puntos.
2. Número de tripulantes mujeres en el buque afectado por la paralización temporal: 15 puntos.
3. Número de tripulantes con algún grado de discapacidad en el buque afectado por la paralización temporal: 5 puntos.
4. Número de tripulantes en el buque afectado por la paralización temporal: 5 puntos.
B. TRIPULANTES:
Se valorarán de 0 a 40 puntos:
1. Actividad pesquera ejercida por el tripulante en los dos años civiles anteriores a la fecha de presentación de la solicitud en un
buque afectado por la paralización temporal: 20 puntos.
2. Periodo de cotización en el régimen especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar a lo largo de su vida laboral:
20 puntos.
En ambos apartados (A y B) para su valoración: al número mayor se le dará la máxima puntuación, puntuándose el resto
proporcionalmente a la baja.

8.2. PRIORIZACIÓN EN CASO DE EMPATE:

El empate se dirimirá de acuerdo a la mayor puntuación obtenida en alguno de los criterios de valoración; empezando por el
primer criterio de valoración recogido en el apartado anterior 8.1 y, continuando, en orden decreciente, conforme a la prelación
asimismo establecida en el mencionado apartado.

8.3. DATOS COMPLEMENTARIOS PARA LOS CRITERIOS DE VALORACIÓN:

8.3.1 ARMADORES/EXPLOTADORES:
- ¿Cuántos días ha ejercido la actividad pesquera el buque objeto de la paralización temporal, durante los dos años civiles
anteriores a la fecha de presentación de la solicitud?
días.
Inclusión del buque en un plan de acción regulado en el apartado 4 del artículo 22 del Reglamento (UE) Nº 1380/2013, o
para aquellas paradas temporales dirigidas a una especie concreta en situación de sobre explotación o en riesgo, la
dependencia del buque de las capturas de dicha especie.
8.3.2 TRIPULANTES:
- ¿Cuántos días ha ejercido la actividad pesquera en los dos años civiles anteriores a la fecha de presentación de la solicitud en
un buque afectado por la paralización temporal?

días.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

00253021

002389/6

- ¿Cuántos días ha cotizado en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar durante su vida laboral
hasta la fecha de presentación de la solicitud?
días.

http://www.juntadeandalucia.es/eboja