Disposiciones generales. Consejería de Educación y Deporte. (2021/242-8)
Resolución de 25 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Atención a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar, por la que se efectúa la convocatoria pública de la Beca Adriano, dirigida a facilitar la permanencia en el sistema educativo del alumnado que curse alguna de las enseñanzas incluidas en su ámbito de aplicación, para el curso escolar 2021/2022.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 242 - Lunes, 20 de diciembre de 2021
página 20113/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y DEPORTE
Resolución de 25 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Atención
a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar, por la que se efectúa la
convocatoria pública de la Beca Adriano, dirigida a facilitar la permanencia en el
sistema educativo del alumnado que curse alguna de las enseñanzas incluidas
en su ámbito de aplicación, para el curso escolar 2021/2022.
Mediante la Orden de 29 de enero de 2014 (BOJA núm. 24, de 5 de febrero), de la
Consejería de Educación, Cultura y Deporte, se establecieron las bases reguladoras de
la Beca Adriano, dirigida a facilitar la permanencia en el sistema educativo del alumnado
que curse alguna de las enseñanzas incluidas en su ámbito de aplicación, y se efectuó su
convocatoria para el curso 2013-2014.
El propósito fundamental de un sistema de becas y ayudas al estudio es desarrollar los
principios de equidad e igualdad de oportunidades, estableciendo medidas directamente
vinculadas a la corrección de las desigualdades sociales, facilitando que todos los
alumnos y alumnas obtengan las titulaciones y alcancen las máximas cualificaciones
académicas y reduciendo la tasa de abandono educativo temprano, entendido como
el porcentaje de personas que abandonan el sistema educativo una vez concluida la
enseñanza obligatoria y no siguen ningún estudio o formación.
La Beca Adriano tiene como finalidad atender al alumnado matriculado en las enseñanzas
oficiales especificadas en el artículo 1 de sus bases reguladoras, que cumpliendo los requisitos
económicos de la normativa de Becas de Carácter General para estudios postobligatorios no
universitarios del Ministerio competente en materia de educación, y los requisitos académicos
necesarios para continuar sus estudios, no ha alcanzado la puntuación académica referida
a la nota media o no ha superado la carga lectiva exigida en dicha normativa. La Beca
Adriano pretende, así, facilitar la permanencia de este alumnado en el sistema educativo,
compensando la ausencia de ingresos de las familias como consecuencia de la dedicación al
estudio de la persona beneficiaria de la beca.
La disposición adicional segunda de la Orden de 29 de enero de 2014, delega en
la persona titular de la Dirección General competente en materia de becas y ayudas
al estudio, la competencia para efectuar la convocatoria de la Beca Adriano, la cual se
aprobará, para cada curso académico mediante Resolución.
De conformidad con el artículo 13.2 d) del Decreto 102/2019, de 12 de febrero, por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Deporte,
corresponde a la Dirección General de Atención a la Diversidad, Participación y
Convivencia Escolar las competencias relativas a la ordenación y gestión de las becas
y ayudas al estudio financiadas con fondos propios, así como la propuesta de desarrollo
normativo y la ejecución de las becas y ayudas estatales, en el ámbito de las enseñanzas
no universitarias.
En su virtud, teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestaria, y por delegación de
la persona titular de la Consejería competente en materia de educación,
Primero. Convocatoria y finalidad.
1. Se realiza la convocatoria de la Beca Adriano, dirigida a facilitar la permanencia
en el Sistema Educativo del alumnado que curse en la modalidad presencial alguna
de las siguientes enseñanzas oficiales en los centros docentes no universitarios de la
Comunidad Autónoma de Andalucía, durante el curso escolar 2021/2022:
a) Enseñanzas de Bachillerato.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252378
RESU ELVO
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 242 - Lunes, 20 de diciembre de 2021
página 20113/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y DEPORTE
Resolución de 25 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Atención
a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar, por la que se efectúa la
convocatoria pública de la Beca Adriano, dirigida a facilitar la permanencia en el
sistema educativo del alumnado que curse alguna de las enseñanzas incluidas
en su ámbito de aplicación, para el curso escolar 2021/2022.
Mediante la Orden de 29 de enero de 2014 (BOJA núm. 24, de 5 de febrero), de la
Consejería de Educación, Cultura y Deporte, se establecieron las bases reguladoras de
la Beca Adriano, dirigida a facilitar la permanencia en el sistema educativo del alumnado
que curse alguna de las enseñanzas incluidas en su ámbito de aplicación, y se efectuó su
convocatoria para el curso 2013-2014.
El propósito fundamental de un sistema de becas y ayudas al estudio es desarrollar los
principios de equidad e igualdad de oportunidades, estableciendo medidas directamente
vinculadas a la corrección de las desigualdades sociales, facilitando que todos los
alumnos y alumnas obtengan las titulaciones y alcancen las máximas cualificaciones
académicas y reduciendo la tasa de abandono educativo temprano, entendido como
el porcentaje de personas que abandonan el sistema educativo una vez concluida la
enseñanza obligatoria y no siguen ningún estudio o formación.
La Beca Adriano tiene como finalidad atender al alumnado matriculado en las enseñanzas
oficiales especificadas en el artículo 1 de sus bases reguladoras, que cumpliendo los requisitos
económicos de la normativa de Becas de Carácter General para estudios postobligatorios no
universitarios del Ministerio competente en materia de educación, y los requisitos académicos
necesarios para continuar sus estudios, no ha alcanzado la puntuación académica referida
a la nota media o no ha superado la carga lectiva exigida en dicha normativa. La Beca
Adriano pretende, así, facilitar la permanencia de este alumnado en el sistema educativo,
compensando la ausencia de ingresos de las familias como consecuencia de la dedicación al
estudio de la persona beneficiaria de la beca.
La disposición adicional segunda de la Orden de 29 de enero de 2014, delega en
la persona titular de la Dirección General competente en materia de becas y ayudas
al estudio, la competencia para efectuar la convocatoria de la Beca Adriano, la cual se
aprobará, para cada curso académico mediante Resolución.
De conformidad con el artículo 13.2 d) del Decreto 102/2019, de 12 de febrero, por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Deporte,
corresponde a la Dirección General de Atención a la Diversidad, Participación y
Convivencia Escolar las competencias relativas a la ordenación y gestión de las becas
y ayudas al estudio financiadas con fondos propios, así como la propuesta de desarrollo
normativo y la ejecución de las becas y ayudas estatales, en el ámbito de las enseñanzas
no universitarias.
En su virtud, teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestaria, y por delegación de
la persona titular de la Consejería competente en materia de educación,
Primero. Convocatoria y finalidad.
1. Se realiza la convocatoria de la Beca Adriano, dirigida a facilitar la permanencia
en el Sistema Educativo del alumnado que curse en la modalidad presencial alguna
de las siguientes enseñanzas oficiales en los centros docentes no universitarios de la
Comunidad Autónoma de Andalucía, durante el curso escolar 2021/2022:
a) Enseñanzas de Bachillerato.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252378
RESU ELVO