3. Otras disposiciones. Consejería de Educación y Deporte. (2021/248-14)
Resolución de 16 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Atención a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar, por la que se conceden subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, a centros docentes privados concertados de la Comunidad Autónoma de Andalucía, para facilitar la permanencia en el sistema educativo mediante la prestación del servicio de comedor escolar para alumnado escolarizado en estos centros, para el curso escolar 2021/2022.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 248 - Martes, 28 de diciembre de 2021
página 20602/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y DEPORTE
Resolución de 16 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Atención
a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar, por la que se conceden
subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, a centros docentes
privados concertados de la Comunidad Autónoma de Andalucía, para facilitar
la permanencia en el sistema educativo mediante la prestación del servicio de
comedor escolar para alumnado escolarizado en estos centros, para el curso
escolar 2021/2022.
Examinadas las solicitudes de subvenciones presentadas al amparo de la Resolución de
12 de julio de 2021, de la Dirección General de Atención a la Diversidad, Participación
y Convivencia Escolar por la que se efectúa, para el curso escolar 2021/2022, la
convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a centros
docentes privados concertados de la Comunidad Autónoma de Andalucía, para facilitar
la permanencia en el sistema educativo mediante la prestación del servicio de comedor
escolar para alumnado escolarizado en estos centros (BOJA núm. 140, de 22 de julio de
2021) se constatan los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. La Orden de la Consejería de Educación, de 23 de julio de 2018, se
establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de
concurrencia competitiva a centros docentes privados concertados de la Comunidad
Autónoma de Andalucía para facilitar la permanencia en el sistema educativo, mediante
la prestación del servicio de comedor escolar para alumnado escolarizado en estos
centros (BOJA núm. 151, de 6 de agosto de 2018), efectuándose la convocatoria para el
curso escolar 2021/2022 por Resolución de 12 de julio de 2021, de la Dirección General
de Atención a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar (BOJA núm. 140, de 22
de julio de 2021).
Tercero. De acuerdo con lo establecido en el apartado 15 del citado Cuadro
Resumen, en el plazo de diez días tras la publicación de la propuesta provisional, los
centros docentes privados concertados beneficiarios provisionales y suplentes, utilizando
el formulario Anexo II de la Resolución de 12 de julio de 2021, de la Dirección General
de Atención a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar, debían alegar lo que
estimasen pertinente y presentar la documentación acreditativa de los datos consignados
en su solicitud para el cumplimiento de los requisitos y de los correspondientes criterios
de valoración.
Cuarto. Finalizado el plazo de alegaciones y de presentación de documentación, la
Comisión Regional realiza el análisis de la misma, llevando a cabo una nueva comparación
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252850
Segundo. Con fecha 9 de noviembre de 2021, la Comisión Regional prevista en el
apartado 13 del Cuadro Resumen de las bases reguladoras emite propuesta provisional
de resolución, en la que se establecen, entre otros extremos, los centros beneficiarios
provisionales y suplentes de las subvenciones de acuerdo con los criterios objetivos de
valoración fijados en el apartado 12 del Cuadro Resumen de las bases reguladoras de la
Orden de la Consejería de Educación, de 23 de julio de 2018, siendo publicada el 10 de
noviembre de 2021 en la página web www.juntadeandalucia.es/educacion.
BOJA
Número 248 - Martes, 28 de diciembre de 2021
página 20602/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y DEPORTE
Resolución de 16 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Atención
a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar, por la que se conceden
subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, a centros docentes
privados concertados de la Comunidad Autónoma de Andalucía, para facilitar
la permanencia en el sistema educativo mediante la prestación del servicio de
comedor escolar para alumnado escolarizado en estos centros, para el curso
escolar 2021/2022.
Examinadas las solicitudes de subvenciones presentadas al amparo de la Resolución de
12 de julio de 2021, de la Dirección General de Atención a la Diversidad, Participación
y Convivencia Escolar por la que se efectúa, para el curso escolar 2021/2022, la
convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a centros
docentes privados concertados de la Comunidad Autónoma de Andalucía, para facilitar
la permanencia en el sistema educativo mediante la prestación del servicio de comedor
escolar para alumnado escolarizado en estos centros (BOJA núm. 140, de 22 de julio de
2021) se constatan los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. La Orden de la Consejería de Educación, de 23 de julio de 2018, se
establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de
concurrencia competitiva a centros docentes privados concertados de la Comunidad
Autónoma de Andalucía para facilitar la permanencia en el sistema educativo, mediante
la prestación del servicio de comedor escolar para alumnado escolarizado en estos
centros (BOJA núm. 151, de 6 de agosto de 2018), efectuándose la convocatoria para el
curso escolar 2021/2022 por Resolución de 12 de julio de 2021, de la Dirección General
de Atención a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar (BOJA núm. 140, de 22
de julio de 2021).
Tercero. De acuerdo con lo establecido en el apartado 15 del citado Cuadro
Resumen, en el plazo de diez días tras la publicación de la propuesta provisional, los
centros docentes privados concertados beneficiarios provisionales y suplentes, utilizando
el formulario Anexo II de la Resolución de 12 de julio de 2021, de la Dirección General
de Atención a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar, debían alegar lo que
estimasen pertinente y presentar la documentación acreditativa de los datos consignados
en su solicitud para el cumplimiento de los requisitos y de los correspondientes criterios
de valoración.
Cuarto. Finalizado el plazo de alegaciones y de presentación de documentación, la
Comisión Regional realiza el análisis de la misma, llevando a cabo una nueva comparación
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252850
Segundo. Con fecha 9 de noviembre de 2021, la Comisión Regional prevista en el
apartado 13 del Cuadro Resumen de las bases reguladoras emite propuesta provisional
de resolución, en la que se establecen, entre otros extremos, los centros beneficiarios
provisionales y suplentes de las subvenciones de acuerdo con los criterios objetivos de
valoración fijados en el apartado 12 del Cuadro Resumen de las bases reguladoras de la
Orden de la Consejería de Educación, de 23 de julio de 2018, siendo publicada el 10 de
noviembre de 2021 en la página web www.juntadeandalucia.es/educacion.