3. Otras disposiciones. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. (2021/241-39)
Resolución de 3 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Infraestructuras del Agua, por la que se prorrogan los cánones de regulación y tarifas de utilización del agua vigentes en las cuencas intracomunitarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio 2022.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 241 - Viernes, 17 de diciembre de 2021
página 19888/3
aplicable a una superficie prevista de 10.817 ha, de los cuales 82,65 €/ha corresponden
al Canon de Regulación General y 14,54 €/ha a la Tarifa de Utilización del Agua.
Los beneficiarios de la Zona Regable de la Margen Izquierda de Bornos vendrán
obligados al abono del Canon de Regulación General y una Tarifa de Utilización del Agua
que suman 136,53 €/ha, aplicable a una superficie prevista de 1.994 ha, de los cuales
82,65 €/ha corresponden al Canon de Regulación General y 53,88 €/ha a la Tarifa de
Utilización del Agua.
Los beneficiarios de la Zona Regable de la Costa Noroeste de Cádiz y Monte Algaida
vendrán obligados al abono del Canon de Regulación General de 82,65 €/ha, aplicable a
una superficie prevista de 7.937 ha.
2. Canon de Regulación del Embalse de Los Hurones-Abastecimiento a la Zona
Gaditana.
Por el aprovechamiento de aguas destinadas al abastecimiento urbano e industrial de
la Zona Gaditana un total de 1.162.404,77 €.
3. Canon de Regulación de los Embalses de Celemín, Almodóvar y Barbate.
Las unidades consideradas del canon de regulación son 9.339,75 ha y un desembalse
previsto del embalse de Almodóvar de 885.000 m³ para el Ayuntamiento de Tarifa y
700.000 m³ para los riegos.
De todo ello, resulta que los beneficiarios del aprovechamiento de los Embalses
de Celemín, Almodóvar y Barbate vendrán obligados al abono de un Canon para
abastecimiento urbano e industrial, correspondiente al Canon de Regulación del Embalse
de Almodóvar para abastecimiento de la ciudad de Tarifa, de 154.254,70 €/hm³, aplicable
a un volumen previsto de 885.000 m³ y a un Canon de Regulación para regadíos de
75,09 €/ha aplicable a una superficie de 9.339,75 ha.
B. DISTRITO HIDROGRÁFICO TINTO-ODIEL-PIEDRAS
El importe de la suma del Canon de Regulación y la Tarifa de Utilización del Agua
resultante para las distintas categorías de usuarios y para los diferentes intervalos de
consumos unitarios se concreta en la tabla adjunta:
ABASTECIMIENTO
€/1.000 m³
SISTEMA
INDUSTRIAL
CONSUNTIVO
€/1.000 m³
€/1.000 m³
SUMA
CR
TUA
€/1.000 m³
CR
TUA
SUMA
CR
CHANZA-PIEDRAS
TIPO 0
14,48
21,40
35,88
62,65
0,00
62,65
62,65
0,00
62,65
4,34
6,42
10,76
CHANZA-PIEDRAS
TIPO I
14,48
33,20
47,68
62,65
0,00
62,65
62,65
0,00
62,65
4,34
10,85
15,19
CHANZA-PIEDRAS
TIPO IIa
14,48
27,35
41,83
62,65
0,00
62,65
62,65
0,00
62,65
4,34
8,21
12,55
CHANZA-PIEDRAS
TIPO IIb
14,48
26,85
41,33
62,65
0,00
62,65
62,65
0,00
62,65
4,34
8,06
12,40
CHANZA-PIEDRAS
TIPO III
14,48
25,97
40,45
62,65
0,00
62,65
62,65
0,00
62,65
4,34
7,80
12,14
LOS MACHOS,
CORUMBEL,
JARRAMA
7,97
11,77
19,74
34,48
0,00
34,48
34,48
0,00
34,48
2,40
3,53
5,93
REGULACIÓN
INDIRECTA
4,05
5,99
10,04
17,54
0,00
17,54
17,54
0,00
17,54
1,22
1,80
3,02
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
TUA
INDUSTRIAL NO
CONSUNTIVO
SUMA
CR
TUA
SUMA
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252167
AGRÍCOLA
USUARIOS
BOJA
Número 241 - Viernes, 17 de diciembre de 2021
página 19888/3
aplicable a una superficie prevista de 10.817 ha, de los cuales 82,65 €/ha corresponden
al Canon de Regulación General y 14,54 €/ha a la Tarifa de Utilización del Agua.
Los beneficiarios de la Zona Regable de la Margen Izquierda de Bornos vendrán
obligados al abono del Canon de Regulación General y una Tarifa de Utilización del Agua
que suman 136,53 €/ha, aplicable a una superficie prevista de 1.994 ha, de los cuales
82,65 €/ha corresponden al Canon de Regulación General y 53,88 €/ha a la Tarifa de
Utilización del Agua.
Los beneficiarios de la Zona Regable de la Costa Noroeste de Cádiz y Monte Algaida
vendrán obligados al abono del Canon de Regulación General de 82,65 €/ha, aplicable a
una superficie prevista de 7.937 ha.
2. Canon de Regulación del Embalse de Los Hurones-Abastecimiento a la Zona
Gaditana.
Por el aprovechamiento de aguas destinadas al abastecimiento urbano e industrial de
la Zona Gaditana un total de 1.162.404,77 €.
3. Canon de Regulación de los Embalses de Celemín, Almodóvar y Barbate.
Las unidades consideradas del canon de regulación son 9.339,75 ha y un desembalse
previsto del embalse de Almodóvar de 885.000 m³ para el Ayuntamiento de Tarifa y
700.000 m³ para los riegos.
De todo ello, resulta que los beneficiarios del aprovechamiento de los Embalses
de Celemín, Almodóvar y Barbate vendrán obligados al abono de un Canon para
abastecimiento urbano e industrial, correspondiente al Canon de Regulación del Embalse
de Almodóvar para abastecimiento de la ciudad de Tarifa, de 154.254,70 €/hm³, aplicable
a un volumen previsto de 885.000 m³ y a un Canon de Regulación para regadíos de
75,09 €/ha aplicable a una superficie de 9.339,75 ha.
B. DISTRITO HIDROGRÁFICO TINTO-ODIEL-PIEDRAS
El importe de la suma del Canon de Regulación y la Tarifa de Utilización del Agua
resultante para las distintas categorías de usuarios y para los diferentes intervalos de
consumos unitarios se concreta en la tabla adjunta:
ABASTECIMIENTO
€/1.000 m³
SISTEMA
INDUSTRIAL
CONSUNTIVO
€/1.000 m³
€/1.000 m³
SUMA
CR
TUA
€/1.000 m³
CR
TUA
SUMA
CR
CHANZA-PIEDRAS
TIPO 0
14,48
21,40
35,88
62,65
0,00
62,65
62,65
0,00
62,65
4,34
6,42
10,76
CHANZA-PIEDRAS
TIPO I
14,48
33,20
47,68
62,65
0,00
62,65
62,65
0,00
62,65
4,34
10,85
15,19
CHANZA-PIEDRAS
TIPO IIa
14,48
27,35
41,83
62,65
0,00
62,65
62,65
0,00
62,65
4,34
8,21
12,55
CHANZA-PIEDRAS
TIPO IIb
14,48
26,85
41,33
62,65
0,00
62,65
62,65
0,00
62,65
4,34
8,06
12,40
CHANZA-PIEDRAS
TIPO III
14,48
25,97
40,45
62,65
0,00
62,65
62,65
0,00
62,65
4,34
7,80
12,14
LOS MACHOS,
CORUMBEL,
JARRAMA
7,97
11,77
19,74
34,48
0,00
34,48
34,48
0,00
34,48
2,40
3,53
5,93
REGULACIÓN
INDIRECTA
4,05
5,99
10,04
17,54
0,00
17,54
17,54
0,00
17,54
1,22
1,80
3,02
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
TUA
INDUSTRIAL NO
CONSUNTIVO
SUMA
CR
TUA
SUMA
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252167
AGRÍCOLA
USUARIOS