3. Otras disposiciones. Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local. (2021/249-15)
Resolución de 20 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales de la bandera del municipio de Lanjarón (Granada).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 249 - Miércoles, 29 de diciembre de 2021
página 20677/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE TURISMO, REGENERACIÓN, JUSTICIA
Y ADMINISTRACIÓN LOCAL
Resolución de 20 de diciembre de 2021, de la Dirección General de
Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz
de Entidades Locales de la bandera del municipio de Lanjarón (Granada).
El artículo 4 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de
las Entidades Locales de Andalucía, establece que estas pueden dotarse de los símbolos
representativos que estimen oportunos, siempre que dichos símbolos y el procedimiento
de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajuste a las prescripciones
de la mencionada ley. A tal efecto, el Excmo. Ayuntamiento de Lanjarón ha realizado los
trámites tendentes a la adopción de su bandera municipal de acuerdo con lo establecido
en el capítulo segundo de la mencionada ley.
Con fecha 29 de octubre de 2021, el Pleno del Ayuntamiento de Lanjarón acordó, con
el quorum establecido en el artículo 14 de la mencionada ley, la aprobación definitiva de
la bandera municipal con la siguiente descripción:
Bandera: «Paño o bandera rectangular de proporciones 3:2 (largo por ancho),
formada por tres franjas horizontales, la superior azul, la central blanca y la inferior verde.
Al centro, el Escudo Heráldico Municipal».
Mediante escrito con entrada en el Registro de esta Consejería el día 1 de diciembre
de 2021, se solicitó por esta Entidad Local la inscripción de su bandera municipal en
el Registro Andaluz de Entidades Locales, de conformidad con lo establecido en los
artículos 17 y 18 de la expresada ley, según los cuales el uso de los símbolos de las
Entidades Locales es privativo de las mismas, no pudiéndose utilizar hasta que no estén
inscritos en el referido Registro.
En su virtud, esta Dirección General, a tenor de lo establecido en el artículo 17 de
la Ley 6/2003, de 9 de octubre, en el artículo 18.6 de la Orden de 17 de septiembre de
2010, por la que se desarrolla la organización y el funcionamiento del Registro Andaluz
de Entidades Locales, y en el artículo 14.1.d) del Decreto 98/2019, de 12 de febrero, por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Regeneración,
Justicia y Administración Local,
RESU ELV E
Primero. Admitir la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales de la
bandera del Municipio de Lanjarón (Granada), con la descripción indicada y con la imagen
que obra en el expediente.
Segundo. Modificar, en consecuencia, la correspondiente inscripción registral del
Municipio de Lanjarón (Granada) en el mencionado Registro, para incluir dicho símbolo
municipal.
Contra la presente resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo
en la forma y plazo previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 20 de diciembre de 2021.- El Director General, Joaquín José López-Sidro Gil.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252933
Tercero. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 249 - Miércoles, 29 de diciembre de 2021
página 20677/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE TURISMO, REGENERACIÓN, JUSTICIA
Y ADMINISTRACIÓN LOCAL
Resolución de 20 de diciembre de 2021, de la Dirección General de
Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz
de Entidades Locales de la bandera del municipio de Lanjarón (Granada).
El artículo 4 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de
las Entidades Locales de Andalucía, establece que estas pueden dotarse de los símbolos
representativos que estimen oportunos, siempre que dichos símbolos y el procedimiento
de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajuste a las prescripciones
de la mencionada ley. A tal efecto, el Excmo. Ayuntamiento de Lanjarón ha realizado los
trámites tendentes a la adopción de su bandera municipal de acuerdo con lo establecido
en el capítulo segundo de la mencionada ley.
Con fecha 29 de octubre de 2021, el Pleno del Ayuntamiento de Lanjarón acordó, con
el quorum establecido en el artículo 14 de la mencionada ley, la aprobación definitiva de
la bandera municipal con la siguiente descripción:
Bandera: «Paño o bandera rectangular de proporciones 3:2 (largo por ancho),
formada por tres franjas horizontales, la superior azul, la central blanca y la inferior verde.
Al centro, el Escudo Heráldico Municipal».
Mediante escrito con entrada en el Registro de esta Consejería el día 1 de diciembre
de 2021, se solicitó por esta Entidad Local la inscripción de su bandera municipal en
el Registro Andaluz de Entidades Locales, de conformidad con lo establecido en los
artículos 17 y 18 de la expresada ley, según los cuales el uso de los símbolos de las
Entidades Locales es privativo de las mismas, no pudiéndose utilizar hasta que no estén
inscritos en el referido Registro.
En su virtud, esta Dirección General, a tenor de lo establecido en el artículo 17 de
la Ley 6/2003, de 9 de octubre, en el artículo 18.6 de la Orden de 17 de septiembre de
2010, por la que se desarrolla la organización y el funcionamiento del Registro Andaluz
de Entidades Locales, y en el artículo 14.1.d) del Decreto 98/2019, de 12 de febrero, por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Regeneración,
Justicia y Administración Local,
RESU ELV E
Primero. Admitir la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales de la
bandera del Municipio de Lanjarón (Granada), con la descripción indicada y con la imagen
que obra en el expediente.
Segundo. Modificar, en consecuencia, la correspondiente inscripción registral del
Municipio de Lanjarón (Granada) en el mencionado Registro, para incluir dicho símbolo
municipal.
Contra la presente resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo
en la forma y plazo previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 20 de diciembre de 2021.- El Director General, Joaquín José López-Sidro Gil.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252933
Tercero. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.