5. Anuncios. Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. (2021/241-87)
Anuncio de 8 de diciembre de 2021, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Sevilla, de requerimiento de subsanación relativo a expedientes de ayudas para el alquiler de vivienda habitual a personas en situación de vulnerabilidad, con ingresos limitados y a jóvenes, convocadas por Orden de 30 de octubre de 2018 (BOJA núm. 211, de 31 de octubre), y reguladas por Orden de 17 de octubre de 2018 (BOJA núm. 203, de 19 de octubre).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA
Expdte

Apellidos

MUSTAPHA

página 19909/29

Id

Fecha Tr. Documentación a aportar

****0235 27/12/2018 - Debe aportar copia compulsada del DNI /NIE ya que el aportado da error
al comprobar la identidad.
- En el apartado 8 de la página 4 de la solicitud, debe marcar una de las dos
casillas para indicar otras posibles ayudas solicitadas o concedidas para la
misma finalidad.
- Ante la imposibilidad de obtener datos a través de las bases telemáticas de
la Agencia Tributaria, debe aportar Declaración de IRPF 2017 o Certificado
de Imputaciones de IRPF 2017 de la persona solicitante y/o del miembro de
unidad de convivencia.
- Al ser un miembro de la unidad de convivencia titular de otra vivienda en
propiedad, debe aportar documentación oficial que acredite la no
disponibilidad de la misma por separación o divorcio, cuando resulte
inaccesible por causa de una discapacidad, o cuando se haya obtenido la
misma por transmisión mortis causa y el porcentaje de titularidad no supere
el 50 por ciento.
- Ante la imposibilidad de comprobar si la persona solicitante se encuentra al
corriente de sus obligaciones tributarias estatales, según se indica en el
Apartado 2 de la Base Quinta de las Bases Reguladoras de las ayudas, debe
aportar certificado acreditativo emitido por la Agencia Tributaria Estatal, en
el que se que indique que la persona solicitante se encuentra al corriente de
las obligaciones tributarias estatales, con una validez de 6 meses.
- Ante la imposibilidad de comprobar si la persona solicitante se encuentra al
corriente de sus obligaciones tributarias autonómicas, según se indica en el
Apartado 2 de la Base Quinta de las Bases Reguladoras de las ayudas, debe
aportar certificado acreditativo emitido por la Agencia Tributaria Autonómica,
en el que se indique que la persona solicitante se encuentra al corriente de
las obligaciones tributarias autonómicas, con una validez de 6 meses.
- Ante la imposibilidad de comprobar si la persona solicitante se encuentra al
corriente de sus obligaciones frente a la Seguridad Social, según se indica
en el Apartado 2 de la Base Quinta de las Bases Reguladoras de las ayudas,
debe aportar certificado acreditativo emitido por la Seguridad Social, en el
que se indique que la persona solicitante se encuentra al corriente de las
obligaciones frente a la Seguridad Social.
- Deben estar aportados al expediente las justificaciones de todas las
mensualidades. Para ello, debe utilizar preferentemente el modelo Anexo III,
en el que es necesario marcar la casilla del apartado 4.1 mediante la que se
declara que se mantiene el cumplimiento de los requisitos. En ningún caso
puede faltar la firma de la persona arrendadora (apartado 4.2 en la página
2), los meses que se justifican (Apartado 4.2 en la pagina 1) y la firma de la
persona solicitante (Apartado 4.3 en la pagina 2).El modelo Anexo III puede
obtenerse en la siguiente dirección web:
https://juntadeandalucia.es/export/drupaljda/anexo_III_alquila2018_nuevo
.pdf También podrá justificarse el pago del alquiler mediante la aportación de
los justificantes de pago de las transferencias bancarias.El identificador
aportado por el solicitante no es correcto impidiendo la comprobación de
todos los requisitos.

00252176

CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA. SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA. Servicio de Publicaciones y B.O.J.A. – Modelo 4 – FORMATO UNE A4

41-AI-PAIG- EZZOUAOUI
24182/18

Nombre

Número 241 - Viernes, 17 de diciembre de 2021

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja