5. Anuncios. Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. (2021/229-53)
Anuncio de 17 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Movilidad, por la que se da publicidad a la Resolución de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de 28 de octubre de 2021, citada a continuación.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 229 - Lunes, 29 de noviembre de 2021
página 18986/2
Actualmente los tráficos precitados están vinculados a las concesiones:
VJA-056, Andújar y Jaén por Fuerte del Rey.
VJA-071, Andújar y Jaén por Arjona.
VJA-401, Jaén-Torre del Campo-Córdoba con hijuelas.
Dicho servicio se concreta en el ejercicio de las funciones consistentes en:
- Expedición de las tarjetas de la red de Consorcios de Transporte de Andalucía.
- Adaptación tecnológica del sistema de cancelación a bordo de los vehículos de
los operadores de transporte que prestan los servicios afectados por la presente
encomienda.
- Adaptación tecnológica del sistema de gestión e información de los operadores
afectados para suministrar la información sobre viajes realizados al Consorcio en
los formatos que éste requiere.
- Dotación de la imagen corporativa del Consorcio a los puntos de parada de los
municipios objeto del presente Proyecto piloto.
- Adaptación de la plataforma de explotación interna e información al usuario del
Consorcio.
- Elaboración y remisión de los documentos técnicos necesarios para la gestión del
proyecto piloto.
Cuarto. La prórroga no tiene incidencia alguna en materia presupuestaria, siendo el
presupuesto de ejecución de 0 euros (cero euros).
Quinto. Como consecuencia de lo anterior y persistiendo las causas e interés
público que motivaron la formalización de la encomienda como modo de prestación de
este servicio y por cuanto no se ha procedido a ultimar la redacción del anteproyecto
de unificación de las concesiones VJA-056 y VJA-071, así como igualmente no se ha
finalizado la elaboración del «Plan de Transporte Metropolitano del Área de Jaén. Plan
de Movilidad Sostenible», resultando necesario, por razones de eficacia, especialidad
y solvencia técnica, que sea el Consorcio de Transportes Metropolitano del Área de
Jaén quien continúe desarrollando las labores técnicas de implantación de la tarjeta de
transporte de los consorcios para los servicios de transporte antes descritos, procede la
aprobación de la presente prórroga al objeto de ampliar la duración de la encomienda.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Segundo. De conformidad con el artículo 105.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre,
de la Administración de la Junta de Andalucía, «La realización de actividades de carácter
material, técnico o de servicios dela competencia de los órganos administrativos o de las
entidades de Derecho Público podrá ser encomendada a otros órganos o entidades de
la misma o de distinta Administración, por razones de eficacia o cuando no se posean
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00251233
Primero. Es competente para dictar la resolución de encomienda la Consejería de
Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, de conformidad con el Decreto del
Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de
Consejerías, y el Decreto 107/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. La
Orden de 11 de junio de 2019, por la que se delegan competencias en diversos órganos
de la Consejería, en el titular de la Viceconsejería de la Consejería de Cultura y Patrimonio
Histórico y se determina la composición de las mesas de contratación, las comisiones
técnicas y las oficinas de supervisión de proyectos, delega en su artículo 10.2.b) en
el titular de la Viceconsejería: «La aprobación de los expedientes de encomiendas de
gestión y encargos de ejecución previstos en el apartado anterior».
BOJA
Número 229 - Lunes, 29 de noviembre de 2021
página 18986/2
Actualmente los tráficos precitados están vinculados a las concesiones:
VJA-056, Andújar y Jaén por Fuerte del Rey.
VJA-071, Andújar y Jaén por Arjona.
VJA-401, Jaén-Torre del Campo-Córdoba con hijuelas.
Dicho servicio se concreta en el ejercicio de las funciones consistentes en:
- Expedición de las tarjetas de la red de Consorcios de Transporte de Andalucía.
- Adaptación tecnológica del sistema de cancelación a bordo de los vehículos de
los operadores de transporte que prestan los servicios afectados por la presente
encomienda.
- Adaptación tecnológica del sistema de gestión e información de los operadores
afectados para suministrar la información sobre viajes realizados al Consorcio en
los formatos que éste requiere.
- Dotación de la imagen corporativa del Consorcio a los puntos de parada de los
municipios objeto del presente Proyecto piloto.
- Adaptación de la plataforma de explotación interna e información al usuario del
Consorcio.
- Elaboración y remisión de los documentos técnicos necesarios para la gestión del
proyecto piloto.
Cuarto. La prórroga no tiene incidencia alguna en materia presupuestaria, siendo el
presupuesto de ejecución de 0 euros (cero euros).
Quinto. Como consecuencia de lo anterior y persistiendo las causas e interés
público que motivaron la formalización de la encomienda como modo de prestación de
este servicio y por cuanto no se ha procedido a ultimar la redacción del anteproyecto
de unificación de las concesiones VJA-056 y VJA-071, así como igualmente no se ha
finalizado la elaboración del «Plan de Transporte Metropolitano del Área de Jaén. Plan
de Movilidad Sostenible», resultando necesario, por razones de eficacia, especialidad
y solvencia técnica, que sea el Consorcio de Transportes Metropolitano del Área de
Jaén quien continúe desarrollando las labores técnicas de implantación de la tarjeta de
transporte de los consorcios para los servicios de transporte antes descritos, procede la
aprobación de la presente prórroga al objeto de ampliar la duración de la encomienda.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Segundo. De conformidad con el artículo 105.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre,
de la Administración de la Junta de Andalucía, «La realización de actividades de carácter
material, técnico o de servicios dela competencia de los órganos administrativos o de las
entidades de Derecho Público podrá ser encomendada a otros órganos o entidades de
la misma o de distinta Administración, por razones de eficacia o cuando no se posean
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00251233
Primero. Es competente para dictar la resolución de encomienda la Consejería de
Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, de conformidad con el Decreto del
Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de
Consejerías, y el Decreto 107/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. La
Orden de 11 de junio de 2019, por la que se delegan competencias en diversos órganos
de la Consejería, en el titular de la Viceconsejería de la Consejería de Cultura y Patrimonio
Histórico y se determina la composición de las mesas de contratación, las comisiones
técnicas y las oficinas de supervisión de proyectos, delega en su artículo 10.2.b) en
el titular de la Viceconsejería: «La aprobación de los expedientes de encomiendas de
gestión y encargos de ejecución previstos en el apartado anterior».