Autoridades y personal. Consejería de Salud y Familias. (2021/247-38)
Corrección de errores de la Resolución de 18 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso-oposición, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas básicas vacantes de Técnico/a Intermedio/a en Prevención de Riesgos Laborales dependientes del Servicio Andaluz de Salud, y se aprueban las bases específicas que han de regir dicho proceso selectivo, en desarrollo de las Ofertas de Empleo Público para los años 2018, 2019, 2020 y 2021 (BOJA núm. 230, de 30.11.2021).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 247 - Lunes, 27 de diciembre de 2021

página 20592/1

2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE SALUD Y FAMILIAS
Corrección de errores de la Resolución de 18 de noviembre de 2021, de la
Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se
convoca concurso-oposición, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas
básicas vacantes de Técnico/a Intermedio/a en Prevención de Riesgos Laborales
dependientes del Servicio Andaluz de Salud, y se aprueban las bases específicas
que han de regir dicho proceso selectivo, en desarrollo de las Ofertas de Empleo
Público para los años 2018, 2019, 2020 y 2021 (BOJA núm. 230, de 30.11.2021).
Advertido error material de transcripción en el Anexo II, «Baremo de Méritos», de la
Resolución de 18 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Personal del
Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 230, de 30 de noviembre), por la que se convoca
concurso-oposición, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas básicas vacantes
de Técnico/a Intermedio/a en Prevención de Riesgos Laborales dependientes del Servicio
Andaluz de Salud, y se aprueban las bases específicas que han de regir dicho proceso
selectivo, en desarrollo de las Ofertas de Empleo Público para los años 2018, 2019, 2020
y 2021, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que
establece que las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de
oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho, o aritméticos
existentes en sus actos, se procede a realizar la oportuna corrección:
Página núm. 18780/6.

Debe decir:
«Apartado tercero. Formación continuada, docencia impartida en actividades de
formación (máximo 54 puntos).
Apartado tercero uno. Formación continuada.
En el conjunto de actividades formativas se podrá valorar como discente hasta un
máximo 975 horas anuales (o 97,5 créditos). Si la actividad formativa se realiza en varios
años, las horas se proporcionarán en función del tiempo que dure la actividad formativa
en cada uno de ellos. En caso de que sólo se acredite la fecha de finalización (o en su
defecto fecha de certificación), se entenderá que todas las horas se han realizado en
dicha fecha.
1. Formación continuada impartida por centros universitarios.
(…)
Apartado tercero dos. Actividades docentes impartidas (máximo 4 puntos).
(…)»

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00252831

Donde dice:
«Apartado tres. Formación continuada, docencia impartida en actividades de
formación (máximo 54 puntos).
Apartado tres uno. Formación continuada.
1. Formación continuada impartida por centros universitarios.
(…)
Apartado tres dos. Actividades docentes impartidas (máximo 4 puntos).
(…)»