Disposiciones generales. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. (2021/246-6)
Orden de 14 de diciembre de 2021, por la que se fija una cuantía adicional a la establecida en la Orden de 20 de julio de 2021, por la que se efectúa convocatoria para el ejercicio 2021 de las ayudas dirigidas a la promoción del mercado interior de productos agroalimentarios amparados por un régimen de calidad, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, Submedida 3.2, Operación 3.2.3 «Apoyo al sector oleícola y aceituna de mesa para actividades de promoción realizadas por grupos de productores en el mercado interior», al amparo de la Orden de 21 de abril de 2016, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural. (BOJA núm. 146, de 30 de julio).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 246 - Viernes, 24 de diciembre de 2021
página 20297/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA
Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Orden de 14 de diciembre de 2021, por la que se fija una cuantía adicional a la
establecida en la Orden de 20 de julio de 2021, por la que se efectúa convocatoria
para el ejercicio 2021 de las ayudas dirigidas a la promoción del mercado interior
de productos agroalimentarios amparados por un régimen de calidad, en el marco
del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, Submedida 3.2,
Operación 3.2.3 «Apoyo al sector oleícola y aceituna de mesa para actividades
de promoción realizadas por grupos de productores en el mercado interior», al
amparo de la Orden de 21 de abril de 2016, de la Consejería de Agricultura,
Pesca y Desarrollo Rural. (BOJA núm. 146, de 30 de julio).
La Orden de 20 de julio de 2021, por la que se efectúa convocatoria para el ejercicio
2021 de las ayudas dirigidas a la promoción del mercado interior de productos
agroalimentarios amparados por un régimen de calidad, en el marco del Programa
de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, al amparo de la Orden de 21 de abril
de 2016, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, establece para la
convocatoria 2021, el importe disponible de 586.804,94 euros para la línea 2 enmarcada
en la operación 3.2.3, con cargo a las partidas presupuestarias 1300110000 G 71E
74801 00 C13A0323GO 2016000402 y 1300110000 G 71E 78100 00 C13A0323GO
2016000403.
Al objeto de poder atender la demanda de los Consejos Reguladores de la línea
del olivar, se hace necesario incrementar la dotación de este fondo (C13A0323GO), al
menos hasta el importe de la convocatoria anterior, lo que supone un aumento adicional
del crédito de 364.000 euros, ascendiendo el total a 950.804,94 euros.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 10.d) del Reglamento de los Procedimientos
de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía,
aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo, en el apartado 3.º del Resuelvo séptimo
de la mencionada Orden de 20 de julio de 2021, se prevé la posibilidad de incrementar
el crédito máximo disponible en una cuantía adicional, con anterioridad a que se dicte
la resolución de concesión y, sin necesidad de llevar a cabo una nueva convocatoria,
ni el inicio de un nuevo cómputo de plazo para adoptar y notificar la resolución
correspondiente.
Considerando, por tanto, que se ha producido un aumento del crédito disponible
para esta convocatoria, como consecuencia de la aprobación de la correspondiente
modificación presupuestaria, se hace necesario dictar la presente orden para
incrementar el importe en una cuantía adicional de 364.000,00 euros.
Visto lo anterior y de conformidad con lo dispuesto en la Orden de 20 de julio de
2021, y en el artículo 58.5 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio,
Único. Dar publicidad con carácter previo a la resolución de concesión y en
los mismos medios que la convocatoria, a la fijación de una cuantía adicional de
trescientos sesenta y cuatro mil euros (364.000 euros), con cargo a las mismas partidas
presupuestarias, quedando la asignación presupuestaria definitiva para la línea 2,
Operación 3.2.3, de la siguiente manera:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252645
R ESU ELVO
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 246 - Viernes, 24 de diciembre de 2021
página 20297/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA
Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Orden de 14 de diciembre de 2021, por la que se fija una cuantía adicional a la
establecida en la Orden de 20 de julio de 2021, por la que se efectúa convocatoria
para el ejercicio 2021 de las ayudas dirigidas a la promoción del mercado interior
de productos agroalimentarios amparados por un régimen de calidad, en el marco
del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, Submedida 3.2,
Operación 3.2.3 «Apoyo al sector oleícola y aceituna de mesa para actividades
de promoción realizadas por grupos de productores en el mercado interior», al
amparo de la Orden de 21 de abril de 2016, de la Consejería de Agricultura,
Pesca y Desarrollo Rural. (BOJA núm. 146, de 30 de julio).
La Orden de 20 de julio de 2021, por la que se efectúa convocatoria para el ejercicio
2021 de las ayudas dirigidas a la promoción del mercado interior de productos
agroalimentarios amparados por un régimen de calidad, en el marco del Programa
de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, al amparo de la Orden de 21 de abril
de 2016, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, establece para la
convocatoria 2021, el importe disponible de 586.804,94 euros para la línea 2 enmarcada
en la operación 3.2.3, con cargo a las partidas presupuestarias 1300110000 G 71E
74801 00 C13A0323GO 2016000402 y 1300110000 G 71E 78100 00 C13A0323GO
2016000403.
Al objeto de poder atender la demanda de los Consejos Reguladores de la línea
del olivar, se hace necesario incrementar la dotación de este fondo (C13A0323GO), al
menos hasta el importe de la convocatoria anterior, lo que supone un aumento adicional
del crédito de 364.000 euros, ascendiendo el total a 950.804,94 euros.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 10.d) del Reglamento de los Procedimientos
de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía,
aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo, en el apartado 3.º del Resuelvo séptimo
de la mencionada Orden de 20 de julio de 2021, se prevé la posibilidad de incrementar
el crédito máximo disponible en una cuantía adicional, con anterioridad a que se dicte
la resolución de concesión y, sin necesidad de llevar a cabo una nueva convocatoria,
ni el inicio de un nuevo cómputo de plazo para adoptar y notificar la resolución
correspondiente.
Considerando, por tanto, que se ha producido un aumento del crédito disponible
para esta convocatoria, como consecuencia de la aprobación de la correspondiente
modificación presupuestaria, se hace necesario dictar la presente orden para
incrementar el importe en una cuantía adicional de 364.000,00 euros.
Visto lo anterior y de conformidad con lo dispuesto en la Orden de 20 de julio de
2021, y en el artículo 58.5 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio,
Único. Dar publicidad con carácter previo a la resolución de concesión y en
los mismos medios que la convocatoria, a la fijación de una cuantía adicional de
trescientos sesenta y cuatro mil euros (364.000 euros), con cargo a las mismas partidas
presupuestarias, quedando la asignación presupuestaria definitiva para la línea 2,
Operación 3.2.3, de la siguiente manera:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252645
R ESU ELVO