Disposiciones generales. Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior. (2021/242-1)
Orden de 13 de diciembre de 2021, por la que se crea el Portal de internet específico del Observatorio de la Inmigración en Andalucía (OINAN).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 242 - Lunes, 20 de diciembre de 2021
página 20079/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
E INTERIOR
El Decreto del Presidente 3/2020, de 3 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre
reestructuración de Consejerías, establece en su artículo 4 que se asignan a la
Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior las competencias en
materia de coordinación de políticas migratorias; entre las competencias que el Decreto
114/2020, de 8 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, atribuye a la Dirección
General de Coordinación de Políticas Migratorias, se encuentran, conforme se recoge en
en su artículo 14, además de la previstas con carácter general en el artículo 30 de la Ley
9/2007, de 22 de octubre, las siguientes:
a) El impulso y la coordinación de las políticas públicas de las distintas Consejerías
en atención a las consecuencias sociales de la realidad migratoria.
b) El impulso y la coordinación de las relaciones con otras administraciones públicas
de Andalucía y la sociedad civil, en lo referente a la incidencia de la realidad migratoria.
c) El impulso y la coordinación del Foro Andaluz de la Inmigración en los términos
establecidos por la normativa vigente.
d) La coordinación de las actuaciones que en materia de inmigración se aborden en
los ámbitos sanitario, social, cultural, educativo y en cualquier otro ámbito de intervención
sobre la realidad migratoria, proponiendo y evaluando las decisiones en materia de
integración de las personas inmigradas.
e) La planificación de la actuación de la Administración de la Junta de Andalucía
en materia de inmigración y la evaluación permanente de sus resultados, coordinando
la acción interdepartamental en materia de inmigración del Gobierno de la Junta de
Andalucía.
f) La propuesta y ejecución de actuaciones dirigidas a la integración de la población
inmigrante en Andalucía mediante el fomento de la convivencia, del respeto a la diversidad
y de las relaciones interculturales.
g) El estudio de la evolución de la migración como realidad social.
h) La elaboración de los informes sobre esfuerzo de integración de la persona
extranjera previstos en la legislación de extranjería.
i) El estudio, informe y propuesta de las normas jurídicas y de los instrumentos de
colaboración, directrices, planes y programas, relativos al ámbito de competencias de la
Dirección General de Coordinación de Políticas Migratorias.
j) Las demás facultades, prerrogativas y funciones que le atribuyan las disposiciones
vigentes.
Para cumplir con el estudio de la evolución de la migración como realidad social
se cuenta con el Observatorio Permanente Andaluz de las Migraciones (OPAM) que,
a partir de las actualizaciones de las fuentes estadísticas primarias, elabora tablas,
gráficos y mapas, que conforman lo que se denominan Productos Estadísticos Básicos
(PEB) sobre inmigración. Para mejorar dicha información completando el conocimiento
acerca de las migraciones internacionales con destino a Andalucía, su impacto en los
ámbitos económico, social y cultural, su evolución y hacer un seguimiento y evaluación
de las políticas públicas de integración que desarrolla la Junta de Andalucía, se pretende
desarrollar esta herramienta con la creación del nuevo portal específico: Observatorio de
la Inmigración en Andalucía, en adelante OINAN.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252335
Orden de 13 de diciembre de 2021, por la que se crea el Portal de internet
específico del Observatorio de la Inmigración en Andalucía (OINAN).
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 242 - Lunes, 20 de diciembre de 2021
página 20079/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
E INTERIOR
El Decreto del Presidente 3/2020, de 3 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre
reestructuración de Consejerías, establece en su artículo 4 que se asignan a la
Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior las competencias en
materia de coordinación de políticas migratorias; entre las competencias que el Decreto
114/2020, de 8 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, atribuye a la Dirección
General de Coordinación de Políticas Migratorias, se encuentran, conforme se recoge en
en su artículo 14, además de la previstas con carácter general en el artículo 30 de la Ley
9/2007, de 22 de octubre, las siguientes:
a) El impulso y la coordinación de las políticas públicas de las distintas Consejerías
en atención a las consecuencias sociales de la realidad migratoria.
b) El impulso y la coordinación de las relaciones con otras administraciones públicas
de Andalucía y la sociedad civil, en lo referente a la incidencia de la realidad migratoria.
c) El impulso y la coordinación del Foro Andaluz de la Inmigración en los términos
establecidos por la normativa vigente.
d) La coordinación de las actuaciones que en materia de inmigración se aborden en
los ámbitos sanitario, social, cultural, educativo y en cualquier otro ámbito de intervención
sobre la realidad migratoria, proponiendo y evaluando las decisiones en materia de
integración de las personas inmigradas.
e) La planificación de la actuación de la Administración de la Junta de Andalucía
en materia de inmigración y la evaluación permanente de sus resultados, coordinando
la acción interdepartamental en materia de inmigración del Gobierno de la Junta de
Andalucía.
f) La propuesta y ejecución de actuaciones dirigidas a la integración de la población
inmigrante en Andalucía mediante el fomento de la convivencia, del respeto a la diversidad
y de las relaciones interculturales.
g) El estudio de la evolución de la migración como realidad social.
h) La elaboración de los informes sobre esfuerzo de integración de la persona
extranjera previstos en la legislación de extranjería.
i) El estudio, informe y propuesta de las normas jurídicas y de los instrumentos de
colaboración, directrices, planes y programas, relativos al ámbito de competencias de la
Dirección General de Coordinación de Políticas Migratorias.
j) Las demás facultades, prerrogativas y funciones que le atribuyan las disposiciones
vigentes.
Para cumplir con el estudio de la evolución de la migración como realidad social
se cuenta con el Observatorio Permanente Andaluz de las Migraciones (OPAM) que,
a partir de las actualizaciones de las fuentes estadísticas primarias, elabora tablas,
gráficos y mapas, que conforman lo que se denominan Productos Estadísticos Básicos
(PEB) sobre inmigración. Para mejorar dicha información completando el conocimiento
acerca de las migraciones internacionales con destino a Andalucía, su impacto en los
ámbitos económico, social y cultural, su evolución y hacer un seguimiento y evaluación
de las políticas públicas de integración que desarrolla la Junta de Andalucía, se pretende
desarrollar esta herramienta con la creación del nuevo portal específico: Observatorio de
la Inmigración en Andalucía, en adelante OINAN.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252335
Orden de 13 de diciembre de 2021, por la que se crea el Portal de internet
específico del Observatorio de la Inmigración en Andalucía (OINAN).