Disposiciones generales. Consejería de Educación y Deporte. (2021/249-1)
Resolución de 22 de diciembre de 2021, de la Agencia Pública Andaluza de Educación, por la que se da publicidad al incremento de crédito disponible para las ayudas previstas en la Resolución de 24 de agosto de 2021, de la Dirección General de la Agencia Pública Andaluza de Educación, por la que se efectúa convocatoria abierta, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas a las familias para fomentar la escolarización de los niños y niñas menores de 3 años en los centros educativos de primer ciclo de educación infantil adheridos al Programa de ayuda a las familias para el fomento de la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía, para el curso 2021-2022.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 249 - Miércoles, 29 de diciembre de 2021

página 20624/2

de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, se ha
producido en un momento anterior a la resolución de concesión de la subvención, una
nueva aparición de disponibilidad presupuestaria procedente de la partida G/42I/48000/00
por importe de 1.138.150,24 euros para el año 2021.
Dado que se ha producido un aumento de la cuantía máxima disponible prevista
inicialmente para la convocatoria abierta, en base al resuelvo quinto de la convocatoria
abierta de ayudas y al artículo 10.d) del Reglamento de los Procedimientos de Concesión
de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto
282/2010, de 4 de mayo, esta Dirección General en el ejercicio de las competencias
atribuidas en el Decreto-ley 1/2017, de 28 de marzo, de medidas urgentes para favorecer
la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía (BOJA
extraordinario número 1, de 29 de marzo), y en el Decreto 194/2017, de 5 de diciembre,
por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Pública Andaluza de Educación,
RESU ELV E
Primero. Dar publicidad al aumento sobrevenido del crédito disponible para la
convocatoria abierta, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas a las familias
para fomentar la escolarización de los niños y niñas menores de 3 años en los centros
educativos de primer ciclo de educación infantil adheridos al Programa de ayuda a las
familias para el fomento de la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil
en Andalucía, para el curso 2021-2022, estableciéndose las partidas presupuestarias
destinadas a la financiación de la convocatoria abierta por las cuantías máximas y con
los compromisos de gasto de carácter plurianual, conforme a la distribución siguiente:
ANUALIDAD

PARTIDA PRESUPUESTARIA

2021

G/42I/48000/00

2021

G/42I/46000/00

465.638,72 €

2022

G/42I/48000/00

30.100.000,00 €

TOTAL

CUANTÍA MÁXIMA
6.150.972,77 €

36.716.611,49 €

Segundo. Modificar los importes máximos a otorgar para cada una de cada uno de
los procedimientos de selección de la convocatoria abierta, de acuerdo con el aumento
sobrevenido del crédito disponible, quedando establecidos en las siguientes cuantías:
Para la resolución del 1.º Procedimiento de selección: 36.676.611,49 €.
Para la resolución del 2.º Procedimiento de selección: 10.000 €.
Para la resolución del 3.º Procedimiento de selección: 10.000 €.
Para la resolución del 4.º Procedimiento de selección: 10.000 €.
Para la resolución del 5.º Procedimiento de selección: 10.000 €.
Tercero. La publicación del crédito destinado a la convocatoria abierta que se hace
mediante esta resolución no implica la apertura de un plazo para presentar nuevas
solicitudes, ni el inicio de un nuevo cómputo de plazo para adoptar y notificar la resolución.

Contra esta resolución que agota la vía administrativa en virtud del artículo 33 del
Decreto 194/2017, de 5 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia
Pública Andaluza de Educación, podrán los interesados interponer, ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo de Sevilla, recurso contencioso-administrativo en el plazo de

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00252878

Cuarto. Esta resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía.