5. Anuncios. Ayuntamientos. (2021/248-72)
Anuncio de 28 de noviembre de 2021, del Ayuntamiento de Aznalcázar, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público ordinaria para el año 2021. (PP. 3572/2021).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 248 - Martes, 28 de diciembre de 2021

página 19211/1

5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
AYUNTAMIENTOS
Anuncio de 28 de noviembre de 2021, del Ayuntamiento de Aznalcázar, por
el que se aprueba la Oferta de Empleo Público ordinaria para el año 2021.
(PP. 3572/2021).
Doña Manuela Cabello González, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Aznalcázar
(Sevilla),
Hace saber: Que esta Alcaldía-Presidencia, por Resolución 2021-0884 de fecha de
28 de noviembre de 2021, ha acordado aprobar la Oferta de Empleo Público ordinaria
correspondiente a las plazas que a continuación se detallan para el año 2021:
PERSONAL FUNCIONARIO
Escala de Administración Especial/Subescala de Servicios Especiales:
GRUPO

SUBGRUPO

Núm.
VACANTES

DENOMINACIÓN

C

C2

1

Policía Local

SISTEMA
DE
ACCESO
Oposición Libre

Lo que se hace público para general conocimiento en cumplimiento del artículo 91
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local,
el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público
aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer
alternativamente o recurso de reposición potestativo ante la Alcaldesa-Presidenta, en
el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente
anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso
contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla
o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses, a contar
desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad
con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá
interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente
o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda
interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

00251463

Aznalcázar, 28 de noviembre de 2021.- La Alcaldesa-Presidenta, Manuela Cabello González.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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