3. Otras disposiciones. Universidades. (2021/249-29)
Resolución de 22 de diciembre de 2021, de la Universidad de Granada, por la que se acuerda la publicación del Presupuesto de la misma para el ejercicio 2022, una vez aprobado por el Consejo Social.
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CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA Y
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Secretaría General Técnica

BOJA

CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA: UNIVERSIDAD DE GRANADA

ORGANISMO:

ANEXO
II y IIIde la Junta de Andalucía
Boletín
Oficial

Número 249 - Miércoles, 29 de diciembre de 2021

página 20633/2
Hoja 2 de 151

A) Gobierno de España







Real Decreto-Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia
presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público. BOE n° 315, de 31
de diciembre de 2011.
Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto
público en el ámbito educativo. BOE n° 96, de 21 de abril de 2012.
Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
BOE n° 103, de 30 de abril de 2012.
Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la es tabilidad
presupuestaria y de fomento de la competitividad. BOE n° 168, de 14 de julio de 2012.
Corrección de errores del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar
la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad. BOE n° 172, de 19 de julio de
2012.
Real Decreto 1483/2012, de 29 de octubre, por el que se aprueba el reglamento de los
procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada.
BOE n° 261, de 30 de octubre de 2012.

B) Gobierno de la Junta de Andalucía



Decreto-Ley 1/2012, de 19 de julio, de medidas fiscales, administrativas, laborales y en materia
hacienda pública para el reequilibrio económico-financiero de la Junta de Andalucía BOJA n° 122,
22 de junio.
Ley 3/2012, de 21 de septiembre, de medidas fiscales, administrativas, laborales y en materia
hacienda pública para el reequilibro económico-financiero de la Junta de Andalucía. BOJA n° 192,
1 de octubre de 2012.

de
de
de
de

En virtud de tales preceptos normativos, en el presupuesto del ejercicio económico 2022 hemos de
cumplir con la obligación de fijar un límite máximo de gasto no financiero para este ejercicio económico, toda
vez que los artículos 12, 15 y 30 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de estabilidad p resupuestaria y
sostenibilidad financiera, establece dicha obligación para la Universidad de Granada. En ese mismo sentido, el
Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito
educativo, alteró la redacción del artículo 81.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de
Universidades, indicando que "para garantizar un mejor cumplimiento de la Ley Orgánica de Estabilidad
Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, las universidades deberán cu mplir con las obligaciones siguientes:
a) Aprobarán un límite máximo de gasto de carácter anual, que no podrá rebasarse.
b) Los presupuestos y sus liquidaciones harán una referencia expresa al cumplimiento del equilibrio y
sostenibilidad financieros".
Además, el Real Decreto-Ley 14/2012 modificó el artículo 81.5 de la Ley 6/2001, de Universidades,
determinando que, en caso de liquidación del presupuesto con remanente de tesorería negativo, el Consejo Social
de la Universidad de Granada queda obligado, en la primera sesión que celebre, a practicar una reducción de
gastos del nuevo presupuesto por cuantía igual al déficit producido.

00252897

De igual forma, para la cuantificación de las partidas del presupuesto del ejercicio económico 2022 hemos
tenido en cuenta las más recientes instrucciones tanto de la Administración Estatal como de la Administración
Autonómica, emitidas para orientar la preparación de los presupuestos anuales en las universidades públicas de
Andalucía. En concreto, el presupuesto que se aprueba se ha realizado teniendo en cuenta los siguientes
documentos:

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja