Disposiciones generales. Consejería de Salud y Familias. (2021/594-4)
Resolución de 28 de diciembre de 2021, de la Delegación Territorial de Salud y Familias en Granada, por la que se adoptan los niveles de alerta sanitaria y la aplicación de las medidas que corresponden, por razón de salud pública para la contención de la COVID-19, finalizado el estado de alarma en la provincia de Granada.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Extraordinario núm. 94 - Martes, 28 de diciembre de 2021

página 20842/3

RESU ELVO
Primero. Previo informe del Comité Territorial de Alertas de Salud Pública de Alto
Impacto, en la reunión celebrada en Granada el día 28 de diciembre de 2021, se acuerda
proponer por el Comité Territorial de Alertas de Alto Impacto:
Se declara el Nivel de Alerta 1 en las siguientes Áreas y Distritos Sanitarios:
- Distrito Sanitario Granada en todos sus municipios (anexo).
- Distrito Sanitario Metropolitano de Granada en todos sus municipios (anexo).
- Área Sanitaria Nordeste de Granada en todos sus municipios (anexo).
- Área Sanitaria Sur de Granada en todos sus municipios (anexo).
Segundo. Adoptar las medidas de salud pública generales y las establecidas para
el nivel de alerta sanitaria, previstas en la Orden de la Consejería de Salud y Familias
de 7 de mayo de 2021, por la que se establecen los niveles de alerta sanitaria y se
adoptan medidas temporales y excepcionales por razón de salud pública en Andalucía
para la contención de la COVID-19 finalizado el estado de alarma, y sus posteriores
modificaciones y demás normativa vigente de salud pública
Tercero. La adopción de los niveles de alerta sanitaria tendrá efectos desde el 29 de
diciembre de 2021 hasta el 12 de enero de 2022, ambos incluídos.
Cuarto. El Comité Territorial de Alertas de Salud Pública de Alto Impacto realizará el
seguimiento continuo de la situación epidemiológica e informará sobre la necesidad de
prórroga, ampliación o reducción de las medidas, a efectos de evaluar el riesgo sanitario
y la proporcionalidad de las mismas.
Quinto. Dar traslado de esta resolución a la Subdelegación del Gobierno en Granada,
con el objeto de recabar su cooperación y colaboración, en su caso, a través de los
Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, para el control y aplicación de las medidas
adoptadas.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer
recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que las hubiera dictado, en el plazo
de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo
establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o ser impugnada directamente
ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de conformidad con lo establecido
en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

00253107

Granada, 28 de diciembre de 2021.- El Consejero de Salud y Familias, PD (Orden de
7.5.2021, BOJA extraordinario núm. 41, de 7.5.2021), el Delegado, Indalecio SánchezMontesinos García.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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