Disposiciones generales. Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo. (2021/242-3)
Resolución de 15 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se amplían los créditos presupuestarios recogidos en la Resolución de 13 de abril de 2021, por la que se convoca la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva de la Línea 1, Estabilización de la iniciativa emprendedora en empresas de trabajo autónomo, reguladas en la Orden de 21 de septiembre de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de emprendimiento, segunda oportunidad y estabilización económica de las empresas de trabajo autónomo para la provincia de Cádiz.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 242 - Lunes, 20 de diciembre de 2021
página 20085/2
Así, publicada la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad
Autónoma de Andalucía para el año 2021, existe crédito disponible en el Presupuesto
destinado a las actuaciones en materia de trabajo autónomo en el ámbito de la Consejería
competente en esta materia, concretamente en el programa 72C «Trabajo Autónomo y
Economía Social», en la partida presupuestaria con la que se financian las subvenciones
convocadas por la Resolución de 13 de abril de 2021.
Por tanto, en atención a lo expuesto, procede declarar una ampliación del crédito
disponible en la Resolución de convocatoria de 13 de abril de 2021, y su posterior
ampliación de Resolución de 3 de noviembre de 2021, de conformidad con lo establecido
en el artículo 3.7 de la Orden de 21 de septiembre de 2018, con el objeto de atender
el mayor de número de solicitudes posibles que, aun cumpliendo todos los requisitos,
no pudieran resultar beneficiarias por agotamiento del mismo. Esta misma previsión se
recoge en el resuelve tercero, apartado 6, de la Resolución de 13 de abril de 2021.
En virtud de lo anterior, y en uso de las competencias atribuidas en la disposición
adicional única de la Orden de 21 de septiembre de 2018,
RESU ELVO
Primero. Declaración de créditos disponibles.
Se amplía en 2.358.800 euros la cuantía del crédito disponible destinado a la Resolución
de 13 de abril de 2021, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social,
por la que se convoca la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no
competitiva, de la Línea 1, Estabilización de la iniciativa emprendedora en empresas de
trabajo autónomo, reguladas en la Orden de 21 de septiembre de 2018, por la que se
establecen las bases reguladoras del Programa de emprendimiento, segunda oportunidad
y estabilización económica de las empresas de trabajo autónomo y a la Resolución de
ampliación de créditos del 3 de noviembre de 2021, con cargo al servicio 18.
El importe de la ampliación se adicionará a los 32.151.258 euros mencionados en
ambas Resoluciones, resultando una cuantía total de 34.510.058 euros.
Segundo. Distribución de créditos.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9.1 de la Orden de 6 de abril de
2018, por la que se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público
derivado de las subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía
y sus agencias administrativas y de régimen especial, la cuantía adicional de 2.358.800
euros, se distribuye entre las medidas de la línea de actuación convocadas mediante la
Resolución de 13 de abril de 2021, en el ámbito provincial de Cádiz como a continuación
se detallan, atendiendo al número de solicitudes presentadas que, aun cumpliendo todos
los requisitos, no han resultado beneficiarias por agotamiento del crédito disponible. Así:
PARTIDAS PRESUPUESTARIAS
1000180063 G/72C/77800/11 S0045
1000180063 G/72C/77800/11 S0045
1000180063 G/72C/77800/11 S0045
1000180063 G/72C/77800/11 S0045
CÁDIZ
595.000
435.000
440.000
888.800
Tercero. Eficacia de la resolución.
La presente resolución surtirá efectos a partir del mismo día de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 15 de diciembre de 2021.- La Consejera de Empleo, Formación y Trabajo
Autónomo, P.D. (Orden de 21.9.2018, BOJA núm. 187, de 26.9.2018), la Directora General,
Susana Romero Román.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252350
MEDIDAS
Mujeres trabajadoras autónomas menores de 35 años.
Hombres trabajadores autónomos menores de 30 años.
Mujeres trabajadoras autónomas mayores de 35 años o más.
Hombres trabajadores autónomos mayores de 30 años o más.
TOTAL AMPLIACIÓN: 2.358.800 euros
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 242 - Lunes, 20 de diciembre de 2021
página 20085/2
Así, publicada la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad
Autónoma de Andalucía para el año 2021, existe crédito disponible en el Presupuesto
destinado a las actuaciones en materia de trabajo autónomo en el ámbito de la Consejería
competente en esta materia, concretamente en el programa 72C «Trabajo Autónomo y
Economía Social», en la partida presupuestaria con la que se financian las subvenciones
convocadas por la Resolución de 13 de abril de 2021.
Por tanto, en atención a lo expuesto, procede declarar una ampliación del crédito
disponible en la Resolución de convocatoria de 13 de abril de 2021, y su posterior
ampliación de Resolución de 3 de noviembre de 2021, de conformidad con lo establecido
en el artículo 3.7 de la Orden de 21 de septiembre de 2018, con el objeto de atender
el mayor de número de solicitudes posibles que, aun cumpliendo todos los requisitos,
no pudieran resultar beneficiarias por agotamiento del mismo. Esta misma previsión se
recoge en el resuelve tercero, apartado 6, de la Resolución de 13 de abril de 2021.
En virtud de lo anterior, y en uso de las competencias atribuidas en la disposición
adicional única de la Orden de 21 de septiembre de 2018,
RESU ELVO
Primero. Declaración de créditos disponibles.
Se amplía en 2.358.800 euros la cuantía del crédito disponible destinado a la Resolución
de 13 de abril de 2021, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social,
por la que se convoca la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no
competitiva, de la Línea 1, Estabilización de la iniciativa emprendedora en empresas de
trabajo autónomo, reguladas en la Orden de 21 de septiembre de 2018, por la que se
establecen las bases reguladoras del Programa de emprendimiento, segunda oportunidad
y estabilización económica de las empresas de trabajo autónomo y a la Resolución de
ampliación de créditos del 3 de noviembre de 2021, con cargo al servicio 18.
El importe de la ampliación se adicionará a los 32.151.258 euros mencionados en
ambas Resoluciones, resultando una cuantía total de 34.510.058 euros.
Segundo. Distribución de créditos.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9.1 de la Orden de 6 de abril de
2018, por la que se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público
derivado de las subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía
y sus agencias administrativas y de régimen especial, la cuantía adicional de 2.358.800
euros, se distribuye entre las medidas de la línea de actuación convocadas mediante la
Resolución de 13 de abril de 2021, en el ámbito provincial de Cádiz como a continuación
se detallan, atendiendo al número de solicitudes presentadas que, aun cumpliendo todos
los requisitos, no han resultado beneficiarias por agotamiento del crédito disponible. Así:
PARTIDAS PRESUPUESTARIAS
1000180063 G/72C/77800/11 S0045
1000180063 G/72C/77800/11 S0045
1000180063 G/72C/77800/11 S0045
1000180063 G/72C/77800/11 S0045
CÁDIZ
595.000
435.000
440.000
888.800
Tercero. Eficacia de la resolución.
La presente resolución surtirá efectos a partir del mismo día de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 15 de diciembre de 2021.- La Consejera de Empleo, Formación y Trabajo
Autónomo, P.D. (Orden de 21.9.2018, BOJA núm. 187, de 26.9.2018), la Directora General,
Susana Romero Román.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252350
MEDIDAS
Mujeres trabajadoras autónomas menores de 35 años.
Hombres trabajadores autónomos menores de 30 años.
Mujeres trabajadoras autónomas mayores de 35 años o más.
Hombres trabajadores autónomos mayores de 30 años o más.
TOTAL AMPLIACIÓN: 2.358.800 euros