Autoridades y personal. Universidades. (2021/237-13)
Resolución de 17 de noviembre de 2021, de la Universidad de Cádiz , por la que se convoca concurso de acceso a plazas de Cuerpos Docentes Universitarios (Profesorado Titular de Universidad).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 237 - Lunes, 13 de diciembre de 2021

página 19491/3

3. Solicitudes.
3.1. Quienes deseen tomar parte en los concursos de acceso lo solicitarán al Rector
de la Universidad de Cádiz, mediante solicitud debidamente cumplimentada, según
Anexo III que se acompaña a la presente convocatoria, en el plazo de quince días
hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el
Boletín Oficial de Estado, y podrán presentarse en el Registro General de la Universidad
de Cádiz en el Rectorado (C/ Ancha, núm. 10, 11001 Cádiz), así como en las Oficinas
de los Registros Auxiliares de los Campus de Puerto Real (Edificio junto a F. Ciencias
de la Educación), Jerez de la Frontera (Edificio de Servicios Generales), Bahía de
Algeciras (Administración de Campus, E. Politécnica Superior, 1.ª planta) y Cádiz (Edificio
Hospital Real, Plaza Falla, núm. 8, 11003 Cádiz), de conformidad con lo dispuesto en
el Reglamento UCA/CG01/2007, de 20 de diciembre de 2006, o por cualquiera de los
procedimientos establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones. Las solicitudes que
se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser
fechadas y selladas antes de su certificación. Las solicitudes suscritas por los españoles
en el extranjero podrán cursarse, en el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de
las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, quienes las
remitirán seguidamente a la Universidad de Cádiz.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00251741

2.1.6. Las personas que participen por el cupo de discapacitados, deberán acreditar
tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% de acuerdo con lo
dispuesto en el citado Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.
2.2. Requisitos específicos.
2.2.1. Podrán presentarse a los concursos de acceso quienes hayan sido acreditados
o acreditadas de acuerdo con lo establecido en los artículos 12.º y 13.º y disposiciones
adicionales primera, segunda, tercera y cuarta del Real Decreto 1312/2007, de 5 de
octubre, por el que se establece la acreditación nacional para el acceso a los Cuerpos
Docentes Universitarios.
2.2.2. Asimismo, podrán presentarse a los concursos de acceso quienes resultaran
habilitados o habilitadas conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 774/2002, de 26 de
julio, por el que se regula el sistema de habilitación nacional para el acceso a Cuerpos
de Funcionarios Docentes Universitarios y el régimen de los concursos de acceso
respectivos. A su vez, se entenderá que los habilitados y habilitadas para Catedrático
o Catedrática de Escuela Universitaria lo están para Profesor o Profesora Titular de
Universidad.
2.2.3. Igualmente, puede participar el funcionario del Cuerpo correspondiente o de un
Cuerpo Docente Universitario de igual o superior categoría, en cuyo caso, es necesario
que hayan transcurrido como mínimo dos años desde que haya obtenido una plaza
mediante concurso de acceso en otra Universidad, de conformidad con el artículo 9.º 4
del Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre.
2.3. En el caso de los nacionales de otros Estados, si en el proceso selectivo no
resultara acreditado el conocimiento del castellano, deberán acreditar el conocimiento del
mismo mediante la realización de una prueba en la que se comprobará que poseen un
nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en esta lengua.
Quedan eximidos de realizar la prueba quienes estén en posesión del diploma de
español como lengua extranjera (nivel superior) regulado por el Real Decreto 1137/2002,
de 31 de octubre, o del certificado de aptitud en español para extranjeros expedidos
por las Escuelas Oficiales de Idiomas. A tal efecto deberán aportar junto a la solicitud
fotocopia compulsada de dicho diploma o del mencionado certificado de aptitud.
2.4. Los requisitos establecidos en las presentes bases deberán cumplirse dentro
del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de
posesión como funcionario de carrera.