Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2021/200-9)
Resolución de 24 de septiembre de 2021, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca concurso público de Profesorado Ayudante Doctor, mediante contrato laboral especial.
23 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 200 - Lunes, 18 de octubre de 2021
página 121
5.2. La composición de la Comisión de Contratación se encuentra publicada en el
enlace https://personal.uca.es/convocatorias-de-pdi-contratado/
5.3. La convocatoria de las reuniones de la Comisión podrá efectuarse en cualquier
fase anterior al procedimiento y, en todo caso, de forma inmediata a la recepción de la
valoración del Departamento.
5.4. La Comisión se reunirá en el día y la hora fijados en cada convocatoria, y en
todo caso, en los dos días siguientes a la recepción de la valoración del Departamento,
quedando válidamente constituida cuando a ella asista la mitad de sus miembros,
requiriéndose, en todo caso, la presencia de Presidente/a y Secretario/a.
6. Duración del contrato, dedicación semanal y funciones a desempeñar.
6.1. La duración de los contratos de trabajo es la indicada para cada plaza en el Anexo I.
6.2. Las funciones a realizar por el profesor contratado podrán ser las de docencia,
investigación, gestión académica y/o atención al alumnado, de acuerdo con lo designado
por la Dirección del Departamento, que será quien las determine en función de sus
necesidades.
7. Retribuciones.
Las retribuciones anuales son las establecidas en la normativa vigente.
9. Presentación de documentos y formalización del contrato.
9.1. La persona propuesta para la plaza deberá acreditar, con carácter previo a la firma
del contrato y mediante la presentación de la documentación original, estar en posesión
de la titulación académica y demás requisitos exigidos para optar a la plaza, así como, en
su caso, de los méritos alegados en el concurso.
9.2. En caso de que ésta no presentara los documentos requeridos por la Comisión
de Contratación en el plazo de diez días o que los mismos no concuerden con las copias
presentadas, quedará sin efecto la resolución del concurso a su favor, sin perjuicio de las
responsabilidades de todo orden que puedan ser exigidas por la Universidad.
9.3. La persona propuesta, una vez cumplidos los requisitos anteriores, formalizará
el correspondiente contrato laboral, en el que se contemplará el período de prueba que
corresponda, teniendo en cuenta lo establecido en el apartado 1.7 de estas bases. En
función de la fecha de la resolución de la plaza por la Comisión de Contratación, la firma
del contrato podrá surtir efectos a inicio del primer o segundo cuatrimestre.
9.4. Los contratos celebrados por la Universidad de Cádiz en virtud del Reglamento
de Contratación de Profesorado quedan sometidos a la legislación laboral y habrán
de formalizarse por escrito, debiendo remitirse una copia básica de los mismos a los
representantes de los/as trabajadores/as.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00200071
8. Resolución del concurso público.
8.1. Una vez valorados los méritos alegados por los aspirantes, la Comisión de
Contratación hará pública en la web del Área de Personal el acta de la reunión de la
misma.
8.2. La publicación del acta tendrá lugar al día siguiente de la celebración de la sesión
de la Comisión. Cuando el número de plazas convocadas así lo aconseje y a criterio del
Vicerrectorado competente, el plazo de publicación del acta podrá establecerse en un
máximo de cuatro días.
8.3. Contra la resolución de la Comisión de Contratación podrá interponerse recurso
de alzada ante el Rector de la Universidad de Cádiz, en el plazo de un mes a contar
desde la fecha de publicación de la misma.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 200 - Lunes, 18 de octubre de 2021
página 121
5.2. La composición de la Comisión de Contratación se encuentra publicada en el
enlace https://personal.uca.es/convocatorias-de-pdi-contratado/
5.3. La convocatoria de las reuniones de la Comisión podrá efectuarse en cualquier
fase anterior al procedimiento y, en todo caso, de forma inmediata a la recepción de la
valoración del Departamento.
5.4. La Comisión se reunirá en el día y la hora fijados en cada convocatoria, y en
todo caso, en los dos días siguientes a la recepción de la valoración del Departamento,
quedando válidamente constituida cuando a ella asista la mitad de sus miembros,
requiriéndose, en todo caso, la presencia de Presidente/a y Secretario/a.
6. Duración del contrato, dedicación semanal y funciones a desempeñar.
6.1. La duración de los contratos de trabajo es la indicada para cada plaza en el Anexo I.
6.2. Las funciones a realizar por el profesor contratado podrán ser las de docencia,
investigación, gestión académica y/o atención al alumnado, de acuerdo con lo designado
por la Dirección del Departamento, que será quien las determine en función de sus
necesidades.
7. Retribuciones.
Las retribuciones anuales son las establecidas en la normativa vigente.
9. Presentación de documentos y formalización del contrato.
9.1. La persona propuesta para la plaza deberá acreditar, con carácter previo a la firma
del contrato y mediante la presentación de la documentación original, estar en posesión
de la titulación académica y demás requisitos exigidos para optar a la plaza, así como, en
su caso, de los méritos alegados en el concurso.
9.2. En caso de que ésta no presentara los documentos requeridos por la Comisión
de Contratación en el plazo de diez días o que los mismos no concuerden con las copias
presentadas, quedará sin efecto la resolución del concurso a su favor, sin perjuicio de las
responsabilidades de todo orden que puedan ser exigidas por la Universidad.
9.3. La persona propuesta, una vez cumplidos los requisitos anteriores, formalizará
el correspondiente contrato laboral, en el que se contemplará el período de prueba que
corresponda, teniendo en cuenta lo establecido en el apartado 1.7 de estas bases. En
función de la fecha de la resolución de la plaza por la Comisión de Contratación, la firma
del contrato podrá surtir efectos a inicio del primer o segundo cuatrimestre.
9.4. Los contratos celebrados por la Universidad de Cádiz en virtud del Reglamento
de Contratación de Profesorado quedan sometidos a la legislación laboral y habrán
de formalizarse por escrito, debiendo remitirse una copia básica de los mismos a los
representantes de los/as trabajadores/as.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00200071
8. Resolución del concurso público.
8.1. Una vez valorados los méritos alegados por los aspirantes, la Comisión de
Contratación hará pública en la web del Área de Personal el acta de la reunión de la
misma.
8.2. La publicación del acta tendrá lugar al día siguiente de la celebración de la sesión
de la Comisión. Cuando el número de plazas convocadas así lo aconseje y a criterio del
Vicerrectorado competente, el plazo de publicación del acta podrá establecerse en un
máximo de cuatro días.
8.3. Contra la resolución de la Comisión de Contratación podrá interponerse recurso
de alzada ante el Rector de la Universidad de Cádiz, en el plazo de un mes a contar
desde la fecha de publicación de la misma.