5. Anuncios5. Otros anuncios oficiales. . (2021/198-15)
Anuncio de 6 de octubre de 2021, de la Agencia Tributaria de Andalucía, por el que se publica el censo de máquinas autorizadas a 1 de octubre de 2021.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 198 - Jueves, 14 de octubre de 2021
página 201
5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
Consejería de Hacienda y Financiación Europea
Anuncio de 6 de octubre de 2021, de la Agencia Tributaria de Andalucía, por el
que se publica el censo de máquinas autorizadas a 1 de octubre de 2021.
De conformidad con el artículo 44 del Decreto Legislativo 1/2018, de 19 de junio, por el que
se aprueba el texto refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma
de Andalucía en materia de tributos cedidos, la tasa fiscal sobre las máquinas recreativas
y de azar será exigible trimestralmente y se devengará los días 1 de enero, 1 de abril,
1 de julio y 1 de octubre de cada año en cuanto a las autorizadas en trimestres anteriores,
habiéndose por tanto devengado el 1 de octubre de 2021 la tasa correspondiente al tercer
trimestre (1 de octubre a 31 de diciembre).
El artículo 59.1 del citado texto legal dispone que, con carácter previo a la expedición
de las liquidaciones de las cuotas trimestrales correspondientes a las autorizaciones de
explotación vigentes a la fecha del devengo en el registro de matrículas de autorizaciones
de explotación de máquinas recreativas, se publicarán en la sede electrónica de la
Agencia Tributaria de Andalucía los datos de dicho registro, con efectos meramente
informativos, habilitando un plazo de diez días naturales para la realización de alegaciones
por las personas interesadas, que se deberán dirigir al Servicio de Gestión de la Gerencia
Provincial correspondiente.
No obstante, dicha publicación se realizará en en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía hasta la creación de la sede electrónica de la Agencia Tributaria de Andalucía,
en aplicación de la disposición transitoria cuarta del texto refundido citado.
Por todo lo dicho, con carácter previo a la expedición de las liquidaciones de la tasa
correspondiente al cuarto trimestre de 2021, se publican mediante el presente anuncio los
datos del registro de matrículas de autorizaciones de explotación de máquinas recreativas
vigentes a 1 de octubre de 2021, y se concede el plazo legal de diez días naturales, a partir
del siguiente a la fecha de su publicación en BOJA, para la realización de alegaciones por
las personas interesadas.
Se pone a su vez en conocimiento de las personas interesadas que podrán obtener
asimismo dicha información, relativa a la empresa operadora que representen, a través de
la web de la Agencia Tributaria de Andalucía en el siguiente enlace, para lo que deberán
acceder mediante certificado digital que acredite su identidad en su condición de titular
de la explotación o, en su caso, como representante de la persona jurídica titular de la
misma:
https://www.juntadeandalucia.es/agenciatributariadeandalucia/consulta-censo-de-maquinas
00199852
Sevilla, 6 de octubre de 2021.- El Director, Domingo Moreno Machuca.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 198 - Jueves, 14 de octubre de 2021
página 201
5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
Consejería de Hacienda y Financiación Europea
Anuncio de 6 de octubre de 2021, de la Agencia Tributaria de Andalucía, por el
que se publica el censo de máquinas autorizadas a 1 de octubre de 2021.
De conformidad con el artículo 44 del Decreto Legislativo 1/2018, de 19 de junio, por el que
se aprueba el texto refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma
de Andalucía en materia de tributos cedidos, la tasa fiscal sobre las máquinas recreativas
y de azar será exigible trimestralmente y se devengará los días 1 de enero, 1 de abril,
1 de julio y 1 de octubre de cada año en cuanto a las autorizadas en trimestres anteriores,
habiéndose por tanto devengado el 1 de octubre de 2021 la tasa correspondiente al tercer
trimestre (1 de octubre a 31 de diciembre).
El artículo 59.1 del citado texto legal dispone que, con carácter previo a la expedición
de las liquidaciones de las cuotas trimestrales correspondientes a las autorizaciones de
explotación vigentes a la fecha del devengo en el registro de matrículas de autorizaciones
de explotación de máquinas recreativas, se publicarán en la sede electrónica de la
Agencia Tributaria de Andalucía los datos de dicho registro, con efectos meramente
informativos, habilitando un plazo de diez días naturales para la realización de alegaciones
por las personas interesadas, que se deberán dirigir al Servicio de Gestión de la Gerencia
Provincial correspondiente.
No obstante, dicha publicación se realizará en en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía hasta la creación de la sede electrónica de la Agencia Tributaria de Andalucía,
en aplicación de la disposición transitoria cuarta del texto refundido citado.
Por todo lo dicho, con carácter previo a la expedición de las liquidaciones de la tasa
correspondiente al cuarto trimestre de 2021, se publican mediante el presente anuncio los
datos del registro de matrículas de autorizaciones de explotación de máquinas recreativas
vigentes a 1 de octubre de 2021, y se concede el plazo legal de diez días naturales, a partir
del siguiente a la fecha de su publicación en BOJA, para la realización de alegaciones por
las personas interesadas.
Se pone a su vez en conocimiento de las personas interesadas que podrán obtener
asimismo dicha información, relativa a la empresa operadora que representen, a través de
la web de la Agencia Tributaria de Andalucía en el siguiente enlace, para lo que deberán
acceder mediante certificado digital que acredite su identidad en su condición de titular
de la explotación o, en su caso, como representante de la persona jurídica titular de la
misma:
https://www.juntadeandalucia.es/agenciatributariadeandalucia/consulta-censo-de-maquinas
00199852
Sevilla, 6 de octubre de 2021.- El Director, Domingo Moreno Machuca.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja