3. Otras disposiciones. Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo. (2021/241-34)
Corrección de errores de la Resolución de 17 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, por la que se registra y publica el acuerdo de modificación 71/01/0063/2021, del convenio colectivo de la Empresa Pública Hospital Alto Guadalquivir, por el que se incluye el artículo 31.7 y un apartado nuevo al Anexo V (BOJA núm. 203, de 21.10.2021).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 241 - Viernes, 17 de diciembre de 2021

página 19938/2

la Dirección Gerencia mediante un pacto o acuerdo específico, que podrá ser revocado
por cualquiera de las do. partes. El profesional deberá preavisar con un mes de antelación
y la Agencia, por circunstancias asistenciales. podrá revocarla en cualquier momento».
Debe decir:
«Se establece para el personal facultativo de la Agencia la posibilidad de realización
de actividad complementaria directamente relacionada con la actividad en cualquier
centro gestionado por la Agencia, cuya finalidad sea la efectiva prestación de asistencia
sanitaria y garantizar el cumplimiento de la cartera de servicios de cada centro, y cuya
realización será en todo caso, voluntaria por parte del/la trabajador/a a requerimiento de la
Dirección Gerencia mediante un pacto o acuerdo específico, que podrá ser revocado por
cualquiera de las dos partes. El profesional deberá preavisar con un mes de antelación
y la Agencia, por circunstancias asistenciales, podrá revocarla en cualquier momento».
En la página 209:
Donde dice:
«En ningún caso, la realización de horas de actividad complementaria tenida
en cuenta a los efectos de la determinación del salario a percibir en concepto de
gratificaciones extraordinarias de vencimiento periódico superior al mes, incentivos o
cualesquiera conceptos retribuidos regulados en el presente convenio o que se pudieran
pactar en el futuro, ni dará lugar a la adquisición del derecho de su realización por parte
del/la trabajador/a, sea como condición más beneficiosa o ad personan».
Debe decir:
«En ningún caso, la realización de horas de actividad complementaria será tenida
en cuenta a los efectos de la determinación del salario a percibir en concepto de
gratificaciones extraordinarias de vencimiento periódico superior al mes, incentivos o
cualesquiera conceptos retribuidos regulados en el presente convenio o que se pudieran
pactar en el futuro, ni dará lugar a la adquisición del derecho de su realización por parte
del/la trabajador/a, sea como condición más beneficiosa o ad personan»
En la página 209 in fine:
Donde dice:
Módulos
Importe

ACTIVIDAD COMPLEMENTARIA
5 horas
7 horas
210,77 Euros
29,08 Euros

Módulos
Importe

ACTIVIDAD COMPLEMENTARIA
5 horas
7 horas
210,77 Euros
295,08 Euros

00252205

Debe decir:

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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