3. Otras disposiciones. Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local. (2021/247-55)
Resolución de 17 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Administración Local, por la que se acuerda la constitución de una Agrupación entre las Entidades Locales de Parauta, Cartajima y Júzcar (Málaga) para el sostenimiento en común de un puesto de trabajo denominado Agrupación Secretaría de clase 3.ª-24136, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 247 - Lunes, 27 de diciembre de 2021

página 20397/2

Cuarto. La presente resolución producirá sus efectos desde el día siguiente a la
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Las funciones reservadas
podrán continuar desempeñándose, en su caso, con arreglo a la situación previa a esta
resolución durante un periodo máximo de tres meses hasta la cobertura del puesto
conforme a cualesquiera de los sistemas de provisión previstos en el Real Decreto
128/2018, de 16 de marzo.
4. Recursos.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer
recurso Contencioso-Administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este
orden, en la forma y plazos previstos por la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o bien se podrá interponer recurso potestativo
de reposición ante el mismo órgano que dicta este acto, en el plazo de un mes contado
a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, o bien, también con carácter potestativo, el
requerimiento previsto en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, en el plazo de
dos meses, en el supuesto de que la impugnación se efectúe por una Administración
Pública.

00252682

Sevilla, 17 de diciembre de 2021.- El Director General, Joaquín José López-Sidro Gil.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja