5. Anuncios. Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. (2021/237-61)
Anuncio de 3 de diciembre de 2021, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Córdoba, por el que se publica la resolución favorable, de la misma fecha, relativa a la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de la vivienda habitual, convocadas por Orden de 29 de junio de 2020 (BOJA extraordinario núm. 42, de 1 de julio de 2020), y reguladas por Orden de 8 de junio de 2020 (BOJA extraordinario núm. 37, de 12 de junio de 2020).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 237 - Lunes, 13 de diciembre de 2021
página 19616/3
- Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía,
aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
- Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en
Andalucía, modificada por la Ley 9/2018, de 8 de octubre.
- Decreto 183/2003, de 24 de junio, por el que se regula la información y atención al
ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medios electrónicos.
- Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y
buen gobierno, de acuerdo con lo establecido en su disposición final octava.
- Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
- Ley 6/2019, de 19 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de
Andalucía para el año 2020.
- Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de
Andalucía para el año 2021.
La competencia para realizar la presente resolución corresponde al titular de cada
una de las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y
Ordenación del Territorio, actuando por delegación de la persona titular de la Consejería,
en virtud del apartado 12 del Cuadro Resumen de las BB.RR., y en relación con el Decreto
342/2012, de 31 de julio, modificado por el Decreto 32/2019, de 5 de febrero (BOJA núm. 28,
de 11 de febrero), y por Decreto 26/2020, de 24 de febrero, de 24 de febrero, por el que se
regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.
Por todo ello, vista la propuesta definitiva de resolución dictada por el Servicio de
Vivienda, esta Delegación Territorial
RESU ELV E
Primero. Conceder la ayuda a las personas arrendatarias que, como consecuencia
del impacto económico y social del COVID-19, tengan problemas transitorios para atender
el pago total o parcial del alquiler de su vivienda habitual, relacionadas en el anexo.
Segundo. Ordenar la publicación de esta resolución y sus anexos en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía, y en la página web de la Consejería de Fomento, Infraestructuras
y Ordenación del territorio
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/21205/seguimiento.html
De dicha publicación se dará aviso a las personas interesadas mediante llamada
telefónica o sms, o mediante escrito dirigido a la cuenta de correo electrónico consignada
en las solicitudes presentadas.
Esta publicación sustituye a la notificación personal y surtirá sus mismos efectos.
Se advierte que, por tratarse de financiación estatal, el abono efectivo se realizará
una vez recibidos los fondos necesarios.
Forma y secuencia del pago; plazo y forma de justificación.
Al ser el importe de la subvención inferior a 6.000 euros y por razones de urgencia por
la situación existente tras la declaración del estado de alarma por Real Decreto 463/2020,
de 14 de marzo, el abono de la ayuda se realizará por anticipado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00251881
Segundo. Esta resolución se emite condicionada a la vigencia del contrato de
arrendamiento y a las mensualidades que correspondan, así como al resto de obligaciones
señaladas en el artículo 24 de las BB.RR. Si se produjera cualquier modificación que
supusiera la pérdida sobrevenida del derecho a la ayuda, tal pérdida tendrá efectos desde
la fecha en que se produzca ese hecho.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 237 - Lunes, 13 de diciembre de 2021
página 19616/3
- Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía,
aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
- Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en
Andalucía, modificada por la Ley 9/2018, de 8 de octubre.
- Decreto 183/2003, de 24 de junio, por el que se regula la información y atención al
ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medios electrónicos.
- Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y
buen gobierno, de acuerdo con lo establecido en su disposición final octava.
- Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
- Ley 6/2019, de 19 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de
Andalucía para el año 2020.
- Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de
Andalucía para el año 2021.
La competencia para realizar la presente resolución corresponde al titular de cada
una de las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y
Ordenación del Territorio, actuando por delegación de la persona titular de la Consejería,
en virtud del apartado 12 del Cuadro Resumen de las BB.RR., y en relación con el Decreto
342/2012, de 31 de julio, modificado por el Decreto 32/2019, de 5 de febrero (BOJA núm. 28,
de 11 de febrero), y por Decreto 26/2020, de 24 de febrero, de 24 de febrero, por el que se
regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.
Por todo ello, vista la propuesta definitiva de resolución dictada por el Servicio de
Vivienda, esta Delegación Territorial
RESU ELV E
Primero. Conceder la ayuda a las personas arrendatarias que, como consecuencia
del impacto económico y social del COVID-19, tengan problemas transitorios para atender
el pago total o parcial del alquiler de su vivienda habitual, relacionadas en el anexo.
Segundo. Ordenar la publicación de esta resolución y sus anexos en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía, y en la página web de la Consejería de Fomento, Infraestructuras
y Ordenación del territorio
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/21205/seguimiento.html
De dicha publicación se dará aviso a las personas interesadas mediante llamada
telefónica o sms, o mediante escrito dirigido a la cuenta de correo electrónico consignada
en las solicitudes presentadas.
Esta publicación sustituye a la notificación personal y surtirá sus mismos efectos.
Se advierte que, por tratarse de financiación estatal, el abono efectivo se realizará
una vez recibidos los fondos necesarios.
Forma y secuencia del pago; plazo y forma de justificación.
Al ser el importe de la subvención inferior a 6.000 euros y por razones de urgencia por
la situación existente tras la declaración del estado de alarma por Real Decreto 463/2020,
de 14 de marzo, el abono de la ayuda se realizará por anticipado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00251881
Segundo. Esta resolución se emite condicionada a la vigencia del contrato de
arrendamiento y a las mensualidades que correspondan, así como al resto de obligaciones
señaladas en el artículo 24 de las BB.RR. Si se produjera cualquier modificación que
supusiera la pérdida sobrevenida del derecho a la ayuda, tal pérdida tendrá efectos desde
la fecha en que se produzca ese hecho.