3. Otras disposiciones. Consejería de Educación y Deporte. (2021/235-43)
Resolución de 24 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Promoción del Deporte, Hábitos Saludables y Tejido Deportivo, por la que se dispone la publicación de los estatutos de la Federación Andaluza de Deportes de Montaña, Escalada y Senderismo.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 235 - Jueves, 9 de diciembre de 2021
página 19159/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y DEPORTE
Resolución de 24 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Promoción
del Deporte, Hábitos Saludables y Tejido Deportivo, por la que se dispone
la publicación de los estatutos de la Federación Andaluza de Deportes de
Montaña, Escalada y Senderismo.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 40 del Decreto 7/2000, de 24 de enero, de
Entidades Deportivas Andaluzas, por Resolución de la Dirección General de Promoción
del Deporte, Hábitos Saludables y Tejido Deportivo de 19 de noviembre de 2021, se
aprobó el cambio de denominación de la entidad denominada «Federación Andaluza de
Montañismo», sustituyéndola por la de «Federación Andaluza de Deportes de Montaña,
Escalada y Senderismo», así como la modificación de sus estatutos, y se acordó su
inscripción en la sección primera del Registro Andaluz de Entidades Deportivas, así como
su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
En su virtud, se dispone la publicación de los estatutos de la «Federación Andaluza
de Deportes de Montaña, Escalada y Senderismo», que figura como anexo a la presente
resolución.
Sevilla, 24 de noviembre de 2021.- La Directora General, María A. de Nova Pozuelo.
A NE XO
TÍTULO I
DENOMINACIÓN, OBJETO, ACTIVIDADES Y DOMICILIO
Artículo 2. Objeto.
1. Como entidad deportiva tiene por objeto la promoción, reglamentación, organización
y desarrollo de la práctica y competición del montañismo, la escalada y el senderismo,
en todas sus variantes, en el ámbito de la Comunidad Autónoma Andaluza, la formación
de deportistas, técnicos/as y árbitros/as; así como realizar actividades de protección y
defensa del ejercicio de los derechos de sus socios/as federados/as.
2. Es objeto de la FAM, como ente asociativo:
a) Defender y promocionar el respeto y los valores que han de conducirnos a una
práctica deportiva ambientalmente sostenible que propicie el equilibrio ecológico
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00251420
Artículo 1. Denominación.
1. La Federación Andaluza de Deportes de Montaña, Escalada y Senderismo,
en adelante FAM, es una entidad privada, de utilidad pública, sin ánimo de lucro, con
personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines
y patrimonio propio independiente al de sus asociados/as; declarada de utilidad pública
por la Ley 5/2016, de 19 de julio del Deporte de Andalucía.
La FAM se rige por la Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía, sus
disposiciones de desarrollo, y demás normativa deportiva autonómica de aplicación, así
como los presentes Estatutos y los reglamentos federativos.
2. La FAM, dentro del territorio andaluz se estructura territorialmente en Delegaciones
Territoriales, coincidentes con las provincias andaluzas.
3. La FAM está formada por Clubes Deportivos, secciones deportivas, personas
técnicos/as, árbitros/as y deportistas dedicados/as a la práctica o competición de los
deportes de montaña.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 235 - Jueves, 9 de diciembre de 2021
página 19159/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y DEPORTE
Resolución de 24 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Promoción
del Deporte, Hábitos Saludables y Tejido Deportivo, por la que se dispone
la publicación de los estatutos de la Federación Andaluza de Deportes de
Montaña, Escalada y Senderismo.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 40 del Decreto 7/2000, de 24 de enero, de
Entidades Deportivas Andaluzas, por Resolución de la Dirección General de Promoción
del Deporte, Hábitos Saludables y Tejido Deportivo de 19 de noviembre de 2021, se
aprobó el cambio de denominación de la entidad denominada «Federación Andaluza de
Montañismo», sustituyéndola por la de «Federación Andaluza de Deportes de Montaña,
Escalada y Senderismo», así como la modificación de sus estatutos, y se acordó su
inscripción en la sección primera del Registro Andaluz de Entidades Deportivas, así como
su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
En su virtud, se dispone la publicación de los estatutos de la «Federación Andaluza
de Deportes de Montaña, Escalada y Senderismo», que figura como anexo a la presente
resolución.
Sevilla, 24 de noviembre de 2021.- La Directora General, María A. de Nova Pozuelo.
A NE XO
TÍTULO I
DENOMINACIÓN, OBJETO, ACTIVIDADES Y DOMICILIO
Artículo 2. Objeto.
1. Como entidad deportiva tiene por objeto la promoción, reglamentación, organización
y desarrollo de la práctica y competición del montañismo, la escalada y el senderismo,
en todas sus variantes, en el ámbito de la Comunidad Autónoma Andaluza, la formación
de deportistas, técnicos/as y árbitros/as; así como realizar actividades de protección y
defensa del ejercicio de los derechos de sus socios/as federados/as.
2. Es objeto de la FAM, como ente asociativo:
a) Defender y promocionar el respeto y los valores que han de conducirnos a una
práctica deportiva ambientalmente sostenible que propicie el equilibrio ecológico
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00251420
Artículo 1. Denominación.
1. La Federación Andaluza de Deportes de Montaña, Escalada y Senderismo,
en adelante FAM, es una entidad privada, de utilidad pública, sin ánimo de lucro, con
personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines
y patrimonio propio independiente al de sus asociados/as; declarada de utilidad pública
por la Ley 5/2016, de 19 de julio del Deporte de Andalucía.
La FAM se rige por la Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía, sus
disposiciones de desarrollo, y demás normativa deportiva autonómica de aplicación, así
como los presentes Estatutos y los reglamentos federativos.
2. La FAM, dentro del territorio andaluz se estructura territorialmente en Delegaciones
Territoriales, coincidentes con las provincias andaluzas.
3. La FAM está formada por Clubes Deportivos, secciones deportivas, personas
técnicos/as, árbitros/as y deportistas dedicados/as a la práctica o competición de los
deportes de montaña.