4. Administración de justicia. Juzgados de Primera Instancia e Instrucción. (2021/247-80)
Edicto de 16 de diciembre de 2020, del Juzgado Mixto núm. Dos de Linares, dimanante de autos núm. 492/2015. (PP. 3596/2021).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 247 - Lunes, 27 de diciembre de 2021

página 19304/1

4. Administración de justicia
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Edicto de 16 de diciembre de 2020, del Juzgado Mixto núm. Dos de Linares,
dimanante de autos núm. 492/2015. (PP. 3596/2021).
NIG:2305542C20150001927.
Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 492/2015. Negociado: CO.
De: Diéguez Guerrero Odontólogos, S.L.P.
Procurador Sr.: José María Villanueva Fernández.
Contra: Doña Virginia Orihuela Lillo.
EDICTO
En el presente procedimiento Juicio Verbal (250.2) 492/2015, seguido a instancia
de Diéguez Guerrero Odontólogos, S.L.P. frente a Virginia Orihuela Lillo se ha dictado
sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
«En virtud de todo lo anterior, estimo íntegramente la demanda interpuesta por el
Procurador don José María Villanueva Fernández, en nombre y representación Diéguez
Guerrero Odontólogos, S.L.P., frente a doña Virginia Origuela Lillo, en rebeldía procesal,
y condeno al demandado a abonar a la actora la cantidad de 720 euros más los intereses
desde la presentación de la demanda y al pago de las costas procesales»
Y encontrándose dicho demandado, Virginia Orihuela Lillo, en paradero desconocido,
se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.
En Linares, dieciséis de diciembre de dos mil veinte.- El/La Letrado/a de la Administración
de Justicia.

00251557

«la difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo
podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con
pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de
tutela o a la garantía del anonimato de la, victimas o perjudicados, cuando proceda.
los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarias
a las leyes.»

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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