Autoridades y personal. Consejería de Salud y Familias. (2021/230-14)
Resolución de 18 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso-oposición, por el sistema de promoción interna, para cubrir plazas básicas vacantes de Médico/a del Trabajo dependientes del Servicio Andaluz de Salud y se aprueban las bases específicas que han de regir dicho proceso selectivo, en desarrollo de las Ofertas de Empleo Público para los años 2018, 2019, 2020 y 2021.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 230 - Martes, 30 de noviembre de 2021
página 18765/8
Apartado cuarto. Actividades y proyectos de investigación (máximo 4 puntos).
1. Publicaciones científicas.
Publicaciones en revistas de carácter científico indexadas en las base de datos
especializadas Web of Science (Wos) o SCOPUS.
1.1 Se valorarán los artículos científicos (original, original breve, revisión, revisión
sistemática, meta-análisis y guías de práctica clínica) publicados en revistas con factor
de impacto del Journal Citation Report (JCR) o Scimago Journal Range (SJR) de acuerdo
con los siguientes criterios:
a) Incluido en el primer cuartil (Q1) 0,80 puntos.
b) Incluido en el segundo cuartil (Q2) 0,65 puntos.
c) Incluido en el tercer cuartil (Q3): 0,50 puntos.
d) Incluido en el cuarto cuartil (Q4): 0,40 puntos.
1.2 De acuerdo con las posiciones de autoría se multiplicará por los siguientes
factores correctores:
a) Con el 100% de la puntuación, el primer autor/a, el segundo autor/a y el último
autor/a o el autor/a de correspondencia.
b) Con el 50% de la puntuación, el resto de las posiciones de autoría no incluidos en
el apartado anterior.
1.3 No serán objeto de valoración las notas clínicas, resúmenes de comunicaciones y
casos clínicos, o aquellas de análoga naturaleza que así aprecie el Tribunal.
2. Proyectos de investigación.
Por cada participación en proyectos de investigación con financiación competitiva obtenida
en convocatorias promovidas por los órganos de gobierno de la Unión Europea, del Reino de
España o de las Comunidades Autónomas con competencias en materia de Sanidad, Ciencia,
Tecnología e Investigación. Se puntuarán de acuerdo con los siguientes criterios:
a) Como investigador en proyectos de carácter internacional financiado por la UE:
- La participación como investigador/a principal: 2 puntos.
- La participación como investigador/a colaborador/a: 1 punto.
b) Como investigador en proyectos de carácter nacional o autonómico financiado por
el gobierno de España o de las CCAA:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00251001
1.3. Por haber obtenido el título de la especialidad de Medicina del Trabajo mediante
convocatoria anual y previo cumplimiento de un período como residente de al menos
2 años de práctica supervisada, profundizando los aspectos teóricos y prácticos del área
correspondiente a su especialidad, tras haber superado los aspectos teórico y prácticos
del área correspondiente a su especialidad, tras haber superado el necesario período de
al menos un año como médico/a interno/a en rotación por los servicios clínicos básicos,
o mediante la realización del programa de especialización en una escuela profesional
con certificación mínima de dos años, u otra vía de acceso para la obtención del título
de la especialidad a la que se concursa, siempre que se hubiera obtenido dicho título:
3,5 puntos.
2. Otros títulos de especialista en ciencias de la salud diferentes al anterior.
2.1. Por haber completado el período como residente del programa MIR, FIR,
QUIR, BIR O PIR de otra especialidad distinta de la referida en el epígrafe anterior
(en España o país de la Unión Europea) o bien haber completado el período de formación
como residente en un centro extranjero con un programa reconocido de docencia para
posgraduados/as de otra especialidad distinta a aquella a la que se presente y con el
título validado por el Ministerio de Educación: 1 punto.
2.2. Por haber obtenido el título de Psicólogo Especialista en Psicología Clínica de
acuerdo con lo establecido en la Orden PRE/1107/2002, de 10 de mayo, por la que se
regulan las vías transitorias de acceso al título de Psicólogo Especialista en Psicología
Clínica en desarrollo de lo dispuesto en el Real Decreto 2490/1998, de 20 de noviembre,
modificado por Real Decreto 654/2005, de 6 de junio: 1 punto.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 230 - Martes, 30 de noviembre de 2021
página 18765/8
Apartado cuarto. Actividades y proyectos de investigación (máximo 4 puntos).
1. Publicaciones científicas.
Publicaciones en revistas de carácter científico indexadas en las base de datos
especializadas Web of Science (Wos) o SCOPUS.
1.1 Se valorarán los artículos científicos (original, original breve, revisión, revisión
sistemática, meta-análisis y guías de práctica clínica) publicados en revistas con factor
de impacto del Journal Citation Report (JCR) o Scimago Journal Range (SJR) de acuerdo
con los siguientes criterios:
a) Incluido en el primer cuartil (Q1) 0,80 puntos.
b) Incluido en el segundo cuartil (Q2) 0,65 puntos.
c) Incluido en el tercer cuartil (Q3): 0,50 puntos.
d) Incluido en el cuarto cuartil (Q4): 0,40 puntos.
1.2 De acuerdo con las posiciones de autoría se multiplicará por los siguientes
factores correctores:
a) Con el 100% de la puntuación, el primer autor/a, el segundo autor/a y el último
autor/a o el autor/a de correspondencia.
b) Con el 50% de la puntuación, el resto de las posiciones de autoría no incluidos en
el apartado anterior.
1.3 No serán objeto de valoración las notas clínicas, resúmenes de comunicaciones y
casos clínicos, o aquellas de análoga naturaleza que así aprecie el Tribunal.
2. Proyectos de investigación.
Por cada participación en proyectos de investigación con financiación competitiva obtenida
en convocatorias promovidas por los órganos de gobierno de la Unión Europea, del Reino de
España o de las Comunidades Autónomas con competencias en materia de Sanidad, Ciencia,
Tecnología e Investigación. Se puntuarán de acuerdo con los siguientes criterios:
a) Como investigador en proyectos de carácter internacional financiado por la UE:
- La participación como investigador/a principal: 2 puntos.
- La participación como investigador/a colaborador/a: 1 punto.
b) Como investigador en proyectos de carácter nacional o autonómico financiado por
el gobierno de España o de las CCAA:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00251001
1.3. Por haber obtenido el título de la especialidad de Medicina del Trabajo mediante
convocatoria anual y previo cumplimiento de un período como residente de al menos
2 años de práctica supervisada, profundizando los aspectos teóricos y prácticos del área
correspondiente a su especialidad, tras haber superado los aspectos teórico y prácticos
del área correspondiente a su especialidad, tras haber superado el necesario período de
al menos un año como médico/a interno/a en rotación por los servicios clínicos básicos,
o mediante la realización del programa de especialización en una escuela profesional
con certificación mínima de dos años, u otra vía de acceso para la obtención del título
de la especialidad a la que se concursa, siempre que se hubiera obtenido dicho título:
3,5 puntos.
2. Otros títulos de especialista en ciencias de la salud diferentes al anterior.
2.1. Por haber completado el período como residente del programa MIR, FIR,
QUIR, BIR O PIR de otra especialidad distinta de la referida en el epígrafe anterior
(en España o país de la Unión Europea) o bien haber completado el período de formación
como residente en un centro extranjero con un programa reconocido de docencia para
posgraduados/as de otra especialidad distinta a aquella a la que se presente y con el
título validado por el Ministerio de Educación: 1 punto.
2.2. Por haber obtenido el título de Psicólogo Especialista en Psicología Clínica de
acuerdo con lo establecido en la Orden PRE/1107/2002, de 10 de mayo, por la que se
regulan las vías transitorias de acceso al título de Psicólogo Especialista en Psicología
Clínica en desarrollo de lo dispuesto en el Real Decreto 2490/1998, de 20 de noviembre,
modificado por Real Decreto 654/2005, de 6 de junio: 1 punto.