Disposiciones generales. Consejería de Salud y Familias. (2021/594-5)
Resolución de 28 de diciembre de 2021, de la Delegación Territorial de Salud y Familias en Huelva, por la que se establecen los niveles de alerta sanitaria y se adoptan medidas temporales y excepcionales por razón de la salud pública en Andalucía para la contención de la COVID-19 finalizado el estado de alarma en la provincia de Huelva.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 94 - Martes, 28 de diciembre de 2021
página 20837/3
RESUELVO
Primero. Mantener, en los municipios que integran el Distrito Sanitario Huelva Costa,
en los municipios que integran el Distrito Sanitario Condado Campiña y en los municipios
que integran el Área de Gestión Sanitaria Norte de Huelva el nivel de alerta sanitaria 1,
previo informe del Comité Territorial de Alertas de Salud Pública de Alto Impacto en
Huelva, relacionados en el anexo a la presente resolución.
Segundo. Adoptar las medidas de salud pública generales y las establecidas para
el nivel de alerta sanitaria 1 previstas en la Orden de la Consejería de Salud y Familias
de 7 de mayo de 2021, por la que se establecen los niveles de alerta sanitaria y se
adoptan medidas temporales y excepcionales por razón de salud pública en Andalucía
para la contención de la COVID-19 finalizado el estado de alarma, sus posteriores
modificaciones, y demás normativa vigente en materia de salud pública.
Tercero. La adopción de los niveles de alerta sanitaria producirá efectos desde el día
29 de diciembre de 2021 hasta el 12 de enero de 2022, ambos incluidos, manteniéndose
vigentes mientras la situación epidemiológica no presente cambios y en todo caso durante
un mínimo 7 días naturales, todo ello de conformidad con lo dispuesto en la Orden de 7
de mayo de 2021.
Cuarto. Dar traslado de esta resolución tanto a la Subdelegación del Gobierno en
Huelva, como a los Ayuntamientos afectados, con el objeto de recabar su cooperación y
colaboración, en su caso, a través de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y
de la Policía Local, para el control y aplicación de las medidas adoptadas.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer
recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la hubiera dictado, en el
plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad
con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o ser impugnadas
directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de conformidad con
lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
00253103
Huelva, 28 de diciembre de 2021.- El Consejero de Salud y Familias, P.D. (Orden de 7.5.2021,
BOJA extraordinario núm. 41, de 7.5.2021, y Orden de 8.11.2020, BOJA extraordinario núm. 77,
de 8.11.2020), la Delegada, Manuela María Caro López.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 94 - Martes, 28 de diciembre de 2021
página 20837/3
RESUELVO
Primero. Mantener, en los municipios que integran el Distrito Sanitario Huelva Costa,
en los municipios que integran el Distrito Sanitario Condado Campiña y en los municipios
que integran el Área de Gestión Sanitaria Norte de Huelva el nivel de alerta sanitaria 1,
previo informe del Comité Territorial de Alertas de Salud Pública de Alto Impacto en
Huelva, relacionados en el anexo a la presente resolución.
Segundo. Adoptar las medidas de salud pública generales y las establecidas para
el nivel de alerta sanitaria 1 previstas en la Orden de la Consejería de Salud y Familias
de 7 de mayo de 2021, por la que se establecen los niveles de alerta sanitaria y se
adoptan medidas temporales y excepcionales por razón de salud pública en Andalucía
para la contención de la COVID-19 finalizado el estado de alarma, sus posteriores
modificaciones, y demás normativa vigente en materia de salud pública.
Tercero. La adopción de los niveles de alerta sanitaria producirá efectos desde el día
29 de diciembre de 2021 hasta el 12 de enero de 2022, ambos incluidos, manteniéndose
vigentes mientras la situación epidemiológica no presente cambios y en todo caso durante
un mínimo 7 días naturales, todo ello de conformidad con lo dispuesto en la Orden de 7
de mayo de 2021.
Cuarto. Dar traslado de esta resolución tanto a la Subdelegación del Gobierno en
Huelva, como a los Ayuntamientos afectados, con el objeto de recabar su cooperación y
colaboración, en su caso, a través de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y
de la Policía Local, para el control y aplicación de las medidas adoptadas.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer
recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la hubiera dictado, en el
plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad
con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o ser impugnadas
directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de conformidad con
lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
00253103
Huelva, 28 de diciembre de 2021.- El Consejero de Salud y Familias, P.D. (Orden de 7.5.2021,
BOJA extraordinario núm. 41, de 7.5.2021, y Orden de 8.11.2020, BOJA extraordinario núm. 77,
de 8.11.2020), la Delegada, Manuela María Caro López.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
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