Autoridades y personal. Consejería de Salud y Familias. (2021/231-18)
Resolución de 22 de noviembre de 2021, de la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Costa del Sol, por la que se convoca concurso-oposición, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas básicas vacantes de Técnico/a Superior de Gestión, Área de Investigación, dependientes de la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Costa del Sol, y se aprueban las bases específicas que han de regir dicho proceso selectivo, en desarrollo de la Resolución de la Dirección Gerencia de esta Agencia Pública Empresarial Sanitaria de 23 de diciembre de 2020 (BOJA núm. 1, de 4 de enero de 2021), y del Decreto 168/2020, de 6 de octubre (BOJA núm. 197, de 9 de octubre), Decreto 227/2020, de 29 de diciembre (BOJA núm. 90, de 30 de diciembre), y Decreto 198/2021, de 20 de julio (BOJA extraordinario núm. 64, de 22 de julio), de la Junta de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 231 - Miércoles, 1 de diciembre de 2021

página 18792/6

Apartado tercero. Actividades y proyectos de investigación (máximo 4 puntos).
1. Publicaciones científicas.
Publicaciones en revistas de carácter científico indexadas en las base de datos
especializadas Web of Science (Wos) o SCOPUS.
1.1. Se valorarán los Artículos científicos (original, original breve, revisión, revisión
sistemática, meta-análisis y guías de práctica clínica) publicados en revistas con factor
de impacto del Journal Citation Report (JCR) o Scimago Journal Range (SJR) de acuerdo
con los siguientes criterios:
a) Incluido en el primer cuartil (Q1): 0,80 puntos.
b) Incluido en el segundo cuartil (Q2): 0,65 puntos.
c) Incluido en el tercer cuartil (Q3): 0,50 puntos.
d) Incluido en el cuarto cuartil (Q4): 0,40 puntos.
1.2. De acuerdo con las posiciones de autoría se multiplicará por los siguientes
factores correctores:
a) Con el 100% de la puntuación, el primer autor/a, el segundo autor/a y el último
autor/a o el autor/a de correspondencia.
b) Con el 50% de la puntuación, el resto de las posiciones de autoría no incluidos en
el apartado anterior.
1.3. No serán objeto de valoración las notas clínicas, resúmenes de comunicaciones
y casos clínicos.
2. Proyectos de investigación.
Por cada participación en proyectos de investigación con financiación competitiva
obtenida en convocatorias promovidas por los órganos de gobierno de la Unión Europea,
del Reino de España o de las Comunidades Autónomas con competencias en materia de
Sanidad, Ciencia, Tecnología e Investigación. Se puntuarán de acuerdo con los siguientes
criterios:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00251030

Se puntuará, hasta un máximo de 2 puntos, el expediente académico correspondiente
a la titulación que habilita para ejercer la profesión. Se valora de manera proporcional a
la nota media obtenida. Se otorgan 0,04 puntos por cada décima que supere la nota del
aprobado (5), de manera que no se adjudica puntuación al 5 y la puntuación máxima es
de 2 puntos, que corresponde al 10 de nota media.
2. Otras titulaciones universitarias distintas a la exigida como requisito de acceso.
2.1. Por haber obtenido otra/s Titulación/es Universitaria/s Oficial/es de igual o
superior nivel académico, diferente a la exigida como requisito de acceso, relacionada
con el programa de materias que rigen las pruebas selectivas y que guarde una relación
directa con las exigencias de los puestos de trabajo propios de la categoría y en su caso
especialidad a la que se concursa: 3 puntos por cada titulación.
2.2. Por cada máster universitario oficial (Espacio Europeo de Educación Superior,
EEES) en el ámbito de las ciencias de la salud, que guarde una relación directa con las
exigencias de los puestos de trabajo propios de la categoría y en su caso especialidad a
la que se concursa y que se encuentre debidamente acreditado e inscrito en el Registro
de Universidades, Centros y Títulos (RUCT): 4 puntos.
3. Doctorado.
3.1. Por la realización de todos los cursos de doctorado (sistema anterior al Real
Decreto 185/1985), o por la realización del programa de doctorado hasta el nivel de
suficiencia investigadora según los Reales Decretos 185/1985 y 778/1998, o por la
obtención del diploma de estudios avanzados (DEA): 4 puntos.
3.2. Por título de Doctor/a, con la mención «cum laude» o sobresaliente en el ámbito
de las ciencias de la salud: 8 puntos.
3.3. Por título de Doctor/a, sin la mención «cum laude» o sobresaliente en el ámbito
de las ciencias de la salud: 7 puntos.
Los apartados 3.1, 3.2 y 3.3 son excluyentes entre sí.