Disposiciones generales. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. (2021/240-5)
Orden de 3 de diciembre de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de medidas de apoyo urgentes para proyectos de implantación y/o mejora de la recogida separada de biorresiduos destinados a instalaciones específicas de tratamiento biológico, dentro del Plan de Apoyo a la Implementación de la Normativa de Residuos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) -Financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU, (línea 1, sublínea 1.1), y se efectúa su convocatoria en el año 2021.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 240 - Jueves, 16 de diciembre de 2021
página 19878/4
la convocatoria, de conformidad con el artículo 9 de la Orden de 6 de abril de 2018, por
la que se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público derivado
de las subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus
agencias administrativas y de régimen especial.
5. La concesión de las subvenciones estará limitada por las disponibilidades
presupuestarias existentes, de acuerdo con el artículo 119.2.j) del Texto Refundido de la
Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
6. Las solicitudes se presentarán en el plazo de dos meses a contar a partir del día
siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto
previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, a partir de las 00:00 horas; el plazo concluirá a las 23:59 horas del día en
que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
7. Las solicitudes se presentarán, de conformidad con el modelo establecido en el
Anexo II de esta orden, de forma exclusivamente electrónica a través del siguiente enlace
del Canal de Administración Electrónica de la página web de la Consejería de Agricultura,
Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía:
https://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/portal/web/cae
Disposición adicional única. Habilitación.
Se faculta a la persona titular de la Secretaría General de Medio Ambiente, Agua y
Cambio Climático, para dictar las instrucciones y adoptar las medidas necesarias para el
desarrollo y ejecución de la presente orden, cada una en el ámbito de sus competencias,
sin que en ningún caso pueda suponer modificar el contenido normativo de la misma.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 3 de diciembre de 2021
CARMEN CRESPO DÍAZ
Consejera de Agricultura, Ganadería, Pesca
y Desarrollo Sostenible
ANEXO I
Artículo 1. Objeto.
Es objeto de la presente orden el establecimiento de una línea de subvenciones, en
régimen de concurrencia competitiva, a los municipios u otras entidades locales, tales
como mancomunidades, o los consorcios constituidos por dichas entidades locales, en
el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establecidos en el artículo
4.1 de las presentes bases, para la implantación y/o mejora de la recogida separada de
biorresiduos destinados a instalaciones específicas de tratamiento biológico, todo ello a
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252141
BASES REGULADORAS DE MEDIDAS DE APOYO URGENTES A PROYECTOS DE
IMPLANTACIÓN Y/O MEJORA DE LA RECOGIDA SEPARADA DE BIORRESIDUOS
DESTINADOS A INSTALACIONES ESPECÍFICAS DE TRATAMIENTO BIOLÓGICO
(COMPOSTAJE, DIGESTIÓN ANAEROBIA O AMBAS) DENTRO DEL PLAN DE
APOYO A LA IMPLEMENTACIÓN DE LA NORMATIVA DE RESIDUOS, EN EL
MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA
(PRTR), –FINANCIADO POR LA UNIÓN EUROPEA– NEXTGENERATIONEU,
(LÍNEA 1, SUBLÍNEA 1.1).
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 240 - Jueves, 16 de diciembre de 2021
página 19878/4
la convocatoria, de conformidad con el artículo 9 de la Orden de 6 de abril de 2018, por
la que se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público derivado
de las subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus
agencias administrativas y de régimen especial.
5. La concesión de las subvenciones estará limitada por las disponibilidades
presupuestarias existentes, de acuerdo con el artículo 119.2.j) del Texto Refundido de la
Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
6. Las solicitudes se presentarán en el plazo de dos meses a contar a partir del día
siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto
previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, a partir de las 00:00 horas; el plazo concluirá a las 23:59 horas del día en
que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
7. Las solicitudes se presentarán, de conformidad con el modelo establecido en el
Anexo II de esta orden, de forma exclusivamente electrónica a través del siguiente enlace
del Canal de Administración Electrónica de la página web de la Consejería de Agricultura,
Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía:
https://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/portal/web/cae
Disposición adicional única. Habilitación.
Se faculta a la persona titular de la Secretaría General de Medio Ambiente, Agua y
Cambio Climático, para dictar las instrucciones y adoptar las medidas necesarias para el
desarrollo y ejecución de la presente orden, cada una en el ámbito de sus competencias,
sin que en ningún caso pueda suponer modificar el contenido normativo de la misma.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 3 de diciembre de 2021
CARMEN CRESPO DÍAZ
Consejera de Agricultura, Ganadería, Pesca
y Desarrollo Sostenible
ANEXO I
Artículo 1. Objeto.
Es objeto de la presente orden el establecimiento de una línea de subvenciones, en
régimen de concurrencia competitiva, a los municipios u otras entidades locales, tales
como mancomunidades, o los consorcios constituidos por dichas entidades locales, en
el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establecidos en el artículo
4.1 de las presentes bases, para la implantación y/o mejora de la recogida separada de
biorresiduos destinados a instalaciones específicas de tratamiento biológico, todo ello a
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252141
BASES REGULADORAS DE MEDIDAS DE APOYO URGENTES A PROYECTOS DE
IMPLANTACIÓN Y/O MEJORA DE LA RECOGIDA SEPARADA DE BIORRESIDUOS
DESTINADOS A INSTALACIONES ESPECÍFICAS DE TRATAMIENTO BIOLÓGICO
(COMPOSTAJE, DIGESTIÓN ANAEROBIA O AMBAS) DENTRO DEL PLAN DE
APOYO A LA IMPLEMENTACIÓN DE LA NORMATIVA DE RESIDUOS, EN EL
MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA
(PRTR), –FINANCIADO POR LA UNIÓN EUROPEA– NEXTGENERATIONEU,
(LÍNEA 1, SUBLÍNEA 1.1).