Autoridades y personal. Universidades. (2021/243-1)
Resolución de 1 de diciembre de 2021, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso en la escala Técnica de Gestión de esta Universidad, especialidad Obras, mediante turno de promoción interna.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 243 - Martes, 21 de diciembre de 2021
página 20022/3
4. Admisión de aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de
Cádiz dictará, en el plazo máximo de un mes, resolución declarando aprobada la lista de
admitidos y excluidos. En dicha resolución, que deberá publicarse en la página web del
área de Personal https://personal.uca.es/convocatoria-pas/, se incluirá la lista completa de
aspirantes admitidos y excluidos indicándose, en este último caso, las causas de exclusión.
4.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir
del siguiente al de la publicación de la resolución en la citada página Web, para poder
subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. La subsanación se realizará a través
del mismo expediente de presentación de su solicitud inicial de forma telemática en la
Sede Electrónica de la UCA. Quienes, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa
de exclusión o no aleguen la omisión serán definitivamente excluidos de la participación
en el proceso selectivo.
Contra la resolución de exclusión, que ultima la vía administrativa, se podrá interponer
recurso potestativo de reposición ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes,
a contar desde el siguiente a su publicación y según lo establecido en la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados desde el
siguiente a su publicación, ante el órgano competente y según lo establecido en la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
4.3. Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio, a los aspirantes que
hayan sido excluidos definitivamente de la realización del proceso selectivo.
5. Tribunal Calificador.
5.1. El nombramiento del Tribunal calificador se hará público junto con la resolución
por la que se publique el listado provisional de aspirantes admitidos y excluidos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252296
c) Resguardo acreditativo del abono de los derechos de examen. Los derechos de
examen serán de 30 euros, y se ingresarán en la cuenta corriente número ES69-00494870-86-2816096467, abierta en el Banco Santander a nombre de «Universidad de
Cádiz», indicando «PS A1 Obras PI21 + Nombre del aspirante».
La falta de pago de la tasa por derechos de examen durante el plazo de presentación
de solicitudes no es subsanable y determinará la exclusión de la persona aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria supondrá sustitución del
trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
Las personas con una discapacidad igual o superior al 33% quedarán eximidas del
pago de los derechos de examen mediante justificación documental de dicha condición.
3.3. Los aspirantes quedan vinculados a los datos y documentación que hayan hecho
constar o aportado en sus solicitudes, pudiendo demandar la subsanación de errores,
si los hubiera, mediante escrito motivado, dentro de los diez días siguientes a la fecha
de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no se
admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.4. Los aspirantes con discapacidad podrán solicitar, expresándolo en el recuadro
correspondiente del modelo de solicitud, las posibles adaptaciones de tiempo y medios
que estimen necesarias para la realización de los ejercicios de la fase de oposición. La
Universidad de Cádiz podrá requerir al interesado/a la información que estime necesaria
en orden a la adaptación solicitada, así como el dictamen del órgano competente sobre la
procedencia de la adaptación y de la compatibilidad con el desempeño de las funciones
del puesto concreto a ocupar.
3.5. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a
partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía.
3.6. Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán subsanarse, en cualquier
momento, de oficio o a petición del interesado.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 243 - Martes, 21 de diciembre de 2021
página 20022/3
4. Admisión de aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de
Cádiz dictará, en el plazo máximo de un mes, resolución declarando aprobada la lista de
admitidos y excluidos. En dicha resolución, que deberá publicarse en la página web del
área de Personal https://personal.uca.es/convocatoria-pas/, se incluirá la lista completa de
aspirantes admitidos y excluidos indicándose, en este último caso, las causas de exclusión.
4.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir
del siguiente al de la publicación de la resolución en la citada página Web, para poder
subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. La subsanación se realizará a través
del mismo expediente de presentación de su solicitud inicial de forma telemática en la
Sede Electrónica de la UCA. Quienes, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa
de exclusión o no aleguen la omisión serán definitivamente excluidos de la participación
en el proceso selectivo.
Contra la resolución de exclusión, que ultima la vía administrativa, se podrá interponer
recurso potestativo de reposición ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes,
a contar desde el siguiente a su publicación y según lo establecido en la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados desde el
siguiente a su publicación, ante el órgano competente y según lo establecido en la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
4.3. Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio, a los aspirantes que
hayan sido excluidos definitivamente de la realización del proceso selectivo.
5. Tribunal Calificador.
5.1. El nombramiento del Tribunal calificador se hará público junto con la resolución
por la que se publique el listado provisional de aspirantes admitidos y excluidos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252296
c) Resguardo acreditativo del abono de los derechos de examen. Los derechos de
examen serán de 30 euros, y se ingresarán en la cuenta corriente número ES69-00494870-86-2816096467, abierta en el Banco Santander a nombre de «Universidad de
Cádiz», indicando «PS A1 Obras PI21 + Nombre del aspirante».
La falta de pago de la tasa por derechos de examen durante el plazo de presentación
de solicitudes no es subsanable y determinará la exclusión de la persona aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria supondrá sustitución del
trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
Las personas con una discapacidad igual o superior al 33% quedarán eximidas del
pago de los derechos de examen mediante justificación documental de dicha condición.
3.3. Los aspirantes quedan vinculados a los datos y documentación que hayan hecho
constar o aportado en sus solicitudes, pudiendo demandar la subsanación de errores,
si los hubiera, mediante escrito motivado, dentro de los diez días siguientes a la fecha
de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no se
admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.4. Los aspirantes con discapacidad podrán solicitar, expresándolo en el recuadro
correspondiente del modelo de solicitud, las posibles adaptaciones de tiempo y medios
que estimen necesarias para la realización de los ejercicios de la fase de oposición. La
Universidad de Cádiz podrá requerir al interesado/a la información que estime necesaria
en orden a la adaptación solicitada, así como el dictamen del órgano competente sobre la
procedencia de la adaptación y de la compatibilidad con el desempeño de las funciones
del puesto concreto a ocupar.
3.5. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a
partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía.
3.6. Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán subsanarse, en cualquier
momento, de oficio o a petición del interesado.