Disposiciones generales. Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo. (2021/229-2)
Orden de 23 de noviembre de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de investigación innovadores en materia de prevención de riesgos laborales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 229 - Lunes, 29 de noviembre de 2021
página 18906/17
(Página 12 de 13)
El gasto derivado de la revisión de la cuenta justificativa por el auditor es subvencionable:
No.
Sí. Hasta el límite de:
26.f).3º Cuenta justificativa simplificada:
Técnica de muestreo que se establece:
26.f).4º Justificación a través de módulos:
En su caso, concreción de los módulos:
Forma de actualización, en su caso, de los módulos:
La concreción de los módulos y de la elaboración del informe técnico se establecerá de forma diferenciada para cada convocatoria:
Sí.
No.
Las personas o entidades beneficiarias están obligadas a la presentación de libros, registros y documentos de trascendencia contable o mercantil:
Sí.
No.
26.f).5º Justificación a través de estados contables:
Informe complementario por auditor de cuentas:
Sí.
No.
En su caso, alcance adicional de la revisión por el auditor:
La retribución adicional al auditor de cuentas es gasto subvencionable:
No.
Sí. Hasta el límite de:
26.f).6º Justificación mediante certificación de la intervención de la Entidad Local, cuando se trate de Corporaciones Locales.
27.- Reintegro (Artículo 28).
27.a) Causas específicas de reintegro:
No se establecen.
Se establecen las siguientes:
27. b) Criterios de graduación que se aplicarán a los incumplimientos:
Cuando no se consigan íntegramente los objetivos previstos, pero el cumplimiento se aproxime de modo significativo al cumplimiento total, se
valorará el nivel de consecución y el importe de la subvención será proporcional a dicho nivel. Este nivel de consecución con respecto a los objetivos
previstos, deberá alcanzar, al menos el siguiente porcentaje: 50%
. Se considera que el cumplimiento se aproxima de modo significativo al
cumplimiento total, cuando se haya alcanzado el objetivo o la finalidad perseguida de la actividad subvenci
onada.
Si la actividad subvencionable se compone de varias fases o actuaciones y se pueden identificar objetivos vinculados a cada una de ellas, el importe
de la subvención será proporcional al volumen de las fases o actuaciones de la actividad en las que se hayan conseguido los objetivos previstos.
Otros criterios proporcionales de graduación:
27.c) Órganos competentes para:
- Iniciar el procedimiento de reintegro: La persona titular de la
Dirección Gerencia
del Instituto Andaluz de
Prevención de Riesgos Laborales
- Instruir el procedimiento de reintegro: La persona titular del Servicio de Fomento y Planes de Actuación del
Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales
del Instituto Andaluz de
- Resolver el procedimiento de reintegro: La persona titular de la Dirección Gerencia
Prevención de Riesgos Laborales por delegación de la persona titular de la
Presidencia de dicha Agencia
Órganos competentes para:
- Iniciar el procedimiento de sancionador: La persona titular de la
Dirección Gerencia
del Instituto Andaluz de
Prevención de Riesgos Laborales
- Instruir el procedimiento de sancionador: La persona titular del Servicio de Fomento y Planes de Actuación del
Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00251155
28.- Régimen sancionador (Artículo 29).
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 229 - Lunes, 29 de noviembre de 2021
página 18906/17
(Página 12 de 13)
El gasto derivado de la revisión de la cuenta justificativa por el auditor es subvencionable:
No.
Sí. Hasta el límite de:
26.f).3º Cuenta justificativa simplificada:
Técnica de muestreo que se establece:
26.f).4º Justificación a través de módulos:
En su caso, concreción de los módulos:
Forma de actualización, en su caso, de los módulos:
La concreción de los módulos y de la elaboración del informe técnico se establecerá de forma diferenciada para cada convocatoria:
Sí.
No.
Las personas o entidades beneficiarias están obligadas a la presentación de libros, registros y documentos de trascendencia contable o mercantil:
Sí.
No.
26.f).5º Justificación a través de estados contables:
Informe complementario por auditor de cuentas:
Sí.
No.
En su caso, alcance adicional de la revisión por el auditor:
La retribución adicional al auditor de cuentas es gasto subvencionable:
No.
Sí. Hasta el límite de:
26.f).6º Justificación mediante certificación de la intervención de la Entidad Local, cuando se trate de Corporaciones Locales.
27.- Reintegro (Artículo 28).
27.a) Causas específicas de reintegro:
No se establecen.
Se establecen las siguientes:
27. b) Criterios de graduación que se aplicarán a los incumplimientos:
Cuando no se consigan íntegramente los objetivos previstos, pero el cumplimiento se aproxime de modo significativo al cumplimiento total, se
valorará el nivel de consecución y el importe de la subvención será proporcional a dicho nivel. Este nivel de consecución con respecto a los objetivos
previstos, deberá alcanzar, al menos el siguiente porcentaje: 50%
. Se considera que el cumplimiento se aproxima de modo significativo al
cumplimiento total, cuando se haya alcanzado el objetivo o la finalidad perseguida de la actividad subvenci
onada.
Si la actividad subvencionable se compone de varias fases o actuaciones y se pueden identificar objetivos vinculados a cada una de ellas, el importe
de la subvención será proporcional al volumen de las fases o actuaciones de la actividad en las que se hayan conseguido los objetivos previstos.
Otros criterios proporcionales de graduación:
27.c) Órganos competentes para:
- Iniciar el procedimiento de reintegro: La persona titular de la
Dirección Gerencia
del Instituto Andaluz de
Prevención de Riesgos Laborales
- Instruir el procedimiento de reintegro: La persona titular del Servicio de Fomento y Planes de Actuación del
Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales
del Instituto Andaluz de
- Resolver el procedimiento de reintegro: La persona titular de la Dirección Gerencia
Prevención de Riesgos Laborales por delegación de la persona titular de la
Presidencia de dicha Agencia
Órganos competentes para:
- Iniciar el procedimiento de sancionador: La persona titular de la
Dirección Gerencia
del Instituto Andaluz de
Prevención de Riesgos Laborales
- Instruir el procedimiento de sancionador: La persona titular del Servicio de Fomento y Planes de Actuación del
Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00251155
28.- Régimen sancionador (Artículo 29).