Disposiciones generales. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. (2021/250-6)
Orden de 15 de diciembre de 2021, por la que se convocan para el año 2021 las ayudas previstas en la Orden de 4 de febrero de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota con puerto base en Andalucía, previstas en el Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca 2014-2020, que faena en el Caladero Nacional del Mediterráneo en la modalidad de arrastre de fondo.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 250 - Jueves, 30 de diciembre de 2021
página 20666/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA
Y DESARROLLO SOSTENIBLE
El Reglamento (UE) núm. 508/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de
mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, y por el que se derogan
los Reglamentos (CE) núm. 2328/2009, (CE) núm. 861/2006, (CE) núm. 1198/2006 y
(CE) núm. 791/2007 del Consejo, y el Reglamento (UE) núm. 1255/2011, del Parlamento
Europeo y del Consejo, (en adelante Reglamento FEMP), establece las medidas
financieras de la Unión para la aplicación de la Política Pesquera Común, de las medidas
relativas al Derecho del Mar, del desarrollo sostenible de las zonas pesqueras y acuícolas
y de la pesca interior; así como de la Política Marítima Integrada y, concretamente en su
artículo 33 establece las ayudas a la paralización temporal de la actividad pesquera.
Sobre la base de ese marco regulador, se dictó la Orden de 4 de febrero de 2020, por
la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen
de concurrencia competitiva a la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota
con puerto base en Andalucía, que faena en el Caladero Nacional en las modalidades de
arrastre de fondo, cerco y palangre de superficie, en el marco del Programa Operativo
del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca 2014-2020. Esta orden ha sido modificada por
la Orden de 29 de junio de 2021, por la que se modifican determinadas órdenes por
las que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen
de concurrencia competitiva, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo
Marítimo y de Pesca (2014-2020).
El modelo de gestión acordado en la Conferencia Sectorial de Pesca de 4 de
diciembre de 2014, otorga a las Comunidades Autónomas, en cuyos puertos radiquen los
buques afectados por la paralización temporal, la gestión de esas ayudas. La financiación
de estas paradas correrá a cargo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (50%) y del
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (50%).
De conformidad con la Orden APA/1212/2020, de 16 de diciembre, por la que se
establecen zonas de veda espacio temporal para la modalidad de arrastre de fondo y
cerco en determinadas zonas del litoral mediterráneo para el periodo 2021-2022, queda
prohibida la pesca de arrastre de fondo a los buques españoles, en el litoral de las
provincias de Almería y Granada del 1 al 28 de febrero de 2021 y del 1 al 31 de octubre
de 2021 y en el litoral de las provincias de Málaga y Cádiz del 1 al 31 de mayo de 2021 y
del 1 al 30 de septiembre de 2021. Igualmente, queda prohibida la pesca de cerco a los
buques españoles en el litoral mediterráneo andaluz del 1 al 31 de marzo de 2021.
Mediante la Orden de 5 de marzo de 2021, de la Consejería de Agricultura, Ganadería,
Pesca y Desarrollo Sostenible, se convocaron las ayudas correspondientes a las paradas
temporales de la flota de arrastre de fondo en el litoral mediterráneo de las provincias de
Almería y Granada que tuvieron lugar desde el 1 al 28 de febrero de 2021 y en el litoral
mediterráneo de las provincias de Málaga y Cádiz acaecidas del 1 al 31 de mayo de
2021. Igualmente, en el mismo texto legal, se convocaron las ayudas por la paralización
temporal de la flota de cerco en el litoral mediterráneo andaluz que tuvo lugar del 1 al 31
de marzo de 2021.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00253017
Orden de 15 de diciembre de 2021, por la que se convocan para el año 2021 las
ayudas previstas en la Orden de 4 de febrero de 2020, por la que se aprueban
las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de
concurrencia competitiva, a la paralización temporal de la actividad pesquera
de la flota con puerto base en Andalucía, previstas en el Programa Operativo
del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca 2014-2020, que faena en el Caladero
Nacional del Mediterráneo en la modalidad de arrastre de fondo.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 250 - Jueves, 30 de diciembre de 2021
página 20666/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA
Y DESARROLLO SOSTENIBLE
El Reglamento (UE) núm. 508/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de
mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, y por el que se derogan
los Reglamentos (CE) núm. 2328/2009, (CE) núm. 861/2006, (CE) núm. 1198/2006 y
(CE) núm. 791/2007 del Consejo, y el Reglamento (UE) núm. 1255/2011, del Parlamento
Europeo y del Consejo, (en adelante Reglamento FEMP), establece las medidas
financieras de la Unión para la aplicación de la Política Pesquera Común, de las medidas
relativas al Derecho del Mar, del desarrollo sostenible de las zonas pesqueras y acuícolas
y de la pesca interior; así como de la Política Marítima Integrada y, concretamente en su
artículo 33 establece las ayudas a la paralización temporal de la actividad pesquera.
Sobre la base de ese marco regulador, se dictó la Orden de 4 de febrero de 2020, por
la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen
de concurrencia competitiva a la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota
con puerto base en Andalucía, que faena en el Caladero Nacional en las modalidades de
arrastre de fondo, cerco y palangre de superficie, en el marco del Programa Operativo
del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca 2014-2020. Esta orden ha sido modificada por
la Orden de 29 de junio de 2021, por la que se modifican determinadas órdenes por
las que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen
de concurrencia competitiva, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo
Marítimo y de Pesca (2014-2020).
El modelo de gestión acordado en la Conferencia Sectorial de Pesca de 4 de
diciembre de 2014, otorga a las Comunidades Autónomas, en cuyos puertos radiquen los
buques afectados por la paralización temporal, la gestión de esas ayudas. La financiación
de estas paradas correrá a cargo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (50%) y del
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (50%).
De conformidad con la Orden APA/1212/2020, de 16 de diciembre, por la que se
establecen zonas de veda espacio temporal para la modalidad de arrastre de fondo y
cerco en determinadas zonas del litoral mediterráneo para el periodo 2021-2022, queda
prohibida la pesca de arrastre de fondo a los buques españoles, en el litoral de las
provincias de Almería y Granada del 1 al 28 de febrero de 2021 y del 1 al 31 de octubre
de 2021 y en el litoral de las provincias de Málaga y Cádiz del 1 al 31 de mayo de 2021 y
del 1 al 30 de septiembre de 2021. Igualmente, queda prohibida la pesca de cerco a los
buques españoles en el litoral mediterráneo andaluz del 1 al 31 de marzo de 2021.
Mediante la Orden de 5 de marzo de 2021, de la Consejería de Agricultura, Ganadería,
Pesca y Desarrollo Sostenible, se convocaron las ayudas correspondientes a las paradas
temporales de la flota de arrastre de fondo en el litoral mediterráneo de las provincias de
Almería y Granada que tuvieron lugar desde el 1 al 28 de febrero de 2021 y en el litoral
mediterráneo de las provincias de Málaga y Cádiz acaecidas del 1 al 31 de mayo de
2021. Igualmente, en el mismo texto legal, se convocaron las ayudas por la paralización
temporal de la flota de cerco en el litoral mediterráneo andaluz que tuvo lugar del 1 al 31
de marzo de 2021.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00253017
Orden de 15 de diciembre de 2021, por la que se convocan para el año 2021 las
ayudas previstas en la Orden de 4 de febrero de 2020, por la que se aprueban
las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de
concurrencia competitiva, a la paralización temporal de la actividad pesquera
de la flota con puerto base en Andalucía, previstas en el Programa Operativo
del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca 2014-2020, que faena en el Caladero
Nacional del Mediterráneo en la modalidad de arrastre de fondo.