3. Otras disposiciones. Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior. (2021/231-21)
Orden de 19 de noviembre de 2021, por la que se determina el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos administrativos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2022.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 231 - Miércoles, 1 de diciembre de 2021

página 19009/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
E INTERIOR
Orden de 19 de noviembre de 2021, por la que se determina el calendario de
días inhábiles a efectos de cómputos de plazos administrativos en el ámbito de
la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2022.
El artículo 30.7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, dispone que la Administración General
del Estado y las Administraciones de las Comunidades Autónomas, con sujeción al
calendario laboral oficial, fijarán, en su respectivo ámbito, el calendario de días inhábiles a
efectos de cómputos de plazos. El calendario aprobado por las Comunidades Autónomas
comprenderá los días inhábiles de las Entidades Locales correspondientes a su ámbito
territorial, a las que será de aplicación.
Una vez aprobado el Decreto 152/2021, de 27 de abril, por el que se determina el
calendario de Fiestas Laborales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2022,
es necesario fijar para este año el calendario de días inhábiles a efectos del cómputo de los
plazos administrativos.
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30.8 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
la declaración de un día como hábil o inhábil a efectos de cómputo de plazos no determina
por sí sola el funcionamiento de los centros de trabajo de las Administraciones Públicas, la
organización del tiempo de trabajo o el régimen de jornada y horarios de las mismas.
En virtud de lo expuesto, y teniendo en cuenta las competencias atribuidas a esta
Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior por la disposición final
tercera del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica,
simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía,
RESU ELVO
Primero. Determinar el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos
administrativos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía para al año 2022.
Para el año 2022 son días inhábiles, a efectos de cómputos de plazos, los sábados,
domingos y los días que seguidamente se relacionan, de acuerdo con el Decreto 152/2021,
de 27 de abril, por el que se determina el calendario de Fiestas Laborales de la Comunidad
Autónoma de Andalucía para el año 2022:

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

00251258

1 de enero (sábado).
6 de enero (jueves)
28 de febrero (lunes).
14 de abril (jueves).
15 de abril (viernes).
2 de mayo (lunes).
15 de agosto (lunes).
12 de octubre (miércoles).
1 de noviembre (martes).
6 de diciembre (martes).
8 de diciembre (jueves).
26 de diciembre (lunes).
http://www.juntadeandalucia.es/eboja