3. Otras disposiciones. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. (2021/249-24)
Resolución de 18 de diciembre de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se convoca el levantamiento de actas previas a la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación forzosa que se tramita con motivo de las obras asociadas a los proyectos que se citan.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 249 - Miércoles, 29 de diciembre de 2021

página 20664/3

Sexto. Al acto convocado deberán asistir los interesados, por sí o bien representados
por persona provista de poder notarial para actuar en su nombre, exhibiendo los
documentos acreditativos tanto de su personalidad (DNI/NIF) como la documentación
acreditativa de su titularidad (aportando Nota Simple Informativa o Certificado del Registro
de la Propiedad de dominio y cargas, escritura pública, recibo del Impuesto de Bienes
Inmuebles del último año o fotocopias compulsadas de estos documentos y cualquier otro
que consideren pertinente). Podrán los comparecientes, si lo estiman oportuno, hacerse
acompañar a su costa de peritos y Notario. En caso de incomparecencia se entenderán
las diligencias con el Ministerio Fiscal, según establece el artículo 5 de la LEF.
Séptimo. En el acto del levantamiento de actas previas y de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 24 de la LEF, se propondrá la adquisición por mutuo acuerdo
de los bienes y derechos afectados, suscribiéndose, en tal caso, la correspondiente
Acta de adquisición por mutuo acuerdo, que comprenderá, junto a la valoración de los
bienes y derechos afectados, toda indemnización de perjuicios derivados de la rápida
ocupación, el premio de afección, daño emergente, lucro cesante y cuantos derechos e
intereses pudieran corresponderle al titular del bien o derecho objeto de expropiación.
En caso de que no se suscriba la mencionada Acta de adquisición por mutuo acuerdo,
se hará entrega a los comparecientes de la correspondiente Hoja de Valoración de los
depósitos previos e indemnizaciones por rápida ocupación. El abono o consignación
de los mismos en la Caja de Depósitos de la Delegación del Gobierno de la Junta de
Andalucía en Almería se realizará a cuenta del justiprecio final y una vez efectuado
el mismo se procederá a la inmediata ocupación de acuerdo con lo dispuesto en el
apartado 6 del artículo 52 de la LEF.
A la vista de los antecedentes expuestos y la documentación que figura en el expediente,
esta Secretaría General Técnica, a instancias de la Dirección General de Infraestructuras
del Agua y en ejercicio de las competencias atribuidas en el apartado 3 del artículo 15 de la
Orden de la Consejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de 28 de
mayo de 2019, por la que se delegan y atribuyen competencias en órganos directivos de la
Consejería, modificada por la Orden de la Consejera de 20 de abril de 2020,
RESUELV E

Segundo. Convocar a los propietarios y titulares de derechos afectados, que figuran
en la relación incluida en el Anejo de esta resolución, para que comparezcan en las
dependencias de los Ayuntamientos señalados, el día y a la hora que figuran en la
misma, al objeto de proceder al levantamiento de actas previas a la urgente ocupación
de las fincas afectadas por las obras mencionadas, todo ello sin perjuicio de que los
intervinientes se puedan trasladar posteriormente, si fuese necesario, a la finca que se
trata de ocupar, según lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 52 de la LEF.
Sevilla, 18 de diciembre de 2021.- La Secretaria General Técnica, P.D. (Orden de
28.5.2019, BOJA núm. 106, de 5.6, modificada por Orden de 20.4.2020, BOJA núm. 79,
de 27.4), María Jesús Gómez Rossi.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00252925

Primero. Incoar la tramitación del expediente de expropiación forzosa por el
procedimiento de urgencia, para la obtención de los terrenos necesarios para la ejecución
de las obras correspondientes a los proyectos denominados «Anteproyecto de la
adecuación de la EDAR de Mojácar (Almería)» Clave: A6.304.1326/2011 y «Proyecto de
adecuación de la agrupación de vertidos de Mojácar (Almería) Clave: A6.304.1326/2111»,
que se desarrollarán en los términos municipales de Bédar, Los Gallardos, Turre y Mojácar,
según el anejo de esta resolución, en el que se incluyen la relación de interesados, bienes
y derechos afectados por la expropiación, siendo beneficiarios finales de la expropiación
los propios Ayuntamientos.