3. Otras disposiciones. Universidades. (2021/249-28)
Resolución de 21 de diciembre de 2021, de la Universidad de Córdoba, por la que se publica el Presupuesto de la Universidad de Córdoba para el año 2022.
69 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 249 - Miércoles, 29 de diciembre de 2021
página 20446/27
Artículo 24. Recepción, conformidad y tramitación de facturas y demás justificantes
de gastos.
Los responsables de las Unidades de Gasto prestarán su conformidad expresa a la
tramitación de facturas y demás justificantes, autorizando con su firma el cargo a sus
correspondientes dotaciones presupuestarias.
La normativa de obligado cumplimiento en materia de morosidad en las operaciones
comerciales, y periodo medio de conformidad, indica que una vez aceptada o comprobada
la recepción de las mercancías o prestación de los servicios, se debe proceder a
conformar las facturas sin dilación, y proceder a su abono en un plazo no superior a 30
días, salvo que se hubiera fijado fecha o plazo de pago en el contrato, o se necesite un
acto normalizado de conformidad (tal como ocurre con las actas de recepción de obras
y equipamientos), en estos casos el plazo para dar la conformidad no podrá superar los
treinta días naturales y a partir de ese momento, se debe de abonar en un plazo no
superior a 30 días.
A estos efectos, una vez aceptado el servicio o el suministro, el proveedor debe
emitir la factura a la mayor brevedad posible (y siempre dentro del plazo de 15 días).
Esta factura una vez recibida en la unidad tramitadora, debe proceder a su rechazo o
validación en un plazo de 5 días.
El proveedor se verá obligado a facturar electrónicamente (salvo causa justificada
autorizada por la Gerencia), para lo cual se le facilitaran los códigos DIR necesarios y las
instrucciones precisas para su correcta cumplimentación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252727
CU:
Centros Universitarios (orgánicas para la gestión de su presupuesto y las
correspondientes a acciones y proyectos del Centro).
IU: Institutos Universitarios y otros Centros.
BS: Unidades de Control del Presupuesto.
En la nueva codificación cada orgánica está formado por 10 dígitos (agrupados en
duplas), según el siguiente sistema:
- 1.ª Dupla, conforme a los grupos anteriormente indicados (GA, DU, CU, IU, BS).
- 2.ª
Dupla, hace referencia al Vicerrectorado, Centro, Departamento o Instituto
concreto.
- 3.ª Dupla: en el caso de las unidades estructurales de los Vicerrectorados, en función
de su estructura y, en el caso del resto de orgánicas de los Vicerrectorados y
demás grupos, según el tipo de proyecto/acción.
- 4.ª Dupla: en el caso de las unidades estructurales de los Vicerrectorados, en función
de su estructura y, en el caso del resto de orgánicas de los Vicerrectorados y
demás grupos del resto de orgánicas, en función de la convocatoria del proyecto/
acción, si procede.
- 5.ª Dupla: indica el orden de la unidad de gasto.
En el Anexo 3.13 del Presupuesto se incluye el detalle de toda la clasificación
orgánica.
3. Podrán ser titulares de orgánicas los responsables directos de la gestión de las
dotaciones presupuestarias que se asignen a la misma, debiendo tener vinculación laboral
con la Universidad de Córdoba. En el caso de que la vinculación no sea permanente,
quedará a criterio de la Gerencia.
4. La apertura de las Unidades de Gasto será autorizada por el Rector, que podrá
delegar en el Gerente, con la finalidad de mejorar la gestión y justificación de los ingresos
que reciba la Universidad de Córdoba para actividades específicas diferenciadas,
entendiendo como tales, entre otras, las relativas a investigación, cursos, seminarios y
congresos.
5. Todo programa de actividades financiado por recursos afectados se incluirá en
el presupuesto y deberá ser objeto de una adecuada identificación que permita su
seguimiento contable.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 249 - Miércoles, 29 de diciembre de 2021
página 20446/27
Artículo 24. Recepción, conformidad y tramitación de facturas y demás justificantes
de gastos.
Los responsables de las Unidades de Gasto prestarán su conformidad expresa a la
tramitación de facturas y demás justificantes, autorizando con su firma el cargo a sus
correspondientes dotaciones presupuestarias.
La normativa de obligado cumplimiento en materia de morosidad en las operaciones
comerciales, y periodo medio de conformidad, indica que una vez aceptada o comprobada
la recepción de las mercancías o prestación de los servicios, se debe proceder a
conformar las facturas sin dilación, y proceder a su abono en un plazo no superior a 30
días, salvo que se hubiera fijado fecha o plazo de pago en el contrato, o se necesite un
acto normalizado de conformidad (tal como ocurre con las actas de recepción de obras
y equipamientos), en estos casos el plazo para dar la conformidad no podrá superar los
treinta días naturales y a partir de ese momento, se debe de abonar en un plazo no
superior a 30 días.
A estos efectos, una vez aceptado el servicio o el suministro, el proveedor debe
emitir la factura a la mayor brevedad posible (y siempre dentro del plazo de 15 días).
Esta factura una vez recibida en la unidad tramitadora, debe proceder a su rechazo o
validación en un plazo de 5 días.
El proveedor se verá obligado a facturar electrónicamente (salvo causa justificada
autorizada por la Gerencia), para lo cual se le facilitaran los códigos DIR necesarios y las
instrucciones precisas para su correcta cumplimentación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252727
CU:
Centros Universitarios (orgánicas para la gestión de su presupuesto y las
correspondientes a acciones y proyectos del Centro).
IU: Institutos Universitarios y otros Centros.
BS: Unidades de Control del Presupuesto.
En la nueva codificación cada orgánica está formado por 10 dígitos (agrupados en
duplas), según el siguiente sistema:
- 1.ª Dupla, conforme a los grupos anteriormente indicados (GA, DU, CU, IU, BS).
- 2.ª
Dupla, hace referencia al Vicerrectorado, Centro, Departamento o Instituto
concreto.
- 3.ª Dupla: en el caso de las unidades estructurales de los Vicerrectorados, en función
de su estructura y, en el caso del resto de orgánicas de los Vicerrectorados y
demás grupos, según el tipo de proyecto/acción.
- 4.ª Dupla: en el caso de las unidades estructurales de los Vicerrectorados, en función
de su estructura y, en el caso del resto de orgánicas de los Vicerrectorados y
demás grupos del resto de orgánicas, en función de la convocatoria del proyecto/
acción, si procede.
- 5.ª Dupla: indica el orden de la unidad de gasto.
En el Anexo 3.13 del Presupuesto se incluye el detalle de toda la clasificación
orgánica.
3. Podrán ser titulares de orgánicas los responsables directos de la gestión de las
dotaciones presupuestarias que se asignen a la misma, debiendo tener vinculación laboral
con la Universidad de Córdoba. En el caso de que la vinculación no sea permanente,
quedará a criterio de la Gerencia.
4. La apertura de las Unidades de Gasto será autorizada por el Rector, que podrá
delegar en el Gerente, con la finalidad de mejorar la gestión y justificación de los ingresos
que reciba la Universidad de Córdoba para actividades específicas diferenciadas,
entendiendo como tales, entre otras, las relativas a investigación, cursos, seminarios y
congresos.
5. Todo programa de actividades financiado por recursos afectados se incluirá en
el presupuesto y deberá ser objeto de una adecuada identificación que permita su
seguimiento contable.