3. Otras disposiciones. Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local. (2021/242-20)
Resolución de 20 de octubre de 2021, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía la Fundación Rigdzin Community Foundation.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 242 - Lunes, 20 de diciembre de 2021
página 20002/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE TURISMO, REGENERACIÓN, JUSTICIA
Y ADMINISTRACIÓN LOCAL
Resolución de 20 de octubre de 2021, de la Dirección General de Justicia
Juvenil y Cooperación, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de
Andalucía la Fundación Rigdzin Community Foundation.
Visto el expediente por el que se solicita la inscripción de procedimiento de constitución
en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la Fundación Rigdzin Community
Foundation, sobre la base de los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Constitución de la Fundación.
La Fundación Rigdzin Community Foundation fue constituida en escritura pública
otorgada el 23.6.2021 ante don Emilio Navarro Moreno, Notario del Ilustre Colegio de
Andalucía, registrada con el número 1.694 de su protocolo.
Segundo. Fines.
Los fines de la fundación de acuerdo con lo dispuesto en sus estatutos, son los
siguientes:
«Fomento del estudio, conocimiento y difusión de las culturas en su aspecto de
la meditación como medio para el desarrollo espiritual humano; el estudio, reflexión y
práctica de las enseñanzas transmitidas por la tradición budista en todas sus vertientes,
en especial aquellas vehiculares por la Escuela Antigua del Budismo Tibetano también
conocida como Escuela Nyingma y específicamente centrado en el Linaje Düdjom Tersar;
facilitar el acceso a dichas enseñanzas de todos aquellos que muestran interés por su
estudio y práctica; dar a conocer el amplio bagaje de la tradición budista en todas sus
manifestaciones espirituales, culturales y artísticas promoviendo la integración en nuestra
cultura occidental; organización de encuentros entre mediadores habituales de cualquier
ámbito e índole, que acepten los fines de la fundación; colaboración o participación con
otras instituciones o fundaciones extranjeras en el desarrollo de proyectos amparados
en el fin fundacional; preservación del deterioro medioambiental, parajes naturales
especialmente propicios para la práctica de la meditación; promoción de experiencias
didácticas aplicadas a la asimilación de técnicas de meditación, utilizando además
cualquier medio audiovisual como medio de difusión; ayuda a las personas ancianas y
moribundas a tener paz espiritual con la meditación y el conocimiento budista tibetano
sobre la mente y el camino; desarrollar el plan de actuación aprobado (expediente
municipal 2019/402240/003-510/00001) en Bédar-Almería.»
Cuarto. Dotación.
La dotación inicial de la fundación asciende a trescientos cuarenta y ocho mil
seiscientos cincuenta y siete euros y cuarenta y tres céntimos de euro (348.657,43 euros).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252260
Tercero. Domicilio y ámbito de actuación.
El domicilio de la fundación ha quedado establecido en Carretera Serena al Albarico,
Paraje La Torrecilla, s/n, 04288 Bédar (Almería) y el ámbito de actuación, conforme
dispone la norma estatutaria, se extiende principalmente al territorio de la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
BOJA
Número 242 - Lunes, 20 de diciembre de 2021
página 20002/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE TURISMO, REGENERACIÓN, JUSTICIA
Y ADMINISTRACIÓN LOCAL
Resolución de 20 de octubre de 2021, de la Dirección General de Justicia
Juvenil y Cooperación, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de
Andalucía la Fundación Rigdzin Community Foundation.
Visto el expediente por el que se solicita la inscripción de procedimiento de constitución
en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la Fundación Rigdzin Community
Foundation, sobre la base de los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Constitución de la Fundación.
La Fundación Rigdzin Community Foundation fue constituida en escritura pública
otorgada el 23.6.2021 ante don Emilio Navarro Moreno, Notario del Ilustre Colegio de
Andalucía, registrada con el número 1.694 de su protocolo.
Segundo. Fines.
Los fines de la fundación de acuerdo con lo dispuesto en sus estatutos, son los
siguientes:
«Fomento del estudio, conocimiento y difusión de las culturas en su aspecto de
la meditación como medio para el desarrollo espiritual humano; el estudio, reflexión y
práctica de las enseñanzas transmitidas por la tradición budista en todas sus vertientes,
en especial aquellas vehiculares por la Escuela Antigua del Budismo Tibetano también
conocida como Escuela Nyingma y específicamente centrado en el Linaje Düdjom Tersar;
facilitar el acceso a dichas enseñanzas de todos aquellos que muestran interés por su
estudio y práctica; dar a conocer el amplio bagaje de la tradición budista en todas sus
manifestaciones espirituales, culturales y artísticas promoviendo la integración en nuestra
cultura occidental; organización de encuentros entre mediadores habituales de cualquier
ámbito e índole, que acepten los fines de la fundación; colaboración o participación con
otras instituciones o fundaciones extranjeras en el desarrollo de proyectos amparados
en el fin fundacional; preservación del deterioro medioambiental, parajes naturales
especialmente propicios para la práctica de la meditación; promoción de experiencias
didácticas aplicadas a la asimilación de técnicas de meditación, utilizando además
cualquier medio audiovisual como medio de difusión; ayuda a las personas ancianas y
moribundas a tener paz espiritual con la meditación y el conocimiento budista tibetano
sobre la mente y el camino; desarrollar el plan de actuación aprobado (expediente
municipal 2019/402240/003-510/00001) en Bédar-Almería.»
Cuarto. Dotación.
La dotación inicial de la fundación asciende a trescientos cuarenta y ocho mil
seiscientos cincuenta y siete euros y cuarenta y tres céntimos de euro (348.657,43 euros).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252260
Tercero. Domicilio y ámbito de actuación.
El domicilio de la fundación ha quedado establecido en Carretera Serena al Albarico,
Paraje La Torrecilla, s/n, 04288 Bédar (Almería) y el ámbito de actuación, conforme
dispone la norma estatutaria, se extiende principalmente al territorio de la Comunidad
Autónoma de Andalucía.