3. Otras disposiciones. Consejería de Educación y Deporte. (2021/237-24)
Resolución de 18 de noviembre de 2021, de la Delegación Territorial de Educación y Deporte en Cádiz, sobre concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a Fomento de la Participación para Federaciones Provinciales de Asociaciones del Alumnado y de Asociaciones del Alumnado en Andalucía para el curso 2021/2022, al amparo de la Orden de 15 de abril de 2011 (BOJA núm. 95, de 17.5.2011) y de la Resolución de 6 de julio de 2021 (BOJA núm. 135, de 15 de julio de 2021).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 237 - Lunes, 13 de diciembre de 2021

página 19554/10

inicialmente concedido. En el plazo máximo de 15 días desde que el escrito haya tenido
entrada en el registro del órgano competente para su tramitación, se notificará a la
persona o entidad interesada el acuerdo por el que se adopte la decisión de iniciar o no el
procedimiento. La denegación deberá motivarse expresamente.
10.5. La resolución de modificación será dictada y notificada en un plazo no superior
a dos meses, y siempre antes de finalizar el plazo que, en su caso, sea modificado. La
resolución se adoptará por el órgano concedente de la subvención tras la instrucción
del correspondiente procedimiento en el que, junto a la propuesta razonada del órgano
instructor, se acompañarán los informes pertinentes y las alegaciones que, en su caso,
hubiera presentado la persona o entidad beneficiaria.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
alternativamente, o recurso potestativo de reposición, de acuerdo con los artículos 123 y
124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó el acto,
siendo el plazo máximo para dictar y notificar la resolución de este recurso de un mes; o
de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso
administrativa, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso
Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo
de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación. Si
optara por interponer el recurso potestativo de reposición, no podrá interponer recurso
contencioso administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya
producido su desestimación por silencio. Esta desestimación por silencio se producirá si
transcurre un mes desde su interposición sin que se notifique resolución expresa.
Cádiz, 18 de noviembre de 2021.- El Delegado, Miguel Andreu Estaun.
ANEXO I
Entidades solicitantes

2.175,90 €

Subvención Porcentaje de
concedida
subvención
2.175,90 €

100,00%

00251814

ASOCIACIÓN DEL ALUMNADO «CARPE DIEM» (IES
FRANCISCO PACHECO) DE SANLÚCAR DE BARRAMEDA
(CÁDIZ)

Presupuesto
aceptado

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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