5. Anuncios. Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. (2021/229-56)
Anuncio de 23 de noviembre de 2021, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Sevilla, de requerimiento de subsanación de las solicitudes de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables, destinadas a atender el pago del alquiler de la vivienda habitual, correspondiente a la Línea 1 de la convocatoria, aprobada por Orden de 1 de septiembre de 2020 (BOJA núm. 174, de 8 de septiembre), y de acuerdo con la Orden de 3 de mayo de 2021, por la que se da publicidad al incremento de crédito disponible (BOJA núm. 86, de 7 de mayo de 2021).
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 229 - Lunes, 29 de noviembre de 2021
página 18877/1
5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
CONSEJERÍA DE FOMENTO, INFRAESTRUCTURAS
Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
Examinadas las solicitudes que se están tramitando por su orden de presentación para la
concesión de ayudas a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio
de su vivienda habitual y otras personas especialmente vulnerables, destinadas a atender
el pago del alquiler de la vivienda habitual, convocadas por Orden de 1 de septiembre de
2020, y en cumplimiento de lo establecido en su dispositivo décimo, en concordancia con
el art. 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas (LPACAP), que establece que los actos administrativos
serán objeto de publicación cuando así lo establezcan las normas reguladoras de cada
procedimiento o cuando lo aconsejen razones de interés público apreciadas por el órgano
competente. Asímismo, en los supuestos de publicaciones de actos que contengan
elementos comunes, podrán publicarse de forma conjunta los aspectos coincidentes,
especificándose solamente los aspectos individuales de cada acto.
En consencuencia, se agrupan en una única publicación los expedientes relacionados
en el anexo por tratarse de idénticos actos administrativos, y se procederá a notificarla
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en la página web de la Consejería de
Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, accediendo al siguiente enlace:
https://juntadeandalucia.es/organismos/fomentoinfraestructurasyordenaciondelterritorio/
servicios/procedimientos/detalle/21493/seguimiento.html
En virtud de ello, y conforme determinan los artículos 68 y 69 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, mediante el presente anuncio se procede a practicar requerimiento a las
personas que se relacionan en el anexo adjunto a fin de que subsanen en el plazo de 10
días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de este acuerdo en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) y en la página web de la Consejería de Fomento,
Infraestructuras y Ordenación del Territorio, las deficiencias observadas en la tramitación
de sus expedientes y que se señalan en el mismo.
De no atenderse dicho requerimiento en la forma y plazo descritos, bien por no
atenderlo, o bien por no acreditar la documentación solicitada, se indica que se le tendrá
por desistida de su solicitud, previa resolución dictada en los términos previstos en el
artículo 21 de la LPACAP.
Toda la documentación a aportar deberá ser original, firmada digitalmente por el
órgano emisor o tratarse de copias autenticadas.
La no inclusión en el listado publicado no implica que la solicitud vaya a ser resuelta
como favorable.
Se recuerda que para el cobro de la ayuda, los beneficiarios deberán tener dada de
alta en la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública la cuenta bancaria en la que
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00251114
Anuncio de 23 de noviembre de 2021, de la Delegación Territorial de Fomento,
Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Sevilla, de requerimiento de
subsanación de las solicitudes de ayudas, en régimen de concurrencia no
competitiva, a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio
de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente
vulnerables, destinadas a atender el pago del alquiler de la vivienda habitual,
correspondiente a la Línea 1 de la convocatoria, aprobada por Orden de 1 de
septiembre de 2020 (BOJA núm. 174, de 8 de septiembre), y de acuerdo con
la Orden de 3 de mayo de 2021, por la que se da publicidad al incremento de
crédito disponible (BOJA núm. 86, de 7 de mayo de 2021).
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 229 - Lunes, 29 de noviembre de 2021
página 18877/1
5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
CONSEJERÍA DE FOMENTO, INFRAESTRUCTURAS
Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
Examinadas las solicitudes que se están tramitando por su orden de presentación para la
concesión de ayudas a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio
de su vivienda habitual y otras personas especialmente vulnerables, destinadas a atender
el pago del alquiler de la vivienda habitual, convocadas por Orden de 1 de septiembre de
2020, y en cumplimiento de lo establecido en su dispositivo décimo, en concordancia con
el art. 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas (LPACAP), que establece que los actos administrativos
serán objeto de publicación cuando así lo establezcan las normas reguladoras de cada
procedimiento o cuando lo aconsejen razones de interés público apreciadas por el órgano
competente. Asímismo, en los supuestos de publicaciones de actos que contengan
elementos comunes, podrán publicarse de forma conjunta los aspectos coincidentes,
especificándose solamente los aspectos individuales de cada acto.
En consencuencia, se agrupan en una única publicación los expedientes relacionados
en el anexo por tratarse de idénticos actos administrativos, y se procederá a notificarla
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en la página web de la Consejería de
Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, accediendo al siguiente enlace:
https://juntadeandalucia.es/organismos/fomentoinfraestructurasyordenaciondelterritorio/
servicios/procedimientos/detalle/21493/seguimiento.html
En virtud de ello, y conforme determinan los artículos 68 y 69 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, mediante el presente anuncio se procede a practicar requerimiento a las
personas que se relacionan en el anexo adjunto a fin de que subsanen en el plazo de 10
días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de este acuerdo en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) y en la página web de la Consejería de Fomento,
Infraestructuras y Ordenación del Territorio, las deficiencias observadas en la tramitación
de sus expedientes y que se señalan en el mismo.
De no atenderse dicho requerimiento en la forma y plazo descritos, bien por no
atenderlo, o bien por no acreditar la documentación solicitada, se indica que se le tendrá
por desistida de su solicitud, previa resolución dictada en los términos previstos en el
artículo 21 de la LPACAP.
Toda la documentación a aportar deberá ser original, firmada digitalmente por el
órgano emisor o tratarse de copias autenticadas.
La no inclusión en el listado publicado no implica que la solicitud vaya a ser resuelta
como favorable.
Se recuerda que para el cobro de la ayuda, los beneficiarios deberán tener dada de
alta en la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública la cuenta bancaria en la que
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00251114
Anuncio de 23 de noviembre de 2021, de la Delegación Territorial de Fomento,
Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Sevilla, de requerimiento de
subsanación de las solicitudes de ayudas, en régimen de concurrencia no
competitiva, a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio
de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente
vulnerables, destinadas a atender el pago del alquiler de la vivienda habitual,
correspondiente a la Línea 1 de la convocatoria, aprobada por Orden de 1 de
septiembre de 2020 (BOJA núm. 174, de 8 de septiembre), y de acuerdo con
la Orden de 3 de mayo de 2021, por la que se da publicidad al incremento de
crédito disponible (BOJA núm. 86, de 7 de mayo de 2021).