Disposiciones generales. Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior. (2021/230-1)
Resolución de 22 de noviembre de 2021, de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que se reasignan las partidas del presupuesto para las actuaciones previstas en la Resolución de 26 de octubre de 2020, por la que se convocan para los años 2020 y 2021 los incentivos para la rehabilitación energética de edificios existentes en Andalucía, acogidos al Real Decreto 737/2020, de 4 de agosto.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 230 - Martes, 30 de noviembre de 2021
página 18720/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
E INTERIOR
Resolución de 22 de noviembre de 2021, de la Agencia Andaluza de la Energía,
por la que se reasignan las partidas del presupuesto para las actuaciones
previstas en la Resolución de 26 de octubre de 2020, por la que se convocan
para los años 2020 y 2021 los incentivos para la rehabilitación energética de
edificios existentes en Andalucía, acogidos al Real Decreto 737/2020, de 4 de
agosto.
Mediante Resolución de 26 de octubre de 2020, de la Agencia Andaluza de la Energía
(BOJA núm. 210, de 29 de octubre), se convocaron para los años 2020 y 2021 los
incentivos para la rehabilitación energética de edificios existentes en Andalucía acogidos
al Real Decreto 737/2020, de 4 de agosto. La referida resolución fue desarrollada
mediante Resolución de 9 de febrero de 2021 (BOJA núm. 29, de 12 de febrero) y
modificada mediante Resolución de 5 de noviembre de 2021 (BOJA núm. 217, de 11 de
noviembre).
El plazo para la presentación de solicitudes de incentivos acogidos al referido
programa finalizó el día 31 de julio de 2021, tal y como se dispone en el artículo 4 del
Real Decreto 737/2020, de 4 de agosto, y en el resuelve cuarto de la Resolución de 26 de
octubre de 2020.
El resuelve decimoprimero de la Resolución de 26 de octubre de 2020 distribuye
el crédito correspondiente a la Comunidad Autónoma de Andalucía, por importe de
49.372.224,00 euros, destinando el 50% de dicho presupuesto a la Opción A y el otro
50% a la Opción B.
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la partida presupuestaria
destinada a la Opción B (Incentivos destinados a intervenciones sobre una o varias
viviendas o locales del mismo edificio, consideradas individualmente o como partes
de un edificio) dispone de presupuesto remanente, mientras que por otra parte, existe
lista de reserva provisional de solicitudes para la Opción A (Incentivos destinados
a intervenciones en edificios completos), por lo que, en aplicación de lo dispuesto
en el resuelve decimoprimero de la Resolución de 26 de octubre de 2020, procede
reasignar parte del presupuesto remanente de la Opción B a la partida presupuestaria
correspondiente a la Opción A, incrementándose el presupuesto de esta última partida
en 15.313.888 euros.
En su virtud y al amparo de la normativa antes citada y de las competencias atribuidas
en el artículo 3.2.q) de la Ley 4/2003, de 23 de septiembre, de creación de la Agencia
Andaluza de la Energía, y el artículo 5.1.q) del Decreto 21/2005, de 1 de febrero, por el
que se aprueban sus Estatutos, en relación con el artículo 115.1 del Decreto Legislativo
1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la
Hacienda Pública de la Junta de Andalucía,
Primero. Reasignar crédito de la partida presupuestaria correspondiente a la
Opción B (Incentivos destinados a intervenciones sobre una o varias viviendas o locales
del mismo edificio, consideradas individualmente o como partes de un edificio) por
importe de 15.313.888 euros, incrementando en dicha cuantía la partida presupuestaria
correspondiente a la Opción A (Incentivos destinados a intervenciones en edificios
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00250956
RESU ELVO
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 230 - Martes, 30 de noviembre de 2021
página 18720/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
E INTERIOR
Resolución de 22 de noviembre de 2021, de la Agencia Andaluza de la Energía,
por la que se reasignan las partidas del presupuesto para las actuaciones
previstas en la Resolución de 26 de octubre de 2020, por la que se convocan
para los años 2020 y 2021 los incentivos para la rehabilitación energética de
edificios existentes en Andalucía, acogidos al Real Decreto 737/2020, de 4 de
agosto.
Mediante Resolución de 26 de octubre de 2020, de la Agencia Andaluza de la Energía
(BOJA núm. 210, de 29 de octubre), se convocaron para los años 2020 y 2021 los
incentivos para la rehabilitación energética de edificios existentes en Andalucía acogidos
al Real Decreto 737/2020, de 4 de agosto. La referida resolución fue desarrollada
mediante Resolución de 9 de febrero de 2021 (BOJA núm. 29, de 12 de febrero) y
modificada mediante Resolución de 5 de noviembre de 2021 (BOJA núm. 217, de 11 de
noviembre).
El plazo para la presentación de solicitudes de incentivos acogidos al referido
programa finalizó el día 31 de julio de 2021, tal y como se dispone en el artículo 4 del
Real Decreto 737/2020, de 4 de agosto, y en el resuelve cuarto de la Resolución de 26 de
octubre de 2020.
El resuelve decimoprimero de la Resolución de 26 de octubre de 2020 distribuye
el crédito correspondiente a la Comunidad Autónoma de Andalucía, por importe de
49.372.224,00 euros, destinando el 50% de dicho presupuesto a la Opción A y el otro
50% a la Opción B.
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la partida presupuestaria
destinada a la Opción B (Incentivos destinados a intervenciones sobre una o varias
viviendas o locales del mismo edificio, consideradas individualmente o como partes
de un edificio) dispone de presupuesto remanente, mientras que por otra parte, existe
lista de reserva provisional de solicitudes para la Opción A (Incentivos destinados
a intervenciones en edificios completos), por lo que, en aplicación de lo dispuesto
en el resuelve decimoprimero de la Resolución de 26 de octubre de 2020, procede
reasignar parte del presupuesto remanente de la Opción B a la partida presupuestaria
correspondiente a la Opción A, incrementándose el presupuesto de esta última partida
en 15.313.888 euros.
En su virtud y al amparo de la normativa antes citada y de las competencias atribuidas
en el artículo 3.2.q) de la Ley 4/2003, de 23 de septiembre, de creación de la Agencia
Andaluza de la Energía, y el artículo 5.1.q) del Decreto 21/2005, de 1 de febrero, por el
que se aprueban sus Estatutos, en relación con el artículo 115.1 del Decreto Legislativo
1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la
Hacienda Pública de la Junta de Andalucía,
Primero. Reasignar crédito de la partida presupuestaria correspondiente a la
Opción B (Incentivos destinados a intervenciones sobre una o varias viviendas o locales
del mismo edificio, consideradas individualmente o como partes de un edificio) por
importe de 15.313.888 euros, incrementando en dicha cuantía la partida presupuestaria
correspondiente a la Opción A (Incentivos destinados a intervenciones en edificios
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00250956
RESU ELVO