Disposiciones generales. Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo. (2021/251-2)
Modificación del Extracto de la Resolución de 9 de diciembre de 2021, de la Dirección-Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se convoca las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva de los Programas de Orientación Profesional y Acompañamiento a la Inserción.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 251 - Viernes, 31 de diciembre de 2021
página 20924/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE EMPLEO, FORMACIÓN Y TRABAJO AUTÓNOMO
Modificación del Extracto de la Resolución de 9 de diciembre de 2021, de la
Dirección-Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se convoca las
subvenciones en régimen de concurrencia competitiva de los Programas de
Orientación Profesional y Acompañamiento a la Inserción.
Con fecha 17 de diciembre de 2021 (BOJA núm. 241), se publica la Resolución de 9 de
diciembre de 2021, de la Dirección-Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se
efectúa la convocatoria de las subvenciones de los Programas de Orientación Profesional
y Acompañamiento a la Inserción reguladas en la Orden de 18 de octubre de 2016.
En la citada resolución, en el resuelve tercero se establece la forma de pago en dos
secuencias: un primer pago a la fecha de resolución de concesión, correspondiente al
50% de la ayuda concedida, en concepto de anticipo y, un segundo pago por el importe
restante, una vez incorporados los créditos correspondientes del presupuesto, previa
justificación de la totalidad de los gastos realizados.
A fin de acelerar la recuperación económica y reforzar la orientación laboral para
el crecimiento y mantenimiento del empleo, es necesario apoyar a las entidades en la
puesta en marcha de actuaciones que garanticen su estabilidad y viabilidad económica.
Para ello, se flexibiliza el abono de las subvenciones convocadas, ampliando a tres, las
secuencias de pagos.
Como consecuencia de esta modificación, se hace necesario adecuar la distribución
presupuestaria por anualidades, prevista en el resuelve segundo de la resolución de
convocatoria.
Por último, se amplía el plazo de presentación de solicitudes facilitando con ello la
máximas posibilidades de participación de las entidades destinatarias.
En este contexto y, de conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a)
de la Ley 38/2003, de 17 noviembre, General de Subvenciones, se publica la siguiente
modificación del Extracto de la Resolución de 9 de diciembre de 2021, de la Dirección
Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se efectúa la convocatoria de las
subvenciones de los Programas de Orientación Profesional y Acompañamiento a la
Inserción, reguladas en la Orden de 18 de octubre de 2016, cuyo texto completo podrá
consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http.//www.pap.minhap.gob.
es/bdnstrans) y en el presente BOJA.
Uno. El punto primero del apartado segundo del Extracto de la convocatoria, que
queda redactado como sigue:
«1. Las subvenciones concedidas en el marco de la presente convocatoria serán por
una cuantía total máxima de cuarenta millones de euros (40.000.000 euros) y con cargo a
las siguientes partidas presupuestarias, con carácter estimativo:
Partidas Presupuestarias
Anualidad 2022
(en euros)
Anualidad 2023
(en euros)
Totales
(en euros)
1039180000 G/32L/44207/00 S0574
1.684.674,75
561.558,25
2.246.233,00
1039180000 G/32L/46005/00 S0574
10.300.948,73
3.433.649,57
13.734.598,30
18.014.376,52
6.004.792,18
24.019.168,70
TOTAL
30.000.000,00
10.000.000,00
40.000.000,00
00253194
1039180000 G/32L/48007/00 S0574
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 251 - Viernes, 31 de diciembre de 2021
página 20924/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE EMPLEO, FORMACIÓN Y TRABAJO AUTÓNOMO
Modificación del Extracto de la Resolución de 9 de diciembre de 2021, de la
Dirección-Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se convoca las
subvenciones en régimen de concurrencia competitiva de los Programas de
Orientación Profesional y Acompañamiento a la Inserción.
Con fecha 17 de diciembre de 2021 (BOJA núm. 241), se publica la Resolución de 9 de
diciembre de 2021, de la Dirección-Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se
efectúa la convocatoria de las subvenciones de los Programas de Orientación Profesional
y Acompañamiento a la Inserción reguladas en la Orden de 18 de octubre de 2016.
En la citada resolución, en el resuelve tercero se establece la forma de pago en dos
secuencias: un primer pago a la fecha de resolución de concesión, correspondiente al
50% de la ayuda concedida, en concepto de anticipo y, un segundo pago por el importe
restante, una vez incorporados los créditos correspondientes del presupuesto, previa
justificación de la totalidad de los gastos realizados.
A fin de acelerar la recuperación económica y reforzar la orientación laboral para
el crecimiento y mantenimiento del empleo, es necesario apoyar a las entidades en la
puesta en marcha de actuaciones que garanticen su estabilidad y viabilidad económica.
Para ello, se flexibiliza el abono de las subvenciones convocadas, ampliando a tres, las
secuencias de pagos.
Como consecuencia de esta modificación, se hace necesario adecuar la distribución
presupuestaria por anualidades, prevista en el resuelve segundo de la resolución de
convocatoria.
Por último, se amplía el plazo de presentación de solicitudes facilitando con ello la
máximas posibilidades de participación de las entidades destinatarias.
En este contexto y, de conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a)
de la Ley 38/2003, de 17 noviembre, General de Subvenciones, se publica la siguiente
modificación del Extracto de la Resolución de 9 de diciembre de 2021, de la Dirección
Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se efectúa la convocatoria de las
subvenciones de los Programas de Orientación Profesional y Acompañamiento a la
Inserción, reguladas en la Orden de 18 de octubre de 2016, cuyo texto completo podrá
consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http.//www.pap.minhap.gob.
es/bdnstrans) y en el presente BOJA.
Uno. El punto primero del apartado segundo del Extracto de la convocatoria, que
queda redactado como sigue:
«1. Las subvenciones concedidas en el marco de la presente convocatoria serán por
una cuantía total máxima de cuarenta millones de euros (40.000.000 euros) y con cargo a
las siguientes partidas presupuestarias, con carácter estimativo:
Partidas Presupuestarias
Anualidad 2022
(en euros)
Anualidad 2023
(en euros)
Totales
(en euros)
1039180000 G/32L/44207/00 S0574
1.684.674,75
561.558,25
2.246.233,00
1039180000 G/32L/46005/00 S0574
10.300.948,73
3.433.649,57
13.734.598,30
18.014.376,52
6.004.792,18
24.019.168,70
TOTAL
30.000.000,00
10.000.000,00
40.000.000,00
00253194
1039180000 G/32L/48007/00 S0574
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
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