Disposiciones generales. Consejería de Educación y Deporte. (2021/247-2)
Resolución de 15 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Atención a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar, por la que se modifica la Resolución de 12 de julio de 2021, por la que se efectúa la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, a centros docentes privados concertados de la Comunidad Autónoma de Andalucía para facilitar la permanencia en el sistema educativo mediante la prestación del servicio de comedor escolar para alumnado escolarizado en estos centros, para el curso académico 2021/2022.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 247 - Lunes, 27 de diciembre de 2021
página 20336/2
La cuantía total máxima de las subvenciones a conceder en el marco de la presente
convocatoria será de 2.000.000 euros. De forma extraordinaria, se solicita la ampliación
de 32.000 euros la cuantía total máxima hasta 2.032.000 euros, quedando dicha cantidad
con cargo a las anualidades y partida presupuestaria que a continuación se detallan:
a) Subvenciones a centros docentes privados de educación especial para aplicar
medidas específicas de atención a la diversidad dirigidas al alumnado escolarizado en los
mismos y a facilitar su permanencia en el sistema educativo, mediante la prestación del
servicio de comedor escolar.
PARTIDA PRESUPUESTARIA
1200010900 G/31P/48715/00 01
ANUALIDAD 2021
248.000 €
ANUALIDAD 2022
372.000 €
TOTAL
620.000 €
b) Subvenciones a centros docentes privados con planes de compensación educativa
autorizados por la Consejería competente en materia de educación para facilitar la
permanencia en el sistema educativo del alumnado escolarizado en los mismos, mediante
la prestación del servicio de comedor escolar.
PARTIDA PRESUPUESTARIA ANUALIDAD 2021 ANUALIDAD 2022
1200010900 G/31P/48715/00 01
706.000 €
706.000 €
TOTAL
1.412.000 €
Con la finalidad de atender al interés general, a todas las solicitudes recibidas,
y dar cumplimiento a los objetivos que se persiguen, una vez realizada la propuesta
de concesión a las solicitudes presentadas que reúnen todos los requisitos de ser
subvencionables, se permitirá aplicar las cantidades sobrantes de una línea, en caso
de existir, a la concesión de subvenciones a centros de la otra línea, siempre y cuando
no se sobrepasen los límites por anualidad. Es decir la cuantía total máxima de las
subvenciones a conceder en el marco de la presente convocatoria será de 954.000 euros
en la anualidad 2021 y 1.078.000 euros en la anualidad 2022.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer
recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Atención a la Diversidad,
Participación y Convivencia Escolar en el plazo de un mes, conforme a lo establecido
en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso
contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a
lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente
al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
00252597
Sevilla, 15 de diciembre de 2021.- La Directora General P.D. (Orden de 23.7.2018),
Almudena García Rosado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 247 - Lunes, 27 de diciembre de 2021
página 20336/2
La cuantía total máxima de las subvenciones a conceder en el marco de la presente
convocatoria será de 2.000.000 euros. De forma extraordinaria, se solicita la ampliación
de 32.000 euros la cuantía total máxima hasta 2.032.000 euros, quedando dicha cantidad
con cargo a las anualidades y partida presupuestaria que a continuación se detallan:
a) Subvenciones a centros docentes privados de educación especial para aplicar
medidas específicas de atención a la diversidad dirigidas al alumnado escolarizado en los
mismos y a facilitar su permanencia en el sistema educativo, mediante la prestación del
servicio de comedor escolar.
PARTIDA PRESUPUESTARIA
1200010900 G/31P/48715/00 01
ANUALIDAD 2021
248.000 €
ANUALIDAD 2022
372.000 €
TOTAL
620.000 €
b) Subvenciones a centros docentes privados con planes de compensación educativa
autorizados por la Consejería competente en materia de educación para facilitar la
permanencia en el sistema educativo del alumnado escolarizado en los mismos, mediante
la prestación del servicio de comedor escolar.
PARTIDA PRESUPUESTARIA ANUALIDAD 2021 ANUALIDAD 2022
1200010900 G/31P/48715/00 01
706.000 €
706.000 €
TOTAL
1.412.000 €
Con la finalidad de atender al interés general, a todas las solicitudes recibidas,
y dar cumplimiento a los objetivos que se persiguen, una vez realizada la propuesta
de concesión a las solicitudes presentadas que reúnen todos los requisitos de ser
subvencionables, se permitirá aplicar las cantidades sobrantes de una línea, en caso
de existir, a la concesión de subvenciones a centros de la otra línea, siempre y cuando
no se sobrepasen los límites por anualidad. Es decir la cuantía total máxima de las
subvenciones a conceder en el marco de la presente convocatoria será de 954.000 euros
en la anualidad 2021 y 1.078.000 euros en la anualidad 2022.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer
recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Atención a la Diversidad,
Participación y Convivencia Escolar en el plazo de un mes, conforme a lo establecido
en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso
contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a
lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente
al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
00252597
Sevilla, 15 de diciembre de 2021.- La Directora General P.D. (Orden de 23.7.2018),
Almudena García Rosado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja