Autoridades y personal. Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior. (2021/239-14)
Resolución de 2 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se aprueban las bases y se convoca proceso selectivo para el acceso a la condición de personal laboral fijo, por el sistema de concurso-oposición, en la categoría profesional de Traductor-Intérprete (2430), correspondiente a la Oferta de Empleo Público del año 2017 y del año 2019 para la estabilización del empleo temporal.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 239 - Miércoles, 15 de diciembre de 2021
página 19463/1
2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
E INTERIOR
Resolución de 2 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Recursos
Humanos y Función Pública, por la que se aprueban las bases y se convoca
proceso selectivo para el acceso a la condición de personal laboral fijo, por
el sistema de concurso-oposición, en la categoría profesional de TraductorIntérprete (2430), correspondiente a la Oferta de Empleo Público del año 2017 y
del año 2019 para la estabilización del empleo temporal.
En su virtud, esta Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, en
cumplimiento de dichas previsiones, previa negociación en la Comisión del Convenio
con fecha 7 de junio de 2021, al amparo de lo establecido en la Ley 6/1985, de 28 de
noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, así como en
el artículo 16 del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00251713
El artículo 16 del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de
la Junta de Andalucía dispone que el acceso a la condición de personal laboral fijo se
realizará mediante procedimientos que garanticen el derecho a la igualdad, de acuerdo
con los principios de mérito, capacidad y publicidad, y determina en su apartado 3
que, con carácter general, la selección del personal para las categorías profesionales
correspondientes al Grupo II se efectuará por el sistema de concurso-oposición.
El Decreto 213/2017, de 26 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo
Público para la estabilización de empleo temporal en la Administración de la Junta de
Andalucía (BOJA núm. 247, de 28 de diciembre), y el Decreto 406/2019, de 5 de marzo,
por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo
temporal en la Administración de la Junta de Andalucía para 2019 (BOJA núm. 47, de
11 de marzo), ampliada por Decreto 623/2019, de 27 de diciembre (BOJA núm. 250, de
31 de diciembre), incluyen el número determinado de plazas distribuidas por categorías
profesionales que se establecen para la incorporación de personal laboral de nuevo
ingreso, atendiendo a los sectores de la actividad vinculados a la prestación de servicios
esenciales como la salud, la educación o asistencia social, así como a las categorías
profesionales con mayor necesidad de efectivos y aquellas otras que soportan mayores
índices de temporalidad.
La Comisión del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración
de la Junta de Andalucía, en sus reuniones de fecha 12 de noviembre de 2019 y 24 de
enero de 2020, acordó la acumulación de los procesos derivados tanto de las Ofertas
de Empleo Público ordinarias correspondientes a los años 2018 y 2019, como de las
Ofertas de Empleo Público para la estabilización del empleo temporal para 2017 y 2019,
determinándose que sus convocatorias se realizarían de forma conjunta.
Por su parte, el Decreto-ley 27/2020, de 22 de octubre, por el que, con carácter
extraordinario y urgente, se adoptan diversas medidas como consecuencia de la
situación generada por el coronavirus (COVID-19), en su artículo único.1, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, prevé para quienes aspiren a
acceder a las categorías profesionales de personal laboral de la Administración General
de la Junta de Andalucía, el deber de relacionarse obligatoriamente a través de medios
electrónicos en los términos que establezca la convocatoria y, en todo caso, en los
trámites de presentación de solicitudes, alegaciones y aportación de documentación.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 239 - Miércoles, 15 de diciembre de 2021
página 19463/1
2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
E INTERIOR
Resolución de 2 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Recursos
Humanos y Función Pública, por la que se aprueban las bases y se convoca
proceso selectivo para el acceso a la condición de personal laboral fijo, por
el sistema de concurso-oposición, en la categoría profesional de TraductorIntérprete (2430), correspondiente a la Oferta de Empleo Público del año 2017 y
del año 2019 para la estabilización del empleo temporal.
En su virtud, esta Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, en
cumplimiento de dichas previsiones, previa negociación en la Comisión del Convenio
con fecha 7 de junio de 2021, al amparo de lo establecido en la Ley 6/1985, de 28 de
noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, así como en
el artículo 16 del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00251713
El artículo 16 del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de
la Junta de Andalucía dispone que el acceso a la condición de personal laboral fijo se
realizará mediante procedimientos que garanticen el derecho a la igualdad, de acuerdo
con los principios de mérito, capacidad y publicidad, y determina en su apartado 3
que, con carácter general, la selección del personal para las categorías profesionales
correspondientes al Grupo II se efectuará por el sistema de concurso-oposición.
El Decreto 213/2017, de 26 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo
Público para la estabilización de empleo temporal en la Administración de la Junta de
Andalucía (BOJA núm. 247, de 28 de diciembre), y el Decreto 406/2019, de 5 de marzo,
por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo
temporal en la Administración de la Junta de Andalucía para 2019 (BOJA núm. 47, de
11 de marzo), ampliada por Decreto 623/2019, de 27 de diciembre (BOJA núm. 250, de
31 de diciembre), incluyen el número determinado de plazas distribuidas por categorías
profesionales que se establecen para la incorporación de personal laboral de nuevo
ingreso, atendiendo a los sectores de la actividad vinculados a la prestación de servicios
esenciales como la salud, la educación o asistencia social, así como a las categorías
profesionales con mayor necesidad de efectivos y aquellas otras que soportan mayores
índices de temporalidad.
La Comisión del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración
de la Junta de Andalucía, en sus reuniones de fecha 12 de noviembre de 2019 y 24 de
enero de 2020, acordó la acumulación de los procesos derivados tanto de las Ofertas
de Empleo Público ordinarias correspondientes a los años 2018 y 2019, como de las
Ofertas de Empleo Público para la estabilización del empleo temporal para 2017 y 2019,
determinándose que sus convocatorias se realizarían de forma conjunta.
Por su parte, el Decreto-ley 27/2020, de 22 de octubre, por el que, con carácter
extraordinario y urgente, se adoptan diversas medidas como consecuencia de la
situación generada por el coronavirus (COVID-19), en su artículo único.1, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, prevé para quienes aspiren a
acceder a las categorías profesionales de personal laboral de la Administración General
de la Junta de Andalucía, el deber de relacionarse obligatoriamente a través de medios
electrónicos en los términos que establezca la convocatoria y, en todo caso, en los
trámites de presentación de solicitudes, alegaciones y aportación de documentación.