Autoridades y personal. Consejería de Salud y Familias. (2021/238-12)
Resolución de 1 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Cuidados Sociosanitarios, por la que se nombra a la Coordinadora del Plan Integral de Atención a las Cefaleas en Andalucía.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 238 - Martes, 14 de diciembre de 2021
página 19598/1
2. Autoridades y personal
2.1. Nombramientos, situaciones e incidencias
CONSEJERÍA DE SALUD Y FAMILIAS
Resolución de 1 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Cuidados
Sociosanitarios, por la que se nombra a la Coordinadora del Plan Integral de
Atención a las Cefaleas en Andalucía.
La Consejería de Salud y Familias, en virtud de lo establecido en la Ley 2/1998, de 15
de junio, de Salud de Andalucía, tiene la competencia de definir las políticas sanitarias,
asignar los recursos y garantizar el derecho a la salud de los ciudadanos en la Comunidad
Autónoma Andaluza, todo ello bajo los principios, entre otros, de coordinación de las
actuaciones y de los recursos, mejora de la calidad en los servicios y utilización eficaz
y eficiente de los recursos sanitarios que sean necesarios para la consecución de sus
objetivos.
La citada Ley 2/1998, de 15 de junio, en su artículo 33 establece que, de conformidad
con los criterios y pautas que establezca el Plan Andaluz de Salud, y teniendo en cuenta
las especificidades de cada territorio, se elaborarán planes de salud específicos por los
órganos correspondientes de cada una de las áreas de salud.
Las cefaleas son un grupo de enfermedades, de alta prevalencia (mayor en mujeres
que en hombres), con unas características peculiares con respecto a la repercusión en los
enfermos que la padecen, dado que su mortalidad es prácticamente nula y no ocasionan
secuelas físicas permanentes. No obstante, la discapacidad que generan las cefaleas
primarias es enorme, y de este modo constituyen la segunda causa de discapacidad a
nivel mundial.
Los estudios sobre los costes de la cefalea avalan la importancia de la cefalea como
problema de salud pública, tal y como expone la Organización Mundial de la Salud, no
sólo por las repercusiones negativas que tiene en el ámbito sanitario, social y laboral,
sino por la merma de calidad de vida que sufre la persona que la padece. Con el fin de
mejorar la atención a las personas con cefaleas, a las que hay que dar una respuesta
integrada, homogénea y equitativa a las necesidades no cubiertas, se hace necesaria la
elaboración del Plan Integral de Atención a las Cefaleas en Andalucía.
Para la elaboración del referido Plan, se parte del análisis de situación en Andalucía,
así como de las expectativas de las personas afectadas y de los grupos profesionales
que juegan un papel en la atención a estas enfermedades, detectándose en dicho
análisis oportunidades de mejora, por lo que se plantean las estrategias generales que se
consideran las líneas de acción claves para el desarrollo e implantación del citado Plan.
Dada la necesidad de elaborar el Plan Integral de Atención a las Cefaleas en
Andalucía, se estima conveniente nombrar a la persona que coordine la elaboración del
citado Plan, que agrupe todas las estrategias y que impulse su desarrollo.
RESU ELVO
Primero. Nombrar a doña Carmen González Oria como coordinadora del Plan Integral
de Atención a las Cefaleas en Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00251859
Por todo lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley
9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y en el artículo 10
del Decreto 105/2019, de 12 de febrero,
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 238 - Martes, 14 de diciembre de 2021
página 19598/1
2. Autoridades y personal
2.1. Nombramientos, situaciones e incidencias
CONSEJERÍA DE SALUD Y FAMILIAS
Resolución de 1 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Cuidados
Sociosanitarios, por la que se nombra a la Coordinadora del Plan Integral de
Atención a las Cefaleas en Andalucía.
La Consejería de Salud y Familias, en virtud de lo establecido en la Ley 2/1998, de 15
de junio, de Salud de Andalucía, tiene la competencia de definir las políticas sanitarias,
asignar los recursos y garantizar el derecho a la salud de los ciudadanos en la Comunidad
Autónoma Andaluza, todo ello bajo los principios, entre otros, de coordinación de las
actuaciones y de los recursos, mejora de la calidad en los servicios y utilización eficaz
y eficiente de los recursos sanitarios que sean necesarios para la consecución de sus
objetivos.
La citada Ley 2/1998, de 15 de junio, en su artículo 33 establece que, de conformidad
con los criterios y pautas que establezca el Plan Andaluz de Salud, y teniendo en cuenta
las especificidades de cada territorio, se elaborarán planes de salud específicos por los
órganos correspondientes de cada una de las áreas de salud.
Las cefaleas son un grupo de enfermedades, de alta prevalencia (mayor en mujeres
que en hombres), con unas características peculiares con respecto a la repercusión en los
enfermos que la padecen, dado que su mortalidad es prácticamente nula y no ocasionan
secuelas físicas permanentes. No obstante, la discapacidad que generan las cefaleas
primarias es enorme, y de este modo constituyen la segunda causa de discapacidad a
nivel mundial.
Los estudios sobre los costes de la cefalea avalan la importancia de la cefalea como
problema de salud pública, tal y como expone la Organización Mundial de la Salud, no
sólo por las repercusiones negativas que tiene en el ámbito sanitario, social y laboral,
sino por la merma de calidad de vida que sufre la persona que la padece. Con el fin de
mejorar la atención a las personas con cefaleas, a las que hay que dar una respuesta
integrada, homogénea y equitativa a las necesidades no cubiertas, se hace necesaria la
elaboración del Plan Integral de Atención a las Cefaleas en Andalucía.
Para la elaboración del referido Plan, se parte del análisis de situación en Andalucía,
así como de las expectativas de las personas afectadas y de los grupos profesionales
que juegan un papel en la atención a estas enfermedades, detectándose en dicho
análisis oportunidades de mejora, por lo que se plantean las estrategias generales que se
consideran las líneas de acción claves para el desarrollo e implantación del citado Plan.
Dada la necesidad de elaborar el Plan Integral de Atención a las Cefaleas en
Andalucía, se estima conveniente nombrar a la persona que coordine la elaboración del
citado Plan, que agrupe todas las estrategias y que impulse su desarrollo.
RESU ELVO
Primero. Nombrar a doña Carmen González Oria como coordinadora del Plan Integral
de Atención a las Cefaleas en Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00251859
Por todo lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley
9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y en el artículo 10
del Decreto 105/2019, de 12 de febrero,