Autoridades y personal. Consejería de Salud y Familias. (2021/244-16)
Corrección de errores de la Resolución de 22 de noviembre de 2021, de la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Costa del Sol, por la que se convoca concurso-oposición, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas básicas vacantes de Técnico/a Superior de Gestión, Área de Investigación, dependientes de la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Costa del Sol y se aprueban las bases específicas que han de regir dicho proceso selectivo, en desarrollo de la Resolución de la Dirección Gerencia de esta Agencia Pública Empresarial Sanitaria, de 23 de diciembre de 2020 (BOJA núm. 1, de 4.1.2021), y del Decreto 168/2020, de 6 de octubre (BOJA núm. 197, de 9.10), Decreto 227/2020, de 29 de diciembre (BOJA núm. 90, de 30.12), y Decreto 198/2021, de 20 de julio (BOJA extraordinario núm. 64, de 22.7), de la Junta de Andalucía (BOJA núm. 231, de 1.12.2021).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 244 - Miércoles, 22 de diciembre de 2021
página 20168/4
el ámbito específico de las profesiones sanitarias o de las Especialidades legalmente
reconocidas por el Ministerio competente en la materia, e incluidas en el Consejo General
de Especialidades y representativas de las mismas.
(…)
a) Por cada hora y hasta un máximo de 3 puntos: 0,015 puntos.
b) Las actividades de formación impartidas (…)
Debe decir:
2. Por la asistencia, debidamente justificada, a actividades formativas que guarden
una relación directa y proporcionada a las exigencias de los puestos de trabajo propios
de la categoria y en su caso especialidad a la que se concursa.
(…)
c) Corporaciones Profesionales, Sociedades Científicas presentes en el sector
sanitario de ámbito estatal o sus Sociedades Autonómicas legalmente constituidas en el
ámbito del ejercicio profesional de la categoria objeto de la convocatoria.
(…)
a) Por cada hora y hasta un máximo de 3 puntos: 0,015 puntos.
b) Por cada crédito y hasta un máximo de 3 puntos: 0,15 puntos.
Los subapartados 2.2.a) y 2.2.b) son excluyentes entre si; solo se computarán en el
subapartado en el que corresponda mayor valoración.
Las actividades de formación impartidas (…).
Donde dice:
Apartado cuarto dos. Actividades docentes impartidas (máximo 4 puntos).
1. Docencia universitaria impartida en el ámbito de las ciencias de la salud.
Debe decir:
Apartado cuarto dos. Actividades docentes impartidas (máximo 4 puntos).
Docencia universitaria impartida.
Donde dice:
(…)
En el mismo año curso académico solo podrá ser valorado un nombramiento como
tutor/a clínico/a con independencia de que hubiera sido nombrado para varias asignaturas.
b) Por cada curso académico con nombramiento al efecto como de Profesor/a
Asociado/a en Ciencias de la Salud en la categoría/especialidad a la que se opta
impartidos en Centros Sanitarios del Sistema Nacional de Salud, Servicios de Salud o
Consejerías de Salud de las Comunidades y otras Entidades de los Sistemas Sanitarios
Públicos acreditadas como centros para la formación sanitaria Especializada: 0,25
puntos.
c) Por cada hora de docencia impartida como colaboraciones académicas, impartidas
por profesionales en activo externos a la Universidad, que por su especial cualificación
contribuyen a la docencia en centros universitarios desarrollando actividades
correspondientes a su cualificación en centros universitarios en Grados y Máster Oficiales
en el ámbito de las ciencias de la salud, y hasta un máximo de 0,25 puntos por actividad:
0,010 puntos.
No tendrán la consideración de hora de docencia impartida como colaboraciones
académicas la representación en horas impartidas dentro de las obligaciones inherentes
al tutor/a clínico dentro de sus actividades asistenciales.
Queda expresamente excluido de su valoración en este apartado la condición del
tutor o colaborador en prácticas profesionales en un Máster Título Propio.
(…)
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252434
Página núm. 18792/9.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 244 - Miércoles, 22 de diciembre de 2021
página 20168/4
el ámbito específico de las profesiones sanitarias o de las Especialidades legalmente
reconocidas por el Ministerio competente en la materia, e incluidas en el Consejo General
de Especialidades y representativas de las mismas.
(…)
a) Por cada hora y hasta un máximo de 3 puntos: 0,015 puntos.
b) Las actividades de formación impartidas (…)
Debe decir:
2. Por la asistencia, debidamente justificada, a actividades formativas que guarden
una relación directa y proporcionada a las exigencias de los puestos de trabajo propios
de la categoria y en su caso especialidad a la que se concursa.
(…)
c) Corporaciones Profesionales, Sociedades Científicas presentes en el sector
sanitario de ámbito estatal o sus Sociedades Autonómicas legalmente constituidas en el
ámbito del ejercicio profesional de la categoria objeto de la convocatoria.
(…)
a) Por cada hora y hasta un máximo de 3 puntos: 0,015 puntos.
b) Por cada crédito y hasta un máximo de 3 puntos: 0,15 puntos.
Los subapartados 2.2.a) y 2.2.b) son excluyentes entre si; solo se computarán en el
subapartado en el que corresponda mayor valoración.
Las actividades de formación impartidas (…).
Donde dice:
Apartado cuarto dos. Actividades docentes impartidas (máximo 4 puntos).
1. Docencia universitaria impartida en el ámbito de las ciencias de la salud.
Debe decir:
Apartado cuarto dos. Actividades docentes impartidas (máximo 4 puntos).
Docencia universitaria impartida.
Donde dice:
(…)
En el mismo año curso académico solo podrá ser valorado un nombramiento como
tutor/a clínico/a con independencia de que hubiera sido nombrado para varias asignaturas.
b) Por cada curso académico con nombramiento al efecto como de Profesor/a
Asociado/a en Ciencias de la Salud en la categoría/especialidad a la que se opta
impartidos en Centros Sanitarios del Sistema Nacional de Salud, Servicios de Salud o
Consejerías de Salud de las Comunidades y otras Entidades de los Sistemas Sanitarios
Públicos acreditadas como centros para la formación sanitaria Especializada: 0,25
puntos.
c) Por cada hora de docencia impartida como colaboraciones académicas, impartidas
por profesionales en activo externos a la Universidad, que por su especial cualificación
contribuyen a la docencia en centros universitarios desarrollando actividades
correspondientes a su cualificación en centros universitarios en Grados y Máster Oficiales
en el ámbito de las ciencias de la salud, y hasta un máximo de 0,25 puntos por actividad:
0,010 puntos.
No tendrán la consideración de hora de docencia impartida como colaboraciones
académicas la representación en horas impartidas dentro de las obligaciones inherentes
al tutor/a clínico dentro de sus actividades asistenciales.
Queda expresamente excluido de su valoración en este apartado la condición del
tutor o colaborador en prácticas profesionales en un Máster Título Propio.
(…)
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252434
Página núm. 18792/9.