3. Otras disposiciones. Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. (2021/247-78)
Resolución de 20 de diciembre de 2021, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Sevilla, favorable relativa a la concesión de ayudas para el alquiler de vivienda habitual a personas en situación de vulnerabilidad, con ingresos limitados y a jóvenes, convocadas por Orden de 30 de octubre de 2018 (BOJA núm. 211, de 31 de octubre), y reguladas por Orden de 17 de octubre de 2018 (BOJA núm. 203, de 19 de octubre).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 247 - Lunes, 27 de diciembre de 2021
página 20419/2
Quinto. De conformidad con lo previsto en la base decimosegunda de las Bases
Reguladoras, tienen entrada en esta Delegación Territorial las solicitudes que se
relacionan en los anexos que acompañan a la presente propuesta.
Sexto. Examinadas las solicitudes presentadas que se relacionan en el anexo adjunto
y realizadas las verificaciones oportunas, se comprueba que las personas solicitantes
cumplen los requisitos para ser beneficiarias de la ayuda de acuerdo con la base quinta
del mismo texto normativo.
Séptimo. De acuerdo a lo dispuesto en la Base Decimonovena apartado D de las
Bases Reguladoras, consta en cada expediente la documentación justificativa del pago
de la renta mensual correspondiente a los meses concedidos, por lo que al amparo de
lo establecido en la Base Vigésima apartado 2, se consideran mensualidades vencidas y
justificadas.
Octavo. Al amparo de la Instrucción de la Secretaría General de Vivienda de 13 de abril
de 2020 sobre la tramitación de la presente convocatoria durante el período de alarma,
para mayor eficacia administrativa se efectúa la agrupación en un único procedimiento de
distintos expedientes por tratarse de la notificación de un mismo trámite, incluyéndose los
datos de cada beneficiario en los anexos que se adjuntan.
Y de conformidad con los subsiguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Orden de 17 de octubre de 2018 (BOJA núm. 203, de 19 de octubre), por la
que se aprueban las Bases Reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia
no competitiva, de ayudas para el alquiler de vivienda habitual a personas en situación de
especial vulnerabilidad, con ingresos limitados y a jóvenes, en la Comunidad Autónoma
de Andalucía para el alquiler convocadas por la Orden de 30 de octubre de 2018.
Segundo. Es competente para tramitar y resolver el presente procedimiento de
concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva esta Delegación
Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, por delegación, de
acuerdo con las bases decimoprimera y decimosexta de las Bases Reguladoras, y en
relación con el Decreto 107/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Fomento, Infraestructura y Ordenación del Territorio (BOJA
núm. 31, de 14 de febrero); así como el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre (BOJA
Extraordinario núm. 90, de 30 de diciembre), por el que se regula la organización territorial
provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.
Cuarto. El Decreto-ley 6/2020, de 30 de marzo, por el que se establecen medidas
administrativas extraordinarias y urgentes en el ámbito social y económico como
consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19), en su disposición
final tercera modifica la citada Orden de 17 de octubre de 2018, en su apartado 1 de la
base reguladora decimoséptima, que queda redactado como sigue:
«1. Las notificaciones se cursarán mediante publicación en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía y en la página web de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y
Ordenación del Territorio, surtiendo los mismos efectos que la notificación individual. De
dicha publicación se dará aviso a las personas interesadas mediante llamada telefónica
o sms, o mediante escrito dirigido a la cuenta de correo electrónico consignada en las
solicitudes presentadas.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252694
Tercero. El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, declara el estado de alarma para
la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
BOJA
Número 247 - Lunes, 27 de diciembre de 2021
página 20419/2
Quinto. De conformidad con lo previsto en la base decimosegunda de las Bases
Reguladoras, tienen entrada en esta Delegación Territorial las solicitudes que se
relacionan en los anexos que acompañan a la presente propuesta.
Sexto. Examinadas las solicitudes presentadas que se relacionan en el anexo adjunto
y realizadas las verificaciones oportunas, se comprueba que las personas solicitantes
cumplen los requisitos para ser beneficiarias de la ayuda de acuerdo con la base quinta
del mismo texto normativo.
Séptimo. De acuerdo a lo dispuesto en la Base Decimonovena apartado D de las
Bases Reguladoras, consta en cada expediente la documentación justificativa del pago
de la renta mensual correspondiente a los meses concedidos, por lo que al amparo de
lo establecido en la Base Vigésima apartado 2, se consideran mensualidades vencidas y
justificadas.
Octavo. Al amparo de la Instrucción de la Secretaría General de Vivienda de 13 de abril
de 2020 sobre la tramitación de la presente convocatoria durante el período de alarma,
para mayor eficacia administrativa se efectúa la agrupación en un único procedimiento de
distintos expedientes por tratarse de la notificación de un mismo trámite, incluyéndose los
datos de cada beneficiario en los anexos que se adjuntan.
Y de conformidad con los subsiguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Orden de 17 de octubre de 2018 (BOJA núm. 203, de 19 de octubre), por la
que se aprueban las Bases Reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia
no competitiva, de ayudas para el alquiler de vivienda habitual a personas en situación de
especial vulnerabilidad, con ingresos limitados y a jóvenes, en la Comunidad Autónoma
de Andalucía para el alquiler convocadas por la Orden de 30 de octubre de 2018.
Segundo. Es competente para tramitar y resolver el presente procedimiento de
concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva esta Delegación
Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, por delegación, de
acuerdo con las bases decimoprimera y decimosexta de las Bases Reguladoras, y en
relación con el Decreto 107/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Fomento, Infraestructura y Ordenación del Territorio (BOJA
núm. 31, de 14 de febrero); así como el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre (BOJA
Extraordinario núm. 90, de 30 de diciembre), por el que se regula la organización territorial
provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.
Cuarto. El Decreto-ley 6/2020, de 30 de marzo, por el que se establecen medidas
administrativas extraordinarias y urgentes en el ámbito social y económico como
consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19), en su disposición
final tercera modifica la citada Orden de 17 de octubre de 2018, en su apartado 1 de la
base reguladora decimoséptima, que queda redactado como sigue:
«1. Las notificaciones se cursarán mediante publicación en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía y en la página web de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y
Ordenación del Territorio, surtiendo los mismos efectos que la notificación individual. De
dicha publicación se dará aviso a las personas interesadas mediante llamada telefónica
o sms, o mediante escrito dirigido a la cuenta de correo electrónico consignada en las
solicitudes presentadas.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252694
Tercero. El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, declara el estado de alarma para
la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.