5. Anuncios. Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior. (2021/237-43)
Anuncio de 2 de septiembre de 2021, de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Sevilla, sobre la resolución de autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración en concreto de utilidad pública del proyecto que se cita, en el término municipal de Guillena. (PP. 3520/2021).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 237 - Lunes, 13 de diciembre de 2021
página 18933/1
5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
E INTERIOR
Anuncio de 2 de septiembre de 2021, de la Delegación del Gobierno de la Junta
de Andalucía en Sevilla, sobre la resolución de autorización administrativa
previa, autorización administrativa de construcción y declaración en concreto
de utilidad pública del proyecto que se cita, en el término municipal de Guillena.
(PP. 3520/2021).
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 2.3.2016, Edistribución redes digitales S.L.U. (anteriormente
denominada Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U.), presentó solicitud de Autorización
Administrativa Previa, Autorización Administrativa de Construcción y Declaración,
en concreto, de Utilidad Pública de instalación eléctrica del proyecto sustitución del
conductor de la Línea Aérea de Alta Tensión 132 kV Doble/simple circuito Subestación
Cala-Subestación Guillena Tramo 1: Subestación Cala-Apoyo 24 en el término municipal
de Guillena.
Segundo. De acuerdo con los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII
del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades
de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización
de instalaciones de energía eléctrica (en adelante RD 1955/2000), se dio traslado por
plazo de veinte días de la solicitud y documento técnico, a la serie de organismos que
a continuación se enumeran, y que según declara el promotor de la instalación, pueden
verse afectados por el procedimiento de referencia, a fin de que éstos se pronunciaran al
efecto y emitieran el informe que estimaran conveniente, son éstos:
- Ayuntamiento de Guillena.
- Telefónica, S.A.
- Confederación Hidrógrafica del Guadalquivir.
- Red Eléctrica de España, S.A.U.
- Agencia del Medio Ambiente y Agua de Andalucía.
Dándose la circunstancia de que existe conformidad de la beneficiaria con los
organismos afectados en los térmicos que obran en el expediente.
Cuarto. Tal y como establece el Título VII del RD 1955/2000, de 1 de diciembre, se
realiza el trámite de información pública. Y con fecha 17.1.2020 se reciben alegaciones de
la entidad «Cerro del Negro, S.A.», en las que, en resumen, viene a manifestar lo siguiente:
1. Error en la existencia de apoyos al no mencionarse el apoyo núm. 15. Asimismo,
no se contempla aumento alguno de la superficie en el recrecimiento, estructura y
hormigonado, de cuyo recrecimiento tenían constancia por comunicado de la empresa
distribuidora en el mes de abril de 2019.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00251181
Tercero. Con fecha 5.2.2019 se recibe Resolución de la Delegación Territorial de
Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Sevilla por la que se considera como no
sustancial la modificación consistente en la sustitución del conductor para la instalación
de referencia.
BOJA
Número 237 - Lunes, 13 de diciembre de 2021
página 18933/1
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5.2. Otros anuncios oficiales
CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
E INTERIOR
Anuncio de 2 de septiembre de 2021, de la Delegación del Gobierno de la Junta
de Andalucía en Sevilla, sobre la resolución de autorización administrativa
previa, autorización administrativa de construcción y declaración en concreto
de utilidad pública del proyecto que se cita, en el término municipal de Guillena.
(PP. 3520/2021).
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 2.3.2016, Edistribución redes digitales S.L.U. (anteriormente
denominada Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U.), presentó solicitud de Autorización
Administrativa Previa, Autorización Administrativa de Construcción y Declaración,
en concreto, de Utilidad Pública de instalación eléctrica del proyecto sustitución del
conductor de la Línea Aérea de Alta Tensión 132 kV Doble/simple circuito Subestación
Cala-Subestación Guillena Tramo 1: Subestación Cala-Apoyo 24 en el término municipal
de Guillena.
Segundo. De acuerdo con los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII
del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades
de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización
de instalaciones de energía eléctrica (en adelante RD 1955/2000), se dio traslado por
plazo de veinte días de la solicitud y documento técnico, a la serie de organismos que
a continuación se enumeran, y que según declara el promotor de la instalación, pueden
verse afectados por el procedimiento de referencia, a fin de que éstos se pronunciaran al
efecto y emitieran el informe que estimaran conveniente, son éstos:
- Ayuntamiento de Guillena.
- Telefónica, S.A.
- Confederación Hidrógrafica del Guadalquivir.
- Red Eléctrica de España, S.A.U.
- Agencia del Medio Ambiente y Agua de Andalucía.
Dándose la circunstancia de que existe conformidad de la beneficiaria con los
organismos afectados en los térmicos que obran en el expediente.
Cuarto. Tal y como establece el Título VII del RD 1955/2000, de 1 de diciembre, se
realiza el trámite de información pública. Y con fecha 17.1.2020 se reciben alegaciones de
la entidad «Cerro del Negro, S.A.», en las que, en resumen, viene a manifestar lo siguiente:
1. Error en la existencia de apoyos al no mencionarse el apoyo núm. 15. Asimismo,
no se contempla aumento alguno de la superficie en el recrecimiento, estructura y
hormigonado, de cuyo recrecimiento tenían constancia por comunicado de la empresa
distribuidora en el mes de abril de 2019.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00251181
Tercero. Con fecha 5.2.2019 se recibe Resolución de la Delegación Territorial de
Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Sevilla por la que se considera como no
sustancial la modificación consistente en la sustitución del conductor para la instalación
de referencia.