Autoridades y personal. Universidades. (2021/235-27)
Resolución de 1 de diciembre de 2021, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se convocan a concurso público contratos para obra o servicio determinado de Personal de Apoyo a la Investigación (Rf.ª: 26/21).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 235 - Jueves, 9 de diciembre de 2021

página 19429/6

• Si las Comisiones Evaluadoras lo estimasen conveniente, los solicitantes podrán
ser convocados a la realización de una entrevista y/o prueba práctica directamente
relacionadas con las funciones a desempeñar. En este caso, la entrevista será
valorada con un máximo de tres (3) puntos y la prueba práctica con un máximo de
cinco (5) puntos.
9.2. La Comisiones no valorarán los méritos de aquellos candidatos que no cumplan
con los requisitos mínimos y perfil del contrato establecidos en el Anexo II.
10. Comisiones Evaluadoras de las solicitudes.
10.1. Para cada uno de los procesos selectivos reflejados en el Anexo II de esta
Resolución se constituirá una Comisión de Evaluación, que estará integrada por:
• La Sra. Vicerrectora de Investigación, Transferencia y Doctorado que actuará
como Presidenta en caso de ausencia le sustituirá el Sr. Vicerrector de Estrategia y
Planificación Académica.
• El vocal titular de la Comisión de Investigación de la Universidad Pablo de Olavide
que ostente en la misma la representación departamental más afín al perfil del
contrato, en caso de ausencia le sustituirá el vocal suplente en la misma Comisión.
•
Un miembro propuesto por el órgano de representación de personal de la
Universidad.
• La Directora del Área de Investigación que actuará como Secretaria, con voz, pero
sin voto; en caso de ausencia le sustituirá un funcionario de ese Área.
10.2. Las Comisiones podrán disponer la incorporación a sus trabajos de asesores
especialistas. Estos asesores colaborarán exclusivamente en el ejercicio de sus
especialidades técnicas. En todo caso, podrán asistir a la Comisión como especialistas:
• El Investigador responsable del proyecto, grupo, contrato o convenio de Investigación
objeto del contrato.
• Un Doctor propuesto por el Investigador Principal, con experiencia en la investigación
a realizar por los contratados/as.
11. Actas.
La Secretaria levantará acta de la sesión de cada Comisión Evaluadora y recogerá,
explícitamente, el orden priorizado de los solicitantes a efectos de su posible sustitución
en caso de renuncias o reclamaciones.
12. Propuesta de contratación.
Efectuada la selección del candidato o candidatos, se elevará la propuesta de
contratación al Sr. Rector Magnífico de la Universidad Pablo de Olavide.

14. Incompatibilidades.
Para la formalización del contrato, el contratado deberá formular declaración de no
poseer o ejercer, en el momento de su contratación, empleo público o privado incompatible
con las funciones a desempeñar. La comprobación, en cualquier momento, por parte de
la Universidad Pablo de Olavide de la existencia de una actividad incompatible según
la normativa de aplicación, supondrá la inmediata rescisión del contrato de trabajo
adjudicado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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13. Finalización del procedimiento selectivo.
El procedimiento de selección finalizará con la publicación en el Tablón Electrónico
Oficial de la Universidad Pablo de Olavide, de la Resolución Rectoral en la que se
adjudique el contrato o contratos ofertados o se declare la no-provisión de todos o
algunos de ellos, por no reunir los candidatos las condiciones del perfil y/o los requisitos
mínimos solicitado en la convocatoria, o por no existir solicitudes válidas.