3. Otras disposiciones. Consejería de Salud y Familias. (2021/250-29)
Resolución de 22 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica, por la que se aprueba la Guía Oficial para la elaboración de los sistemas de autocontrol higiénico-sanitarios de tatuaje, micropigmentación y piercing en Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 250 - Jueves, 30 de diciembre de 2021
página 20707/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE SALUD Y FAMILIAS
Resolución de 22 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Salud
Pública y Ordenación Farmacéutica, por la que se aprueba la Guía Oficial para
la elaboración de los sistemas de autocontrol higiénico-sanitarios de tatuaje,
micropigmentación y piercing en Andalucía.
En su virtud, y de conformidad con lo establecido en el artículo 8.3 Decreto 71/2017,
de 13 de junio, y por los artículo 8 del Decreto 105/2019, de 12 de febrero, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del Servicio
Andaluz de Salud, esta Dirección General de Salud pública y Ordenación Farmacéutica
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252972
Con el objetivo de minimizar los potenciales riesgos en la aplicación de las actividades
de tatuaje, micropigmentación y perforación cutánea piercing que implican la rotura de la
barrera de protección natural más extensa del cuerpo humano, compuesta por la piel y
las mucosas se dictó en Andalucía el Decreto 286/2002, de 26 de noviembre, por el que
se regulan las actividades relativas a la aplicación de técnicas de tatuaje y perforación
cutánea piercing, cuyo objeto es regular las condiciones higiénico-sanitarias de los
establecimientos en los que se practican las técnicas de tatuaje y perforación cutánea
piercing y establecer las normas de higiene y de formación del personal que aplique las
citadas técnicas.
Esta norma fue derogada por el Decreto 71/2017, de 13 de junio, por el que se regulan
las condiciones higiénico-sanitarias y técnicas de las actividades relativas a la aplicación
de técnicas de tatuaje, micropigmentación y perforación cutánea piercing, a fin de
actualizar el marco normativo de regulación de dichas actividades, tras la entrada en vigor
de diversas normas que afectaban al régimen de las mismas, tales como la Ley 17/2009,
de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, la
Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación
a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio la Ley 3/2014,
de 1 de octubre, de medidas normativas para reducir las trabas administrativas para
las empresas así como la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de
mercado.
El artículo 8.2 del Decreto 71/2017, ha sido modificado recientemente mediante el
Decreto 130/2021, de 30 de marzo, por el que se modifica el Decreto 71/2017, de 13
de junio, por el que se regulan las condiciones higiénico-sanitarias y técnicas de
las actividades relativas a la aplicación de técnicas de tatuaje, micropigmentación y
perforación cutánea piercing. La nueva redacción del mencionado artículo establece
que el órgano directivo competente en materia de salud pública aprobará con carácter
previo a la aprobación del Plan de Inspección referido en el apartado 1, las guías oficiales
para la elaboración de los sistemas de autocontrol higiénico-sanitarios de las prácticas
objeto de este Decreto, que constituirán el instrumento para la inspección y control de las
mismas, y que serán publicadas en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Para ello, se ha constituido un grupo de trabajo de personal cualificado que ha
elaborado y presentado a esta Dirección General una propuesta de Guía que aglutina las
actividades objeto del mencionado Decreto 71/2017, habiendo sido evaluada y revisada
por personal técnico de esta Dirección General, concluyendo que resulta ajustada a
derecho y acorde con el estado actual de conocimientos técnico-sanitarios.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 250 - Jueves, 30 de diciembre de 2021
página 20707/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE SALUD Y FAMILIAS
Resolución de 22 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Salud
Pública y Ordenación Farmacéutica, por la que se aprueba la Guía Oficial para
la elaboración de los sistemas de autocontrol higiénico-sanitarios de tatuaje,
micropigmentación y piercing en Andalucía.
En su virtud, y de conformidad con lo establecido en el artículo 8.3 Decreto 71/2017,
de 13 de junio, y por los artículo 8 del Decreto 105/2019, de 12 de febrero, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del Servicio
Andaluz de Salud, esta Dirección General de Salud pública y Ordenación Farmacéutica
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252972
Con el objetivo de minimizar los potenciales riesgos en la aplicación de las actividades
de tatuaje, micropigmentación y perforación cutánea piercing que implican la rotura de la
barrera de protección natural más extensa del cuerpo humano, compuesta por la piel y
las mucosas se dictó en Andalucía el Decreto 286/2002, de 26 de noviembre, por el que
se regulan las actividades relativas a la aplicación de técnicas de tatuaje y perforación
cutánea piercing, cuyo objeto es regular las condiciones higiénico-sanitarias de los
establecimientos en los que se practican las técnicas de tatuaje y perforación cutánea
piercing y establecer las normas de higiene y de formación del personal que aplique las
citadas técnicas.
Esta norma fue derogada por el Decreto 71/2017, de 13 de junio, por el que se regulan
las condiciones higiénico-sanitarias y técnicas de las actividades relativas a la aplicación
de técnicas de tatuaje, micropigmentación y perforación cutánea piercing, a fin de
actualizar el marco normativo de regulación de dichas actividades, tras la entrada en vigor
de diversas normas que afectaban al régimen de las mismas, tales como la Ley 17/2009,
de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, la
Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación
a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio la Ley 3/2014,
de 1 de octubre, de medidas normativas para reducir las trabas administrativas para
las empresas así como la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de
mercado.
El artículo 8.2 del Decreto 71/2017, ha sido modificado recientemente mediante el
Decreto 130/2021, de 30 de marzo, por el que se modifica el Decreto 71/2017, de 13
de junio, por el que se regulan las condiciones higiénico-sanitarias y técnicas de
las actividades relativas a la aplicación de técnicas de tatuaje, micropigmentación y
perforación cutánea piercing. La nueva redacción del mencionado artículo establece
que el órgano directivo competente en materia de salud pública aprobará con carácter
previo a la aprobación del Plan de Inspección referido en el apartado 1, las guías oficiales
para la elaboración de los sistemas de autocontrol higiénico-sanitarios de las prácticas
objeto de este Decreto, que constituirán el instrumento para la inspección y control de las
mismas, y que serán publicadas en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Para ello, se ha constituido un grupo de trabajo de personal cualificado que ha
elaborado y presentado a esta Dirección General una propuesta de Guía que aglutina las
actividades objeto del mencionado Decreto 71/2017, habiendo sido evaluada y revisada
por personal técnico de esta Dirección General, concluyendo que resulta ajustada a
derecho y acorde con el estado actual de conocimientos técnico-sanitarios.