Autoridades y personal. Universidades. (2021/236-17)
Resolución de 1 de diciembre de 2021, de la Universidad de Almería, por la que se publica la oferta de empleo público del Personal de Administración y Servicios para el año 2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 236 - Viernes, 10 de diciembre de 2021

página 19461/1

2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
UNIVERSIDADES
Resolución de 1 de diciembre de 2021, de la Universidad de Almería, por la
que se publica la oferta de empleo público del Personal de Administración y
Servicios para el año 2021.
El artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, establece que
serán objeto de la oferta de empleo público las necesidades de recursos humanos, con
asignación presupuestaria, que deban proveerse mediante la incorporación de personal
de nuevo ingreso, pudiendo dicha oferta contener medidas derivadas de la planificación
de recursos humanos.
En cumplimiento del citado artículo, y en uso de las competencias y atribuciones
conferidas por los Estatutos de la Universidad de Almería, este Rectorado resuelve:
Primero. Publicar la Oferta de Empleo Público del Personal de Administración y
Servicios de la Universidad de Almería para 2021, aprobada por Acuerdo del Consejo de
Gobierno de fecha 26 de noviembre 2021, que se acompaña como anexo.
Segundo. Esta oferta de empleo público incluye las necesidades de recursos
humanos de carácter permanente en el ámbito del personal de administración y servicios
con asignación presupuestaria que no pueden ser cubiertas con los efectivos de personal
existentes, dentro del contexto global de restricción que afecta a todas las administraciones
públicas, sin que ello afecte al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria
establecidos para dicha Universidad, ni de los demás límites fijados en la Ley Orgánica
2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
Tercero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 del Texto Refundido de
la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, del total de las plazas que se ofertan
se reserva un cupo no inferior al 7 por ciento para ser cubiertas por personas con
discapacidad, considerando como tales las definidas en el apartado 2 del artículo 4 del
Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y
de su Inclusión Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de
noviembre, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su discapacidad y la
compatibilidad con el desempeño de las tareas.

La presente resolución agota la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y
en el artículo 122 de los Estatutos de la Universidad de Almería, aprobados por Decreto
225/2018, de 18 de diciembre. Contra la misma se podrá interponer recurso contenciosoadministrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería en el plazo de
dos meses a partir de la publicación de esta resolución, de conformidad con lo dispuesto
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00251712

Cuarto. Las convocatorias de las plazas derivadas de esta oferta se publicarán en el
Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para garantizar los
principios rectores en materia de acceso al empleo público establecidos en el artículo 55
del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y se desarrollarán
conforme a lo dispuesto en el artículo 61 del mencionado real decreto.