5. Anuncios. Empresas Públicas y Asimiladas. (2021/231-123)
Anuncio de 25 de noviembre de 2021, de Cetursa Sierra Nevada, S.A., de convocatoria de empleo público para la contratación de personal.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 231 - Miércoles, 1 de diciembre de 2021
página 19046/2
- Retribuciones: Según convenio colectivo de Cetursa-Remontes.
b. Funciones a desarrollar:
- Identificar y actuar rápidamente ante un accidente o una emergencia.
- Establecer una prioridad asistencial en caso de accidente múltiple o emergencia.
- Aplicar técnicas de SVA.
- Aplicar técnicas propias del ejercicio profesional.
- Desplazarse por el medio nevado adaptando técnicas específicas de esquí alpino
para la atención de usuarios accidentados o en situación de emergencia.
- Facilitar estabilidad y confort al paciente en la medida de lo posible.
- Prestar a los pacientes, y a sus familiares o acompañantes, una aproximación
humana y profesional.
- Apoyar psicológicamente al accidentado y familiares en situaciones de emergencia.
6. Fases del proceso de selección,
Primera fase (presentación de solicitudes): Presentación de solicitudes, conforme se
establece en las bases de la oferta de empleo. Las solicitudes de candidatos que no
cumplan todos y cada uno de los requisitos mínimos serán excluidas del procedimiento y
no pasarán a la segunda fase.
Segunda fase (Comité Calificador): El discernimiento de la idoneidad de los
aspirantes a este puesto corresponderá a un comité calificador compuesto por el Director
del Área de Recursos Humanos de Cetursa, así como un Técnico del Departamento
de Personal de Cetursa Sierra Nevada, y deberá quedar perfectamente justificados el
mérito, la capacidad y la idoneidad para el puesto. El Comité Calificador podrá decidir
que todos o algunos de los/as candidatos/as sean sometidos/as a entrevista personal, si
lo considerara necesario.
Tercera fase: Resolución con designación del/de la candidato/a y contratación
conforme a las bases de la presente oferta de empleo, salvo que la misma haya sido
declarada desierta. En caso de que la primera persona seleccionada no formalizara
el contrato de trabajo en el plazo indicado para la incorporación, su candidatura
quedará desestimada y se pasará al siguiente candidato/a conforme a la selección y
calificación realizada por la Comisión Calificadora. No se mantendrá correspondencia
ni comunicación alguna con los/as candidatos/as que no vayan superando las diferentes
fases y/o no resulten finalmente seleccionados.
1. Requisitos generales:
-P
oseer la nacionalidad española o la de un Estado miembro de la Unión Europea
o del Espacio Económico Europeo, u ostentar el derecho a la libre circulación
de trabajadores conforme al Tratado de la Unión Europea o a otros Tratados
ratificados por España, o tener reconocido tal derecho por norma legal.
- Tener cumplidos 18 años y no exceder de la edad de jubilación forzosa.
-N
o haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales
o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación
absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para
el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares
a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese
sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no
hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción
disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el
acceso al empleo público.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00251295
ANEXO I
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 231 - Miércoles, 1 de diciembre de 2021
página 19046/2
- Retribuciones: Según convenio colectivo de Cetursa-Remontes.
b. Funciones a desarrollar:
- Identificar y actuar rápidamente ante un accidente o una emergencia.
- Establecer una prioridad asistencial en caso de accidente múltiple o emergencia.
- Aplicar técnicas de SVA.
- Aplicar técnicas propias del ejercicio profesional.
- Desplazarse por el medio nevado adaptando técnicas específicas de esquí alpino
para la atención de usuarios accidentados o en situación de emergencia.
- Facilitar estabilidad y confort al paciente en la medida de lo posible.
- Prestar a los pacientes, y a sus familiares o acompañantes, una aproximación
humana y profesional.
- Apoyar psicológicamente al accidentado y familiares en situaciones de emergencia.
6. Fases del proceso de selección,
Primera fase (presentación de solicitudes): Presentación de solicitudes, conforme se
establece en las bases de la oferta de empleo. Las solicitudes de candidatos que no
cumplan todos y cada uno de los requisitos mínimos serán excluidas del procedimiento y
no pasarán a la segunda fase.
Segunda fase (Comité Calificador): El discernimiento de la idoneidad de los
aspirantes a este puesto corresponderá a un comité calificador compuesto por el Director
del Área de Recursos Humanos de Cetursa, así como un Técnico del Departamento
de Personal de Cetursa Sierra Nevada, y deberá quedar perfectamente justificados el
mérito, la capacidad y la idoneidad para el puesto. El Comité Calificador podrá decidir
que todos o algunos de los/as candidatos/as sean sometidos/as a entrevista personal, si
lo considerara necesario.
Tercera fase: Resolución con designación del/de la candidato/a y contratación
conforme a las bases de la presente oferta de empleo, salvo que la misma haya sido
declarada desierta. En caso de que la primera persona seleccionada no formalizara
el contrato de trabajo en el plazo indicado para la incorporación, su candidatura
quedará desestimada y se pasará al siguiente candidato/a conforme a la selección y
calificación realizada por la Comisión Calificadora. No se mantendrá correspondencia
ni comunicación alguna con los/as candidatos/as que no vayan superando las diferentes
fases y/o no resulten finalmente seleccionados.
1. Requisitos generales:
-P
oseer la nacionalidad española o la de un Estado miembro de la Unión Europea
o del Espacio Económico Europeo, u ostentar el derecho a la libre circulación
de trabajadores conforme al Tratado de la Unión Europea o a otros Tratados
ratificados por España, o tener reconocido tal derecho por norma legal.
- Tener cumplidos 18 años y no exceder de la edad de jubilación forzosa.
-N
o haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales
o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación
absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para
el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares
a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese
sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no
hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción
disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el
acceso al empleo público.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00251295
ANEXO I