Disposiciones generales. Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades. (2021/251-9)
Extracto de la Resolución de 27 de diciembre de 2021, de la Secretaría General de Industria y Minas, por la que se convocan para el ejercicio 2022 los incentivos complementarios de los Incentivos Económicos Regionales para proyectos tractores de grandes empresas de la industria manufacturera y la logística avanzada en Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 251 - Viernes, 31 de diciembre de 2021
página 20899/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE TRANSFORMACIÓN ECONÓMICA, INDUSTRIA,
CONOCIMIENTO Y UNIVERSIDADES
Extracto de la Resolución de 27 de diciembre de 2021, de la Secretaría
General de Industria y Minas, por la que se convocan para el ejercicio 2022
los incentivos complementarios de los Incentivos Económicos Regionales para
proyectos tractores de grandes empresas de la industria manufacturera y la
logística avanzada en Andalucía.
BDNS: 603156.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA:
Primero. Convocatoria.
1. Se convocan para el año 2022, en la modalidad de concurrencia no competitiva,
los incentivos complementarios de los Incentivos Económicos Regionales para proyectos
tractores de grandes empresas de la industria manufacturera y la logística avanzada en
Andalucía con cargo al crédito presupuestario que se indican a continuación:
Subconcepto presupuestario
77004
Código de proyecto
2021000978
«Ayudas complementarias de los incentivos económicos regionales»
2. Los incentivos complementarios serán financiados con cargo a los siguientes
créditos presupuestarios de los ejercicios 2022, 2023 y 2024, por las cuantías máximas
que se especifican a continuación:
Créditos presupuestarios
1400010282-G/73B/77004/00-01-2021000978
2022
4.800.000 €
2023
13.600.000 €
2024
13.600.000 €
Total
32.000.000 €
Tercero. Objeto.
El Incentivo Complementario al igual que el Incentivo Económico Regional tiene por
objeto fomentar la actividad empresarial y promover la localización en Andalucía, con el
objeto de reducir las diferencias de situación económica en el territorio nacional, repartir
más equilibradamente las actividades económicas sobre el mismo y reforzar el potencial
de desarrollo endógeno de Andalucía.
Por ello el Incentivo Complementario se contempla como una medida dirigidas a
reforzar la inversión para el desarrollo de nuevas actividades, así como la ampliación
o modernización de las instalaciones existentes, acometidas por grandes empresas del
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00253167
Segundo. Beneficiarias.
1. Con carácter general, podrán ser entidades beneficiarias de estos incentivos
complementarios las personas jurídicas que ostenten la condición de entidades
beneficiarias de Incentivos Económicos Regionales en la zona de promoción económica
de Andalucía y tengan la consideración de gran empresa de acuerdo con la definición
establecida en el Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
2. Los requisitos para la obtención de la condición de entidad beneficiaria son los
establecidos en el artículo 3 de la Orden de 22 de noviembre de 2021.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 251 - Viernes, 31 de diciembre de 2021
página 20899/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE TRANSFORMACIÓN ECONÓMICA, INDUSTRIA,
CONOCIMIENTO Y UNIVERSIDADES
Extracto de la Resolución de 27 de diciembre de 2021, de la Secretaría
General de Industria y Minas, por la que se convocan para el ejercicio 2022
los incentivos complementarios de los Incentivos Económicos Regionales para
proyectos tractores de grandes empresas de la industria manufacturera y la
logística avanzada en Andalucía.
BDNS: 603156.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA:
Primero. Convocatoria.
1. Se convocan para el año 2022, en la modalidad de concurrencia no competitiva,
los incentivos complementarios de los Incentivos Económicos Regionales para proyectos
tractores de grandes empresas de la industria manufacturera y la logística avanzada en
Andalucía con cargo al crédito presupuestario que se indican a continuación:
Subconcepto presupuestario
77004
Código de proyecto
2021000978
«Ayudas complementarias de los incentivos económicos regionales»
2. Los incentivos complementarios serán financiados con cargo a los siguientes
créditos presupuestarios de los ejercicios 2022, 2023 y 2024, por las cuantías máximas
que se especifican a continuación:
Créditos presupuestarios
1400010282-G/73B/77004/00-01-2021000978
2022
4.800.000 €
2023
13.600.000 €
2024
13.600.000 €
Total
32.000.000 €
Tercero. Objeto.
El Incentivo Complementario al igual que el Incentivo Económico Regional tiene por
objeto fomentar la actividad empresarial y promover la localización en Andalucía, con el
objeto de reducir las diferencias de situación económica en el territorio nacional, repartir
más equilibradamente las actividades económicas sobre el mismo y reforzar el potencial
de desarrollo endógeno de Andalucía.
Por ello el Incentivo Complementario se contempla como una medida dirigidas a
reforzar la inversión para el desarrollo de nuevas actividades, así como la ampliación
o modernización de las instalaciones existentes, acometidas por grandes empresas del
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00253167
Segundo. Beneficiarias.
1. Con carácter general, podrán ser entidades beneficiarias de estos incentivos
complementarios las personas jurídicas que ostenten la condición de entidades
beneficiarias de Incentivos Económicos Regionales en la zona de promoción económica
de Andalucía y tengan la consideración de gran empresa de acuerdo con la definición
establecida en el Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
2. Los requisitos para la obtención de la condición de entidad beneficiaria son los
establecidos en el artículo 3 de la Orden de 22 de noviembre de 2021.